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BP
Política de la Mesa Directiva
Temas controvertidos
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
La Mesa Directiva reconoce que el programa educativo del distrito puede incluir en ocasiones instrucción relacionada con temas controvertidos que pueden generar reacciones intensas basadas en valores y creencias personales, filosofía política, cultura, religión u otras influencias. La instrucción sobre dichos temas deberá ser relevante para el plan de estudios adoptado y los objetivos curriculares, y deberá estar diseñada para desarrollar el pensamiento crítico de los estudiantes, la capacidad de distinguir entre hechos y opiniones, el respeto hacia los demás, y la comprensión y tolerancia de distintos puntos de vista.
La Mesa Directiva espera que los administradores y maestros ejerzan su juicio profesional al decidir si un tema en particular es o no adecuado para su estudio o discusión. Deberán consultar con el Superintendente o su designado según sea necesario para determinar la pertinencia del tema, los oradores invitados y/o los materiales o recursos didácticos relacionados.
Al impartir instrucción relacionada con un tema controvertido, se aplicarán las siguientes pautas:
- El tema deberá ser adecuado para la edad y madurez de los estudiantes.
- La instrucción se presentará de manera equilibrada, abordando todos los aspectos del tema sin prejuicios ni parcialidad y sin promover ningún punto de vista en particular. El maestro deberá ayudar a los estudiantes a separar los hechos de las opiniones y advertirles que no saquen conclusiones a partir de datos insuficientes.
- En el salón de clases, los maestros actúan en representación del distrito y se espera que sigan el currículo adoptado. Al dirigir o guiar las discusiones en clase sobre temas que puedan ser controvertidos, un maestro no puede defender su opinión o punto de vista personal. Cuando sea necesario, el Superintendente o su designado podrá instruir a los maestros para que se abstengan de compartir sus opiniones personales en el salón de clases sobre temas controvertidos.
- Se garantizará a los estudiantes su derecho a formarse y expresar una opinión sin poner en riesgo sus calificaciones ni estar sujetos a discriminación, represalias o medidas disciplinarias, siempre que el punto de vista no constituya acoso, amenazas, intimidación o bullying, ni sea ilegal por cualquier otra razón.
- Se informará a los estudiantes sobre la conducta esperada durante dicha instrucción y la importancia de ser corteses y respetuosos con las opiniones de los demás.
- Se proporcionará información factual suficiente para ayudar a los estudiantes a analizar y evaluar el tema de manera objetiva y a sacar sus propias conclusiones.
- La instrucción no deberá afectar negativamente a las personas por su raza, etnia, origen nacional, sexo, orientación sexual, identidad o expresión de género, discapacidad, religión o cualquier otra razón prohibida por la ley.
- El contenido de la instrucción no deberá estar prohibido por la legislación estatal o federal.
Cuando se invite a un orador invitado a hacer una presentación relacionada con un tema controvertido, el Superintendente o su designado deberá notificarle esta política y las expectativas y objetivos con respecto a la instrucción. Si el orador invitado presenta únicamente un punto de vista sobre un tema, el maestro será responsable de asegurarse de que los estudiantes también reciban información sobre los puntos de vista opuestos.
Cuando así lo exija la ley, como en el caso de la educación integral sobre salud sexual y prevención del VIH, se notificará a los padres/tutores antes de impartir la instrucción que pueden solicitar por escrito que su hijo sea excusado de la misma. A los estudiantes cuyos padres/tutores rechacen dicha instrucción se les podrá ofrecer una actividad alternativa de valor educativo similar.
Un estudiante o padre/tutor que tenga inquietudes sobre la instrucción acerca de temas controvertidos puede comunicarse directamente con el maestro o el director y/o utilizar los procedimientos de quejas del distrito que correspondan.
Referencias legales y administrativas
State
Ed. Code 220 - Prohibition of discrimination
Ed. Code 48950 - Speech and other communication
Ed. Code 51240 - Excuse from instruction due to religious beliefs
Ed. Code 51500 - Prohibited instruction or activity
Ed. Code 51510 - Prohibited study or supplemental materials
Ed. Code 51511 - Religious matters properly included in courses of study
Ed. Code 51513 - Personal beliefs
Ed. Code 51530 - Advocacy or teaching of communism
Ed. Code 51930-51939 - California Healthy Youth Act
Ed. Code 60040 - Selection of instructional materials
Ed. Code 60044 - Prohibited instructional materials
Ed. Code 60045 - Criteria for instructional materials
Management Resources
Court Decision - Garcetti v. Ceballos (2006) 547 U.S. 410
Court Decision - Mayer v. Monroe County Community School Corporation (2007) 474 F.3d 477 (7th Cir.)
Court Decision - Johnson v. Poway Unified School District (2011) 658 F.3d 954
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Referencias cruzadas
1312.1 AR Quejas sobre empleados del distrito
1312.2 AR Quejas sobre materiales didácticos
1312.2-E(1) AR Quejas sobre materiales didácticos
1325 AR Publicidad y promoción
4119.25 AR Actividades políticas de los empleados
4141.6 BP Acción concertada/paro laboral
4219.25 BP Actividades políticas de los empleados
4241.6 BP Acción concertada/paro laboral
5131 BP Conducta
5131.2 AR Acoso escolar (bullying)
5137 BP Ambiente escolar positivo
5145.2 AR Libertad de expresión
5145.3 AR No discriminación/acoso
5145.9 BP Conducta motivada por el odio
6115 AR Ceremonias y conmemoraciones
6142.3 BP Educación cívica
6142.8 AR Educación integral para la salud
6142.94 BP Instrucción en historia y ciencias sociales
6143 AR Planes de estudio
6145.8 BP Asambleas y eventos especiales
6161.11 BP Materiales didácticos complementarios
6163.1 BP Centros de medios de biblioteca