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BP
Política de la Mesa Directiva
Compensación de empleados
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
Personal Clasificado
Con el fin de reclutar y retener empleados comprometidos con las metas del distrito en el aprendizaje estudiantil, la Mesa Directiva reconoce la importancia de ofrecer un paquete de compensación competitivo que incluya salarios y beneficios de salud y bienestar.
La Mesa Directiva adoptará escalas salariales separadas para el personal certificado, clasificado, y de supervisión y administración, que cumplan con la ley y los convenios colectivos aplicables. (Education Code 45022, 45160, 45162, 45268)
Cada empleado certificado, excepto un empleado en un puesto administrativo o de supervisión, será clasificado en la escala salarial con base en una asignación uniforme según el nivel educativo y los años de experiencia, a menos que la Mesa Directiva y la organización de empleados negocien y acuerden mutuamente una escala salarial basada en criterios diferentes. Los empleados certificados no serán ubicados en diferentes clasificaciones en la escala, ni se les pagarán salarios diferentes, únicamente por los niveles de grado en los que enseñan. (Education Code 45028)
Las escalas salariales para el personal que no forma parte de una unidad de negociación serán determinadas por la Mesa Directiva a recomendación del Superintendente o su designado.
Las escalas salariales adoptadas por la Mesa Directiva serán impresas y estarán disponibles para su revisión en la oficina del distrito. (Education Code 45023)
Además, a más tardar el 31 de enero de 2026, y anualmente a partir de entonces, el Superintendente o su designado completará el Salary and Benefit Schedule for Bargaining Units (Formulario J-90) para el personal certificado y clasificado asignado a un plantel escolar del distrito, y reportará el Formulario J-90 al Departamento de Educación de California. (Education Code 42238.016)
A menos que se disponga lo contrario en algún convenio colectivo aplicable, los empleados del distrito recibirán su pago mensualmente y en once o doce pagos iguales durante el año, según el calendario de trabajo de la clasificación. Sin embargo, si el distrito participa en el Classified School Employee Summer Assistance Program, los empleados clasificados elegibles podrán optar por que se les retenga hasta el 10 por ciento de su salario mensual y se les pague durante el receso de verano en uno o dos pagos. (Education Code 45038, 45039, 45048, 45165, 45500)
El Superintendente o su designado publicará un aviso que explique las disposiciones de salarios y horas de la Fair Labor Standards Act en un lugar visible en cada lugar de trabajo. (29 CFR 516.4)
Compensación por Horas Extra
Los empleados del distrito recibirán una tarifa de tiempo extra de no menos de una vez y media su tarifa regular de pago por cualquier hora trabajada en exceso de ocho horas en un día y/o 40 horas en una semana laboral. Sin embargo, los maestros, administradores escolares y otros empleados en puestos establecidos por la Mesa Directiva como ejecutivos, administrativos o profesionales quedarán exentos de las reglas sobre horas extra. (Education Code 45128, 45130; 29 USC 213; 29 CFR 541.204, 541.303, 541.600, 553.27, 553.32)
Si el distrito requiere que un empleado clasificado en un puesto exento trabaje en un día feriado designado por la ley o por la Mesa Directiva, el empleado recibirá el pago regular por ese día más una compensación o tiempo libre compensatorio a una tarifa no menor a la tarifa normal del empleado. (Education Code 45130)
Cuando esté autorizado en un convenio colectivo u otro acuerdo entre el distrito y los empleados, un empleado podrá tomar tiempo libre compensatorio en lugar de la compensación por horas extra, siempre que el empleado no haya acumulado tiempo compensatorio en exceso de los límites especificados en 29 USC 207. A un empleado que haya solicitado el uso de tiempo compensatorio se le permitirá usar dicho tiempo dentro de los 12 meses calendario siguientes al mes en que se trabajaron las horas extra, siempre que el uso del tiempo compensatorio no interrumpa indebidamente las operaciones del distrito. (Education Code 45129; 29 USC 207; 29 CFR 553.20-553.25)
Para cada empleado no exento, el Superintendente o su designado mantendrá registros sobre los salarios, horas y otra información del empleado especificada en 29 CFR 516.5-516.6.
