5145.7
BP
Política de la Mesa Directiva
Acoso sexual
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
La Mesa Directiva está comprometida a mantener un ambiente escolar seguro y libre de acoso e intimidación y discriminación. La Mesa Directiva prohíbe, en la escuela o en actividades patrocinadas o relacionadas con la escuela, el acoso sexual dirigido a cualquier estudiante por cualquier persona. La Mesa Directiva también prohíbe el comportamiento o las acciones de represalia en contra de una persona que reporta, presenta quejas, testifica, asiste o de cualquier otra forma participa en el proceso de quejas establecido conforme a esta política y el reglamento administrativo.
El distrito insta firmemente a cualquier estudiante que sienta que está siendo o ha sido víctima de acoso sexual en los terrenos de la escuela o en una actividad patrocinada o relacionada con la escuela por parte de otro estudiante o un adulto, o que haya experimentado acoso sexual fuera del campus que tenga un efecto continuo en el campus, a que contacte de inmediato a su maestro/a, al director/a, o a cualquier otro empleado escolar disponible. Cualquier empleado que reciba un reporte u observe un incidente de acoso sexual deberá notificar de inmediato al Coordinador/a de Título IX.
Una vez notificado/a, el/la Coordinador/a de Título IX deberá asegurarse de que la queja o alegación sea atendida a través del AR 5145.71 - Title IX Sexual Harassment Complaint Procedures o del BP/AR 1312.3 - Uniform Complaint Procedures, según corresponda. Dado que una queja o alegación que sea desestimada o denegada bajo el procedimiento de quejas de Título IX puede aún estar sujeta a consideración bajo la ley estatal, el/la Coordinador/a de Título IX deberá asegurarse de que toda implementación del AR 5145.71 cumpla concurrentemente con los requisitos del BP/AR 1312.3.
El/La Coordinador/a de Título IX deberá ofrecer medidas de apoyo al demandante y al demandado, según se considere apropiado de acuerdo con las circunstancias.
El/La Superintendente o su designado/a deberá informar a los estudiantes y a los padres/tutores sobre la política de acoso sexual del distrito distribuyéndola a través de notificaciones a los padres/tutores, publicándola en el sitio web del distrito, e incluyéndola en los manuales para estudiantes y personal. Todo el personal del distrito recibirá capacitación sobre esta política.
Instrucción/Información
El/La Superintendente o su designado/a deberá asegurarse de que todos los estudiantes del distrito reciban instrucción e información sobre el acoso sexual apropiada para su edad. Dicha instrucción e información deberá incluir:
- Qué actos y conductas constituyen acoso sexual, incluyendo el hecho de que el acoso sexual puede ocurrir entre personas del mismo sexo y puede involucrar violencia sexual
- Un mensaje claro de que los estudiantes no tienen que soportar el acoso sexual bajo ninguna circunstancia
- El estímulo para reportar los casos observados de acoso sexual, incluso cuando la víctima del acoso no haya presentado una queja
- Un mensaje claro de que la seguridad del estudiante es la principal preocupación del distrito, y que cualquier infracción a las reglas por separado que involucre a una presunta víctima o a cualquier otra persona que reporte un incidente de acoso sexual será atendida por separado y no afectará la manera en que la queja de acoso sexual será recibida, investigada o resuelta
- Un mensaje claro de que, independientemente del incumplimiento por parte del demandante con los requisitos de presentación formal por escrito, de plazo u otros requisitos formales, toda alegación de acoso sexual que involucre a un estudiante, ya sea como demandante, demandado o víctima del acoso, será investigada y se tomarán acciones de inmediato para detener cualquier acoso, prevenir su recurrencia y atender cualquier efecto continuo en los estudiantes
- Información sobre el procedimiento del distrito para investigar quejas y la(s) persona(s) a quien se le debe hacer un reporte de acoso sexual
- Información sobre los derechos de los estudiantes y los padres/tutores para presentar una queja civil o penal, según corresponda, incluyendo el derecho a presentar una queja civil o penal mientras continúa la investigación del distrito sobre una queja de acoso sexual
- Un mensaje claro de que, cuando sea necesario, el distrito implementará medidas de apoyo para garantizar un ambiente escolar seguro para el estudiante que sea el demandante o víctima de acoso sexual y/u otros estudiantes durante una investigación
Al concluir una investigación de una queja de acoso sexual, cualquier estudiante que se determine haber incurrido en acoso sexual o violencia sexual en violación de esta política estará sujeto a medidas disciplinarias. Para los estudiantes de los grados 4 al 8, las medidas disciplinarias pueden incluir suspensión y/o expulsión, siempre que, al imponer dicha disciplina, se tomen en cuenta todas las circunstancias del incidente o los incidentes.
Al investigar una queja de acoso sexual, cualquier empleado que se determine haber incurrido en acoso sexual o violencia sexual hacia cualquier estudiante tendrá su empleo rescindido de conformidad con la ley y los convenios colectivos de trabajo aplicables.
