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5145.7 BP Política de la Mesa Directiva

Acoso sexual

Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗

La Mesa Directiva está comprometida a mantener un ambiente escolar seguro y libre de acoso e intimidación y discriminación. La Mesa Directiva prohíbe, en la escuela o en actividades patrocinadas o relacionadas con la escuela, el acoso sexual dirigido a cualquier estudiante por cualquier persona. La Mesa Directiva también prohíbe el comportamiento o las acciones de represalia en contra de una persona que reporta, presenta quejas, testifica, asiste o de cualquier otra forma participa en el proceso de quejas establecido conforme a esta política y el reglamento administrativo. El distrito insta firmemente a cualquier estudiante que sienta que está siendo o ha sido víctima de acoso sexual en los terrenos de la escuela o en una actividad patrocinada o relacionada con la escuela por parte de otro estudiante o un adulto, o que haya experimentado acoso sexual fuera del campus que tenga un efecto continuo en el campus, a que contacte de inmediato a su maestro/a, al director/a, o a cualquier otro empleado escolar disponible. Cualquier empleado que reciba un reporte u observe un incidente de acoso sexual deberá notificar de inmediato al Coordinador/a de Título IX. Una vez notificado/a, el/la Coordinador/a de Título IX deberá asegurarse de que la queja o alegación sea atendida a través del AR 5145.71 - Title IX Sexual Harassment Complaint Procedures o del BP/AR 1312.3 - Uniform Complaint Procedures, según corresponda. Dado que una queja o alegación que sea desestimada o denegada bajo el procedimiento de quejas de Título IX puede aún estar sujeta a consideración bajo la ley estatal, el/la Coordinador/a de Título IX deberá asegurarse de que toda implementación del AR 5145.71 cumpla concurrentemente con los requisitos del BP/AR 1312.3. El/La Coordinador/a de Título IX deberá ofrecer medidas de apoyo al demandante y al demandado, según se considere apropiado de acuerdo con las circunstancias. El/La Superintendente o su designado/a deberá informar a los estudiantes y a los padres/tutores sobre la política de acoso sexual del distrito distribuyéndola a través de notificaciones a los padres/tutores, publicándola en el sitio web del distrito, e incluyéndola en los manuales para estudiantes y personal. Todo el personal del distrito recibirá capacitación sobre esta política. Instrucción/Información El/La Superintendente o su designado/a deberá asegurarse de que todos los estudiantes del distrito reciban instrucción e información sobre el acoso sexual apropiada para su edad. Dicha instrucción e información deberá incluir: - Qué actos y conductas constituyen acoso sexual, incluyendo el hecho de que el acoso sexual puede ocurrir entre personas del mismo sexo y puede involucrar violencia sexual - Un mensaje claro de que los estudiantes no tienen que soportar el acoso sexual bajo ninguna circunstancia - El estímulo para reportar los casos observados de acoso sexual, incluso cuando la víctima del acoso no haya presentado una queja - Un mensaje claro de que la seguridad del estudiante es la principal preocupación del distrito, y que cualquier infracción a las reglas por separado que involucre a una presunta víctima o a cualquier otra persona que reporte un incidente de acoso sexual será atendida por separado y no afectará la manera en que la queja de acoso sexual será recibida, investigada o resuelta - Un mensaje claro de que, independientemente del incumplimiento por parte del demandante con los requisitos de presentación formal por escrito, de plazo u otros requisitos formales, toda alegación de acoso sexual que involucre a un estudiante, ya sea como demandante, demandado o víctima del acoso, será investigada y se tomarán acciones de inmediato para detener cualquier acoso, prevenir su recurrencia y atender cualquier efecto continuo en los estudiantes - Información sobre el procedimiento del distrito para investigar quejas y la(s) persona(s) a quien se le debe hacer un reporte de acoso sexual - Información sobre los derechos de los estudiantes y los padres/tutores para presentar una queja civil o penal, según corresponda, incluyendo el derecho a presentar una queja civil o penal mientras continúa la investigación del distrito sobre una queja de acoso sexual - Un mensaje claro de que, cuando sea necesario, el distrito implementará medidas de apoyo para garantizar un ambiente escolar seguro para el estudiante que sea el demandante o víctima de acoso sexual y/u otros estudiantes durante una investigación Al concluir una investigación de una queja de acoso sexual, cualquier estudiante que se determine haber incurrido en acoso sexual o violencia sexual en violación de esta política estará sujeto a medidas disciplinarias. Para los estudiantes de los grados 4 al 8, las medidas disciplinarias pueden incluir suspensión y/o expulsión, siempre que, al imponer dicha disciplina, se tomen en cuenta todas las circunstancias del incidente o los incidentes. Al investigar una queja de acoso sexual, cualquier empleado que se determine haber incurrido en acoso sexual o violencia sexual hacia cualquier estudiante tendrá su empleo rescindido de conformidad con la ley y los convenios colectivos de trabajo aplicables. Mantenimiento de registros De conformidad con la ley y las políticas y reglamentos del distrito, el/la Superintendente o su designado/a deberá mantener un registro de todos los casos reportados de acoso sexual para permitir que el distrito supervise, atienda y prevenga el comportamiento de acoso repetitivo en sus escuelas.

