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6153 BP Política de la Mesa Directiva

Excursiones patrocinadas por la escuela

Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗

La Mesa Directiva reconoce que los viajes patrocinados por la escuela son un componente importante en el desarrollo del estudiante. Las excursiones complementan y enriquecen la experiencia de aprendizaje en el salón de clases. Los viajes patrocinados por la escuela se llevarán a cabo en relación con el plan de estudios del distrito o con actividades sociales, educativas, culturales, atléticas, de banda escolar, u otras actividades extracurriculares o cocurriculares relacionadas con la escuela. Se podrá permitir una excursión a un país extranjero para familiarizar a los estudiantes con el idioma, la historia, la geografía, las ciencias naturales y otros estudios relacionados con el plan de estudios del distrito. (Education Code 35330) Dado que la Mesa Directiva considera que la seguridad de los estudiantes es de suma importancia, ningún acompañante podrá consumir alcohol o drogas ilegales durante un viaje patrocinado por la escuela. Las solicitudes de viajes patrocinados por la escuela que impliquen viajes fuera del estado, fuera del país o con pernocta deberán presentarse al Superintendente o a su designado. El Superintendente o su designado revisará la solicitud y hará una recomendación a la Mesa Directiva sobre si la solicitud debe ser aprobada por la Mesa Directiva. Todos los demás viajes patrocinados por la escuela deberán ser aprobados con anticipación por el director. El director establecerá un proceso para aprobar la solicitud de un miembro del personal para realizar un viaje patrocinado por la escuela. Al planificar los viajes, el personal deberá considerar la seguridad de los estudiantes, los objetivos de instrucción, el uso más efectivo del tiempo de instrucción, la distancia desde la escuela, los gastos del distrito y de los estudiantes, y los requisitos de transporte y supervisión. Los directores podrán excluir del viaje a cualquier estudiante cuya presencia en el viaje represente un riesgo de seguridad o disciplinario. No se autorizará ninguna excursión si algún estudiante quedara excluido de participar por falta de fondos suficientes. El Superintendente o su designado coordinará con grupos comunitarios para proveer fondos para los estudiantes que lo necesiten. (Education Code 35330). La Mesa Directiva podrá aprobar el uso de fondos del distrito para los gastos de los estudiantes en excursiones dentro del estado, fuera del estado o fuera del país cuando lo permita la ley. Además, los gastos de instructores, acompañantes y demás personal que participe en dichos viajes, así como los gastos incidentales por el uso de equipo del distrito durante el viaje, podrán pagarse con fondos del distrito. (Education Code 35330).

Referencias legales y administrativas

State
Bus. Code 17550-17550.30 - Sellers of travel
Bus. Code 17552-17556.5 - Educational travel organizations
Ed. Code 32040-32044 - First aid equipment: field trips
Ed. Code 35330 - Field trips and excursions; student fees
Ed. Code 35331 - Provision for medical or hospital service for pupils (on field trips)
Ed. Code 35332 - Transportation by chartered airline
Ed. Code 35350 - Transportation of students
Ed. Code 44808 - Liability when students are not on school property
Ed. Code 48908 - Duties of pupils; authority of teachers
Ed. Code 8760 - Authorization of outdoor science and conservation programs
Management Resources
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - U.S. Department of Homeland Security
Website - American Red Cross
Website - California Association of Directors of Activities

Referencias cruzadas