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BP
Política de la Mesa Directiva
Respuesta a la aplicación de las leyes de inmigración
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
La Mesa Directiva está comprometida con el éxito de todos los estudiantes y con proporcionar un lugar seguro y acogedor para los estudiantes, sus familias y el personal, independientemente de su estatus migratorio o ciudadanía.
A menos que sea requerido por la ley estatal o federal, necesario para administrar un programa educativo financiado por el estado o el gobierno federal, o que se presente una citación judicial válida, una orden judicial válida o una orden del tribunal, el personal del distrito no deberá hacer ninguna de las siguientes acciones:
- Solicitar o recopilar información o documentos sobre el estatus migratorio o ciudadanía de un estudiante o de los familiares del estudiante (Education Code 234.7)
- Buscar o exigir información o documentos, con exclusión de otra información o documentos permisibles, sobre el estatus migratorio o ciudadanía de un estudiante o de los familiares del estudiante (Education Code 234.7)
- En la medida de lo posible, divulgar o proporcionar por escrito, verbalmente o de cualquier otra manera a un agente o empleado de una agencia que lleve a cabo la aplicación de las leyes de inmigración:
- Los expedientes educativos o cualquier información sobre un estudiante, la familia o el hogar del estudiante, tales como información personal según lo definido en Civil Code 1798.3, información sobre el hogar del estudiante, o información sobre el itinerario de viaje del estudiante, sin el consentimiento escrito del padre/tutor (Education Code 234.7)
- Los expedientes de personal de cualquier empleado del distrito, la información personal de cualquier empleado del distrito según lo definido en Civil Code 1798.3, o cualquier otra información confidencial del empleado (Education Code 234.7; Government Code 7285.2)
- Otorgar permiso a un agente o empleado de una agencia que lleve a cabo la aplicación de las leyes de inmigración para ingresar a un autobús escolar, cualquier otro medio de transporte proporcionado por el distrito, un área no pública de cualquier propiedad o instalación del distrito, o un área no pública donde se esté llevando a cabo cualquier programa o actividad patrocinada por el distrito (Education Code 234.7; Government Code 7285.1)
Sin embargo, el personal del distrito no deberá obstruir, interferir o de alguna otra manera impedir a un agente o empleado de una agencia que lleve a cabo la aplicación de las leyes de inmigración que, de todas formas, ingrese al transporte proporcionado por el distrito, un área no pública de cualquier propiedad o instalación del distrito, o un área no pública donde se esté llevando a cabo cualquier programa o actividad patrocinada por el distrito.
El Superintendente o su designado deberá informar a la Mesa Directiva de manera oportuna sobre cualquier solicitud por parte de un agente o empleado de una agencia que lleve a cabo la aplicación de las leyes de inmigración respecto a cualquiera de los siguientes: (Education Code 234.7)
- Expedientes educativos o cualquier información sobre un estudiante, la familia o el hogar del estudiante
- Expedientes de personal de cualquier empleado del distrito, la información personal de cualquier empleado del distrito según lo definido en Civil Code 1798.3, o cualquier otra información confidencial del empleado
- Permiso para ingresar a un autobús escolar, cualquier otro medio de transporte proporcionado por el distrito, un área no pública de cualquier propiedad o instalación del distrito, o un área no pública donde se esté llevando a cabo cualquier programa o actividad patrocinada por el distrito
Dichos informes deberán ser proporcionados de una manera que garantice la confidencialidad y privacidad de cualquier información que pudiera identificar a las personas. (Education Code 234.7)
De conformidad con la ley, la Política de la Mesa Directiva 0410 - Nondiscrimination in District Programs and Activities, y la Política de la Mesa Directiva 5145.3 - Nondiscrimination/Harassment, ningún estudiante podrá ser privado de derechos e igualdad de oportunidades, ni ser sujeto a discriminación ilegal, acoso, intimidación o acoso escolar en los programas y actividades del distrito, en razón del estatus migratorio del estudiante o de su familia, o por negarse a proporcionar información relacionada con el estatus migratorio del estudiante o de su familia. (Education Code 200, 220, 234.1)
Los recursos y datos recopilados por el distrito no podrán ser utilizados, directamente ni por terceros, para elaborar una lista, registro o base de datos de personas basada en el origen nacional, el estatus migratorio, la religión u otra categoría de características individuales protegidas contra la discriminación ilegal. (Government Code 8310.3)
El Superintendente o su designado deberá proporcionar a los padres/tutores información y notificaciones según lo especificado en Education Code 234.7, incluyendo información sobre el derecho de sus hijos a una educación pública gratuita independientemente de su estatus migratorio o creencias religiosas, y sus derechos relacionados con la aplicación de las leyes de inmigración.