Referencias legales y administrativas

State
5 CCR 432 - Student records
5 CCR 4600-4670 - Uniform complaint procedures
5 CCR 4900-4965 - Nondiscrimination in elementary and secondary educational programs receiving state or federal financial assistance
Civ. Code 1714.1 - Liability of parent/guardian for act of willful misconduct by a minor
Civ. Code 51.9 - Liability for sexual harassment; business, service and professional relationships
Ed. Code 200-262.4 - Prohibition of discrimination
Ed. Code 220.1 - Prohibition of retaliation related to educational equity
Ed. Code 220.3 - No requirement to disclose information related to student’s sexual orientation, gender identity, or gender expression
Ed. Code 220.5 - Prohibition of policies requiring disclosure of information related to student’s sexual orientation, gender identity, or gender expression
Ed. Code 35292.5 - School restrooms; all-gender restrooms
Ed. Code 48900 - Grounds for suspension or expulsion
Ed. Code 48900.2 - Additional grounds for suspension or expulsion; sexual harassment
Ed. Code 48904 - Liability of parent/guardian for willful student misconduct
Ed. Code 48980 - Parent/Guardian notifications
Ed. Code 48985 - Notices to parents/guardians in language other than English
Ed. Code 49060-49079 - Student records
Gov. Code 11135 - Prohibition of discrimination
Gov. Code 12950.1 - Sexual harassment training
Federal
20 USC 1092 - Definition of sexual assault
20 USC 1221 - Application of laws
20 USC 1232g - Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA) of 1974
20 USC 1681-1688 - Title IX of the Education Amendments of 1972; discrimination based on sex
34 CFR 106.1-106.82 - Nondiscrimination on the basis of sex in education programs or activities
34 CFR 99.1-99.67 - Family Educational Rights and Privacy
34 USC 12291 - Definition of dating violence, domestic violence, and stalking
42 USC 1983 - Civil action for deprivation of rights
42 USC 2000d-2000d-7 - Title VI, Civil Rights Act of 1964
42 USC 2000e-2000e-17 - Title VII, Civil Rights Act of 1964, as amended
Management Resources
Court Decision - Tennessee v. Cardona (2024) 737 F.Supp.3d 510
Court Decision - Davis v. Monroe County Board of Education (1999) 526 U.S. 629
Court Decision - Doe v. Petaluma City School District (1995, 9th Cir.) 54 F.3d 1447
Court Decision - Gebser v. Lago Vista Independent School District (1998) 524 U.S. 274
Court Decision - Oona by Kate S. v. McCaffrey (1998, 9th Cir.) 143 F.3d 473
Court Decision - Reese v. Jefferson School District (2001, 9th Cir.) 208 F.3d 736
Court Decision - Donovan v. Poway Unified School District (2008) 167 Cal.App.4th 567
Court Decision - Flores v. Morgan Hill Unified School District (2003, 9th Cir.) 324 F.3d 1130
CSBA Publication - Safe Schools: Strategies for Governing Boards to Ensure Student Success, 2011
Federal Register - Nondiscrimination on the Basis of Sex in Education Programs or Activities Receiving Federal Financial Assistance, May 19, 2020, Vol. 85, No. 97, pages 30026-30579
U.S. DOE, Office for Civil Rights Publication - Dear Colleague Letter: Enforcement of Title IX under the provisions of the 2020 Title IX Rule, February 4, 2025
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - California Department of Education
Website - CSBA
Website - U.S. Department of Education, Office for Civil Rights

Referencias cruzadas

1313 BP Civismo
4119.11 AR Acoso sexual
4219.11 AR Acoso sexual
4319.11 AR Acoso sexual
5131 BP Conducta
5144 AR Disciplina