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4319.24 BP Política de la Mesa Directiva

Mantenimiento de interacciones apropiadas entre adultos y estudiantes

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Personal Administrativo y de Supervisión Para los fines de esta política, los empleados incluyen a pasantes, voluntarios, contratistas y otras personas con una relación laboral con el distrito. La Mesa Directiva desea proporcionar un ambiente escolar seguro y positivo que promueva el aprendizaje, la participación, la seguridad y el bienestar de los estudiantes del distrito. La Mesa Directiva espera que todos los adultos con quienes los estudiantes puedan interactuar en la escuela o en actividades relacionadas con la escuela mantengan los más altos estándares profesionales y éticos en sus interacciones con los estudiantes, tanto dentro como fuera del entorno educativo, de conformidad con esta política y la Política de la Mesa Directiva 4119.21/4219.21/4319.21 - Estándares Profesionales. Dichos adultos no deberán participar en interacciones amenazantes, inseguras, ilegales o inapropiadas con los estudiantes, y deberán evitar conductas que difuminen los límites y que socaven la confianza en la relación adulto-estudiante y den apariencia de conducta indebida. Los adultos no deberán invadir los límites físicos o emocionales de un estudiante, a menos que sea necesario en una emergencia o para cumplir un propósito legítimo relacionado con la instrucción, la orientación, la salud del estudiante, o la seguridad del estudiante o del personal. El código de conducta de los empleados del distrito que aborda las interacciones con los estudiantes deberá proporcionarse a los padres/tutores al comienzo de cada año escolar y deberá publicarse en los sitios web de las escuelas y/o del distrito. (Education Code 44050) Conducta Inapropiada Los empleados deberán mantenerse alertas de su posición de autoridad y no abusar de ella en sus relaciones con los estudiantes. La Mesa Directiva prohíbe la conducta inapropiada entre empleados y estudiantes. (Education Code 32100) La conducta inapropiada de los empleados puede incluir, entre otras: Iniciar contacto físico inapropiado Intentar establecer una relación romántica o sexual con cualquier estudiante, o participar en acoso sexual hacia un estudiante, incluyendo insinuaciones sexuales, coqueteos, solicitudes de favores sexuales, comentarios inapropiados sobre el cuerpo o la apariencia de un estudiante, u otra conducta verbal, visual o física de naturaleza sexual Participar en socialización o confraternización inapropiada con un estudiante, o solicitar, fomentar o mantener una relación escrita, verbal o física inapropiada con un estudiante Estar a solas con un estudiante fuera de la vista de otras personas Visitar el hogar de un estudiante o invitar a un estudiante a visitar el hogar del empleado sin el consentimiento del padre/tutor Mantener contacto personal con un estudiante durante o fuera del día escolar sin un propósito educativo legítimo, ya sea por teléfono, carta, mensaje de texto, plataformas de redes sociales en internet, comunicaciones electrónicas u otros medios de comunicación, sin incluir al padre/tutor del estudiante De conformidad con la Política de la Mesa Directiva/Regulación Administrativa 4040 - Uso de Tecnología por parte de los Empleados, los empleados deberán utilizar el equipo o los recursos tecnológicos del distrito, cuando estén disponibles, al comunicarse electrónicamente con los estudiantes. Los empleados no deberán comunicarse con los estudiantes a través de ningún medio diseñado para eliminar los registros de las comunicaciones. El Superintendente o su designado podrá supervisar el uso de la tecnología del distrito por parte de los empleados en cualquier momento, sin previo aviso ni consentimiento. Crear o participar en sitios de redes sociales para comunicarse con estudiantes, distintos a los creados por el distrito, sin la aprobación previa por escrito del director o su designado Invitar o aceptar solicitudes de estudiantes, o de exestudiantes que sean menores de edad, para conectarse en sitios personales de redes sociales (por ejemplo, "seguir" o "hacerse amigo" en redes sociales), a menos que el sitio esté dedicado a asuntos escolares Distinguir a un estudiante en particular para brindarle atención y amistad personales, incluyendo darle regalos y/o apodos a estudiantes individuales Dirigirse a un estudiante de manera excesivamente familiar, como usando un término cariñoso Socializar o pasar tiempo con estudiantes fuera de eventos patrocinados por la escuela, excepto como participantes en actividades comunitarias Llevar a estudiantes a hacer mandados personales no relacionados con ningún propósito educativo legítimo o acompañarlos en dichos mandados Transportar a un estudiante en un vehículo personal sin autorización previa Alentar a los estudiantes a confiar problemas personales o familiares y/o relaciones Divulgar asuntos personales, familiares u otros asuntos privados a los estudiantes, o compartir secretos personales con los estudiantes Participar en cualquier conducta que ponga en peligro o amenace con poner en peligro a los estudiantes, incluyendo, entre otras, la violencia física o las amenazas de violencia Participar en conductas de acoso o discriminatorias hacia los estudiantes, o no intervenir cuando se observe un acto de discriminación, acoso, intimidación o acoso escolar contra un estudiante Abusar físicamente, abusar sexualmente, descuidar o de otra manera causar daño o lesiones intencionales a un menor Usar lenguaje profano, obsceno o abusivo contra los estudiantes Violaciones a la Política Todo empleado que observe o tenga conocimiento de que otro empleado ha violado esta política deberá reportar la información al Superintendente o su designado, o a la agencia correspondiente para su investigación, de conformidad con los procedimientos de quejas aplicables. Se alienta a otros adultos que tengan conocimiento de cualquier violación a esta política a reportarla al Superintendente o su designado. La Mesa Directiva prohíbe represalias contra cualquier persona que reporte una violación a esta política. Se implementará una intervención inmediata cuando sea necesario para proteger la seguridad de los estudiantes o la integridad de la investigación. Los empleados que participen en cualquier conducta que viole esta política, incluyendo represalias contra una persona que reporte la violación o participe en el proceso de quejas, estarán sujetos a medidas disciplinarias, hasta e incluyendo el despido. Cualquier otro adulto que viole esta política podrá ser excluido de las instalaciones y actividades escolares de conformidad con la ley. Además, el Superintendente o su designado también podrá notificar a las autoridades policiales según corresponda.

Referencias legales y administrativas

State
5 CCR 80303 - Reports of change in employment status; alleged misconduct
5 CCR 80304 - Notice of sexual misconduct
Ed. Code 32100 - Professional boundaries between adults and students and the safety of learning environments
Ed. Code 44030.5 - Reporting change in employment status due to alleged misconduct
Ed. Code 44050 - Employee code of conduct; interaction with students
Ed. Code 44242.5 - Reports and review of alleged misconduct
Ed. Code 44940 - Compulsory leave of absence for certificated persons
Ed. Code 48980 - Parent/Guardian notifications
Pen. Code 11164-11174.3 - Child Abuse and Neglect Reporting Act
Management Resources
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services

Referencias cruzadas