El Superintendente o su designado deberá desarrollar procedimientos y podrá capacitar al personal sobre las interacciones con un agente o empleado de una agencia que lleve a cabo la aplicación de las leyes de inmigración, incluyendo una solicitud de cualquiera de los siguientes:
- Expedientes educativos o cualquier información sobre un estudiante, la familia o el hogar del estudiante
- Expedientes de personal de cualquier empleado del distrito, la información personal de cualquier empleado del distrito según lo definido en Civil Code 1798.3, o cualquier otra información confidencial del empleado
- Permiso para ingresar a un autobús escolar, cualquier otro medio de transporte proporcionado por el distrito, un área no pública de cualquier propiedad o instalación del distrito, o un área no pública donde se esté llevando a cabo cualquier programa o actividad patrocinada por el distrito
Las quejas que aleguen discriminación, acoso, intimidación y acoso escolar basados en el estatus migratorio real o percibido deberán presentarse de conformidad con la Política de la Mesa Directiva/Regulación Administrativa 1312.3 - Procedimientos Uniformes de Quejas.
El Superintendente o su designado deberá proporcionar al Departamento de Educación de California, cuando se le solicite y en la manera solicitada, copias de esta política, cualquier regulación administrativa asociada, y cualquier otra política de la Mesa Directiva y regulación administrativa requerida por Education Code 234.7.
Referencias legales y administrativas
State
Civ. Code 1798.3 - Information Practices Act of 1977; definitions
Ed. Code 200 - Prohibition of discrimination
Ed. Code 200 - Equal rights and opportunities in state educational institutions
Ed. Code 234.1 - Student protections relating to discrimination, harassment, intimidation, and bullying
Ed. Code 234.7 - Student protections relating to immigration and citizenship status
Ed. Code 32282 - Comprehensive School Safety Plan
Ed. Code 48204.4 - Evidence of residency for school enrollment
Ed. Code 48906 - Exception to parent/guardian notifications
Ed. Code 48980 - Parent/Guardian notifications
Ed. Code 48985 - Notices to parents/guardians in language other than English
Fam. Code 6552 - Caregiver's authorization affidavit
Gov. Code 7285-7285.3 - Prohibitions on Employer Cooperation with Immigration Enforcement Agents
Gov. Code 8310.3 - California Religious Freedom Act
Pen. Code 422.55 - Definition of hate crime
Pen. Code 627-627.10 - Access to school premises
Federal
20 USC 1232g - Family Educational Rights and Privacy Act (FERPA) of 1974
34 CFR 99.30-99.31 - FERPA Regulations
U.S. Constitution, Fourth Amendment - Unreasonable search and seizure
Management Resources
CA Office of the Attorney General Publication - Promoting a Safe and Secure Learning Environment for All: Guidance and Model Policies to Assist California's TK-12 Schools in Responding to Requests for Access and Information for Immigration Enforcement Purposes, December 2025
Court Decision - Plyler v. Doe (1982) 457 U.S. 202
Website - California Department of Education, Resources to Include Immigrant Families
Website - California Department of Education, LEA Immigration Enforcement Policy Submission
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - U.S. Immigration and Customs Enforcement, Online Detainee Locator System
Website - California Office of the Attorney General
Website - CSBA
Website - U.S. Department of Education
Website - U.S. Department of Education, Office for Civil Rights
Website - U.S. Immigration and Customs Enforcement
Website - California Civil Rights Department
Referencias cruzadas
0450 AR Plan integral de seguridad
1250 AR Visitantes y personas externas
1312.3 AR Procedimientos uniformes de quejas
3555-E PDF(1) AR Cumplimiento del programa de nutrición
3555-E(1) AR Cumplimiento del programa de nutrición
4112.6 AR Expedientes del personal
4112.9 AR Notificaciones al personal
4212.9 BP Notificaciones al personal
4312.9 BP Notificaciones al personal
5111 AR Admisión
5111.1 AR Residencia en el distrito
5125 AR Expedientes estudiantiles
5131.2 AR Acoso escolar (bullying)
5141 AR Atención médica y emergencias
5142 AR Seguridad
5145.12 BP Registro e incautación
5145.3 AR No discriminación/acoso
5145.6-E PDF(1) AR Notificaciones a padres, madres o tutores
6142.3 BP Educación cívica
6143 AR Planes de estudio