Pago en Exceso de Salario
Si el distrito determina que a un empleado se le ha pagado en exceso, el distrito notificará al empleado por escrito sobre el pago en exceso, le dará al empleado la oportunidad de responder antes de iniciar cualquier acción de recuperación, e informará al empleado de sus derechos para disputar la existencia o el monto del pago en exceso reclamado. Si el empleado acepta que hubo un pago en exceso por el monto reclamado, el reembolso al distrito se realizará mediante uno de los métodos descritos en Education Code 44042.5, según acuerdo mutuo entre el empleado y el distrito. (Education Code 44042.5)
Si no se llega a un acuerdo mutuo sobre un método de reembolso, dentro de los 30 días posteriores a que el empleado verifique el monto del pago en exceso, el distrito recuperará el pago en exceso mediante deducciones de nómina de conformidad con Education Code 44042.5.
Si el empleado no responde o disputa la existencia o el monto del pago en exceso reclamado por el distrito, el distrito solo podrá recuperar el pago en exceso después de haber iniciado la acción legal correspondiente. (Education Code 44042.5)
Si el empleado se separa del distrito antes de que el pago en exceso haya sido reembolsado en su totalidad, el distrito retendrá el saldo pendiente de cualquier dinero que se le adeude al empleado al momento de la separación, siempre que aún se le pague al empleado el salario mínimo estatal según lo exigido por Education Code 44042.5. El Superintendente o su designado podrá consultar con asesor legal para calcular el monto a retener.
Si aún queda un saldo pendiente por pago en exceso, el distrito podrá ejercer cualquier medio legal para recuperar el monto restante que el empleado adeude. (Education Code 44042.5)
La acción legal para recuperar cualquier pago en exceso bajo esta política deberá iniciarse dentro de los tres años a partir de la fecha del pago en exceso, que en el caso de créditos de licencia es la fecha en que el empleado recibe compensación a cambio de la licencia acreditada erróneamente al empleado. (Education Code 44042.5)
Referencias legales y administrativas
State
8 CCR 11040 - Wages and hours; definitions of administrative, executive, and professional employees
Ed. Code 42238.016 - Salary and Benefit Schedule for the Bargaining Units (Form J–90
Ed. Code 44042.5 - Wage overpayment
Ed. Code 45022-45061.5 - Salaries for certificated employees
Ed. Code 45023 - Availability of salary schedule
Ed. Code 45028 - Salary schedule and exceptions
Ed. Code 45127-45133.5 - Classified employees; work week; overtime provisions
Ed. Code 45160-45169 - Salaries for classified employees
Ed. Code 45268 - Salary schedule for classified service in merit system districts
Ed. Code 45500 - Classified School Employee Summer Assistance Program
Gov. Code 3540-3549.3 - Meeting and negotiating
Gov. Code 3543.2 - Scope of representation
Gov. Code 3543.7 - Duty to meet and negotiate in good faith
Lab. Code 226 - Employee access to payroll records
Lab. Code 232 - Disclosure of wages
Lab. Code 510 - Overtime Compensation
Federal
26 CFR 1.409A-1 - Definitions and covered plans
26 USC 409A - Deferred compensation plans
29 CFR 516.4 - Notice of minimum wage and overtime provisions
29 CFR 516.5-516.6 - Records
29 CFR 541.0-541.710 - Exemptions for executive, administrative, and professional employees
29 CFR 553.1-553.51 - Fair Labor Standards Act; applicability to public agencies
29 USC 201-219 - Fair Labor Standards Act
29 USC 203 - Definitions
29 USC 207 - Fair Labor Standards Act
29 USC 213 - Exemptions from minimum wage and overtime requirements
Management Resources
Court Decision - Johnson v. Arvin-Edison Water Storage District (2009) 174 Cal.App.4th 729
Court Decision - Flores v. City of San Gabriel (9th Cir., 2016) 824 F.3d 890
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - U.S. Department of Labor, Wage and Hour Division
Website - Internal Revenue Service
Website - School Services of California, Inc.
Website - California Department of Education
Website - CSBA
Referencias cruzadas
3100 AR Presupuesto
3580 AR Registros del distrito
4000 BP Conceptos y funciones
4030 AR No discriminación en el empleo
4112.6 AR Expedientes del personal
4121 AR Personal temporal/sustituto
4154 BP Beneficios de salud y bienestar
4254 BP Beneficios de salud y bienestar
4312.1 BP Contratos
4354 BP Beneficios de salud y bienestar
6115 AR Ceremonias y conmemoraciones