4112.42
BP
Política de la Mesa Directiva
Pruebas de drogas y alcohol para conductores de autobús escolar
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
La Mesa Directiva desea garantizar que el transporte proporcionado por el distrito sea seguro para los estudiantes, el personal y el público en general. Con ese fin, el Superintendente o su designado establecerá un programa de pruebas de detección de drogas y alcohol para todos los conductores del distrito y demás empleados que posean una licencia de conducir comercial necesaria para desempeñar funciones relacionadas con su empleo en el distrito. Este programa será diseñado para cumplir con los requisitos de la ley estatal y federal.
El programa de pruebas del distrito incluirá pruebas de detección de drogas previas al empleo, así como pruebas de detección de drogas y alcohol por sospecha razonable, aleatorias, posteriores a accidentes, de regreso al servicio y de seguimiento para los conductores. (49 USC 31306)
El Superintendente o su designado contratará servicios de pruebas y se asegurará de que los contratistas y los procedimientos de prueba estén certificados por el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos para realizar análisis de muestras de drogas y para cumplir con los requisitos de la ley federal.
Ningún conductor podrá operar un vehículo del distrito cuando se determine que su contenido de alcohol en sangre es igual o superior al .01 por ciento. Un conductor no podrá consumir alcohol mientras esté de servicio, ni durante las cuatro horas previas al inicio de su turno, ni hasta ocho horas después de un accidente o hasta que se someta a una prueba posterior al accidente, lo que ocurra primero. Un conductor no deberá presentarse al servicio ni permanecer en él cuando dicho servicio requiera el desempeño de funciones sensibles a la seguridad si el conductor consume una sustancia controlada, a menos que un médico así se lo haya indicado. (49 CFR 382.205, 382.207, 382.209; Vehicle Code 34520.3; 13 CCR 1213.1)
Todo conductor que dé positivo en una prueba de alcohol o drogas, o que se niegue a someterse a una prueba, será retirado de funciones sensibles a la seguridad y podrá estar sujeto a medidas disciplinarias que pueden incluir el despido, de conformidad con la ley, los reglamentos administrativos y el convenio colectivo de trabajo del distrito.
El Superintendente o su designado se asegurará de que cada conductor reciba una explicación de las regulaciones federales y de la política y los procedimientos del distrito, de conformidad con la ley. Además, cada conductor deberá firmar una declaración en la que certifique que ha recibido una copia de los materiales mencionados. Se notificará a los representantes de las organizaciones de empleados sobre la disponibilidad de esta información. (49 CFR 382.601)
Referencias legales y administrativas
State
13 CCR 1200-1294 - Motor carrier safety
13 CCR 1213.1 - Placing drivers out-of-service
Ed. Code 35160 - Authority of governing boards
Gov. Code 8355 - Certification of drug-free workplace, including notification
Veh. Code 13376 - Driver certificates; revocation or suspension
Veh. Code 34500-34520.5 - Safety regulations
Federal
21 CFR 1308.11-1308.15 - Controlled substances
41 USC 8101-8106 - Drug-Free Workplace Act
49 CFR 382.101-382.727 - Controlled substance and alcohol use and testing
49 CFR 382.205 - On-duty use
49 CFR 382.207 - Pre-duty use
49 CFR 382.209 - Use following an accident
49 CFR 40.1-40.413 - Procedures for transportation workplace drug and alcohol testing programs
49 USC 31306 - Alcohol and drug testing
Management Resources
California Highway Patrol Publication - Controlled Substances and Alcohol Testing Compliance Checklist, 2007
California Highway Patrol Publication - What is CSAT? Controlled Substances and Alcohol Testing, 2005
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - Commercial Driver's License Drug and Alcohol Clearinghouse
Website - California Department of Motor Vehicles
Website - California Highway Patrol
Website - Federal Motor Carrier Safety Administration
Website - U.S. Department of Transportation, Office of Drug and Alcohol Policy and Compliance
Referencias cruzadas
3513.4 BP Escuelas libres de drogas y alcohol
3530 AR Gestión de riesgos y seguros
3540 AR Transporte
3542 AR Conductores de autobús escolar
3580 AR Registros del distrito
4112.9 AR Notificaciones al personal
4119.21 BP Normas profesionales
4119.21-E PDF(1) AR Normas profesionales
4161 BP Licencias
4161.8 AR Licencia por cuidado familiar y médico
4212.9 BP Notificaciones al personal
4219.21 BP Normas profesionales
4261 BP Licencias
4261.8 AR Licencia por cuidado familiar y médico
4312.9 BP Notificaciones al personal
4319.21 BP Normas profesionales
4361 BP Licencias
4361.8 AR Licencia por cuidado familiar y médico