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1240 BP Política de la Mesa Directiva

Asistencia de voluntarios

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La Mesa Directiva reconoce que la asistencia voluntaria en las escuelas enriquece el programa educativo, aumenta la supervisión de los estudiantes y contribuye a la seguridad escolar, al mismo tiempo que fortalece las relaciones de las escuelas con la comunidad. La Mesa Directiva también alienta a los miembros de la comunidad a compartir su tiempo, conocimientos y habilidades con los estudiantes. El Superintendente o su designado desarrollará e implementará un plan para reclutar, evaluar y ubicar a los voluntarios, incluyendo estrategias para llegar a grupos de padres/tutores y miembros de la comunidad que estén subrepresentados. El Superintendente o su designado también podrá reclutar miembros de la comunidad para que sirvan como mentores de los estudiantes y/o hacer derivaciones apropiadas a organizaciones comunitarias. La Mesa Directiva prohíbe el acoso de cualquier voluntario por motivo de raza, credo religioso, color, origen nacional, ascendencia, discapacidad física, discapacidad mental, condición médica, información genética, estado civil, sexo, género, identidad de género, expresión de género, edad, orientación sexual, o condición de militar o veterano. (Government Code 12940) Según corresponda, el Superintendente o su designado proporcionará a los voluntarios información sobre las metas, los programas y las prácticas de la escuela, así como una orientación u otra capacitación relacionada con sus responsabilidades específicas. Los empleados que supervisen a los voluntarios deberán asegurarse de que a los voluntarios se les asignen responsabilidades significativas que aprovechen sus habilidades y conocimientos especializados y maximicen su contribución al programa educativo. El trabajo voluntario se limitará a aquellos proyectos que no reemplacen las funciones normales del personal clasificado. Sin embargo, la Mesa Directiva alienta a los voluntarios a trabajar en proyectos a corto plazo en la medida en que mejoren el salón de clases o la escuela y cumplan con los acuerdos negociados con los empleados. El Superintendente o su designado establecerá procedimientos para determinar si los voluntarios poseen las calificaciones, si las hubiera, requeridas por la ley y el reglamento administrativo para los tipos de funciones que desempeñarán. Los voluntarios actuarán de conformidad con las políticas, los reglamentos y las normas escolares del distrito. El Superintendente o su designado será responsable de investigar y resolver las quejas relacionadas con los voluntarios. La Mesa Directiva alienta a los directores a desarrollar un medio para reconocer las contribuciones de los voluntarios de cada escuela. El Superintendente o su designado informará periódicamente a la Mesa Directiva sobre el programa de asistencia voluntaria del distrito. Seguro de Compensación para Trabajadores La Mesa Directiva desea proporcionar un ambiente seguro para los voluntarios y minimizar la exposición del distrito a responsabilidades legales. Tras la aprobación de una resolución por parte de la Mesa Directiva, los voluntarios tendrán derecho a los beneficios de compensación para trabajadores por cualquier lesión sufrida mientras participaban en la prestación de servicios para el distrito. (Labor Code 3364.5)

Referencias legales y administrativas

State
22 CCR 101170 - Criminal record clearance
22 CCR 101216 - Health screening; volunteers in child care centers
Ed. Code 35021 - Volunteer aides
Ed. Code 35021.1 - Automated records check
Ed. Code 35021.3 - Registry of volunteers for before/after school programs
Ed. Code 44814-44815 - Supervision of students during lunch and other nutrition periods
Ed. Code 45125 - Fingerprinting requirements
Ed. Code 45125.01 - Interagency agreements for criminal record information
Ed. Code 45340-45349 - Instructional aides
Ed. Code 45360-45367 - Teacher aides
Ed. Code 48981 - Parent/guardian notifications
Ed. Code 49024 - Activity Supervisor Clearance Certificate
Ed. Code 49406 - TB risk assessment
Ed. Code 8482-8484.6 - After School Education and Safety program
Ed. Code 8484.7-8484.9 - 21st Century Community Learning Center program
Gov. Code 12940 - Unlawful discriminatory employment practices
Gov. Code 3543.5 - Prohibited interference with employees' rights
H&S Code 1596.7995 - Immunization requirements for volunteers in child care and development center or preschool
H&S Code 1596.871 - Fingerprints of individuals in contact with child day care facility clients
Lab. Code 1720.4 - Public works; exclusion of volunteers from prevailing wage law
Lab. Code 3352 - Workers' compensation; definitions
Lab. Code 3364.5 - Authority to provide workers' compensation insurance for volunteers
Pen. Code 11164-11174.3 - Child Abuse and Neglect Reporting Act
Pen. Code 290 - Registration of sex offenders
Pen. Code 290.4 - Information regarding sex offenders
Pen. Code 290.95 - Disclosure by person required to register as sex offender
Pen. Code 626.81 - Sex offender; permission to volunteer at school
Management Resources
PERB Decision - Whisman Elementary School District (1991) PERB Decision No. 868
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - California Department of Justice, Megan's Law
Website - California Department of Education, Parents/Family and Community
Website - Commission on Teacher Credentialing
Website - CSBA
Website - California State Parent Teacher Association

Referencias cruzadas

4119.11 AR Acoso sexual
4219.11 AR Acoso sexual
4319.11 AR Acoso sexual