Mantenimiento de registros
De conformidad con la ley y las políticas y reglamentos del distrito, el/la Superintendente o su designado/a deberá mantener un registro de todos los casos reportados de acoso sexual para permitir que el distrito supervise, atienda y prevenga el comportamiento de acoso repetitivo en sus escuelas.
Referencias legales y administrativas
State
5 CCR 432 - Student records
5 CCR 4600-4670 - Uniform complaint procedures
5 CCR 4900-4965 - Nondiscrimination in elementary and secondary educational programs receiving state or federal financial assistance
Civ. Code 1714.1 - Liability of parent/guardian for act of willful misconduct by a minor
Civ. Code 51.9 - Liability for sexual harassment; business, service and professional relationships
Ed. Code 200-262.4 - Prohibition of discrimination
Ed. Code 220.1 - Prohibition of retaliation related to educational equity
Ed. Code 220.3 - No requirement to disclose information related to student’s sexual orientation, gender identity, or gender expression
Ed. Code 220.5 - Prohibition of policies requiring disclosure of information related to student’s sexual orientation, gender identity, or gender expression
Ed. Code 35292.5 - School restrooms; all-gender restrooms
Ed. Code 48900 - Grounds for suspension or expulsion
Ed. Code 48900.2 - Additional grounds for suspension or expulsion; sexual harassment
Ed. Code 48904 - Liability of parent/guardian for willful student misconduct
Ed. Code 48980 - Parent/Guardian notifications
Ed. Code 48985 - Notices to parents/guardians in language other than English
Ed. Code 49060-49079 - Student records
Gov. Code 11135 - Prohibition of discrimination
Gov. Code 12950.1 - Sexual harassment training
Federal
20 USC 1092 - Definition of sexual assault
20 USC 1221 - Application of laws
20 USC 1232g - Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA) of 1974
20 USC 1681-1688 - Title IX of the Education Amendments of 1972; discrimination based on sex
34 CFR 106.1-106.82 - Nondiscrimination on the basis of sex in education programs or activities
34 CFR 99.1-99.67 - Family Educational Rights and Privacy
34 USC 12291 - Definition of dating violence, domestic violence, and stalking
42 USC 1983 - Civil action for deprivation of rights
42 USC 2000d-2000d-7 - Title VI, Civil Rights Act of 1964
42 USC 2000e-2000e-17 - Title VII, Civil Rights Act of 1964, as amended
Management Resources
Court Decision - Tennessee v. Cardona (2024) 737 F.Supp.3d 510
Court Decision - Davis v. Monroe County Board of Education (1999) 526 U.S. 629
Court Decision - Doe v. Petaluma City School District (1995, 9th Cir.) 54 F.3d 1447
Court Decision - Gebser v. Lago Vista Independent School District (1998) 524 U.S. 274
Court Decision - Oona by Kate S. v. McCaffrey (1998, 9th Cir.) 143 F.3d 473
Court Decision - Reese v. Jefferson School District (2001, 9th Cir.) 208 F.3d 736
Court Decision - Donovan v. Poway Unified School District (2008) 167 Cal.App.4th 567
Court Decision - Flores v. Morgan Hill Unified School District (2003, 9th Cir.) 324 F.3d 1130
CSBA Publication - Safe Schools: Strategies for Governing Boards to Ensure Student Success, 2011
Federal Register - Nondiscrimination on the Basis of Sex in Education Programs or Activities Receiving Federal Financial Assistance, May 19, 2020, Vol. 85, No. 97, pages 30026-30579
U.S. DOE, Office for Civil Rights Publication - Dear Colleague Letter: Enforcement of Title IX under the provisions of the 2020 Title IX Rule, February 4, 2025
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - California Department of Education
Website - CSBA
Website - U.S. Department of Education, Office for Civil Rights
Referencias cruzadas
0450 AR Plan integral de seguridad
1114-E PDF(1) AR Redes sociales patrocinadas por el distrito
1312.1 AR Quejas sobre empleados del distrito
1312.3 AR Procedimientos uniformes de quejas
1313 BP Civismo
3530 AR Gestión de riesgos y seguros
3580 AR Registros del distrito
4117.7 AR Informes de situación laboral
4119.11 AR Acoso sexual
4131 AR Desarrollo del personal
4219.11 AR Acoso sexual
4231 BP Desarrollo del personal
4319.11 AR Acoso sexual
5125 AR Expedientes estudiantiles
5131 BP Conducta
5131.2 AR Acoso escolar (bullying)
5132 AR Vestimenta y arreglo personal
5137 BP Ambiente escolar positivo
5141.52 AR Prevención del suicidio
5144 AR Disciplina
5144.1 AR Suspensión y expulsión/debido proceso
5145.2 AR Libertad de expresión
5145.3 AR No discriminación/acoso
5145.6-E PDF(1) AR Notificaciones a padres, madres o tutores
5145.9 BP Conducta motivada por el odio
6142.8 AR Educación integral para la salud
6143 AR Planes de estudio
6163.4-E PDF(1) AR Uso de tecnología por parte de los estudiantes