5116.1
AR
Reglamento Administrativo
Inscripción abierta dentro del distrito
Traducción automática (IA) para ayudarte a entender la política. La única versión oficial y con valor legal es la versión en inglés, en Simbli ↗
Programa de Escuelas de Elección del Distrito
Enlace del sitio web de RCSD para Escuelas de Elección
Seis de los programas innovadores del distrito y sus escuelas se consideran escuelas sin zona de asistencia o Escuelas de Elección. Esto significa que estas escuelas no utilizan una dirección para determinar la prioridad. Todos los estudiantes pueden solicitar admisión y luego son seleccionados aleatoriamente por medio de un sorteo.
Los padres deben primero registrar a su hijo(a) antes de solicitar un traslado a una Escuela de Elección. Por favor complete primero el Formulario de Registro. Después, los padres tendrán la opción de llenar una solicitud de traslado a una Escuela de Elección.
Además, las familias también pueden solicitar traslado a otras escuelas del vecindario. Se da prioridad a los estudiantes que viven dentro del vecindario de la escuela y, si hay espacios disponibles después de que se ubican a los niños del vecindario, los estudiantes que hayan solicitado traslado desde otro vecindario son entonces ubicados mediante un sorteo aleatorio.
Si hubiera más interés que espacios disponibles, se crean listas de espera después de las asignaciones por sorteo y los estudiantes son ubicados en la escuela solicitada cuando se abre un espacio. Si un estudiante se muda al área después del período de inscripción abierta y su escuela del vecindario está llena, será ubicado en una escuela que tenga disponibilidad. Los estudiantes serán colocados al inicio de la lista de espera de su escuela del vecindario y serán ubicados antes que cualquier otro estudiante de fuera del vecindario que esté en la lista de espera.
Traslados para Víctimas de un Delito Criminal Violento
Dentro de un plazo razonable, que no exceda los 14 días, después de haberse determinado que un estudiante fue víctima de un delito criminal violento ocurrido en los terrenos de la escuela, se les ofrecerá a los padres/tutores del estudiante la opción de trasladar a su hijo(a) a una escuela elegible identificada por el Superintendente o su designado(a). Al determinar que un estudiante ha sido víctima de un delito criminal violento, el Superintendente o su designado(a) considerará las circunstancias específicas del incidente y consultará con las autoridades policiales locales según corresponda. Algunos ejemplos de delitos criminales violentos incluyen, entre otros: intento de homicidio, agresión con lesiones corporales graves, asalto con arma mortal, violación, agresión sexual, robo, extorsión o crímenes de odio.
El Superintendente o su designado(a) considerará las necesidades y preferencias del estudiante afectado y de su padre/tutor al hacer la oferta. Si el padre/tutor decide trasladar a su hijo(a), el traslado se completará tan pronto como sea posible.
Traslados desde una Escuela "Persistentemente Peligrosa"
Al recibir la notificación del Departamento de Educación de California (CDE) de que una escuela del distrito ha sido designada como "persistentemente peligrosa", los traslados dentro del distrito se otorgarán de la siguiente manera:
- Dentro de los 10 días posteriores a la recepción de la notificación del CDE, el Superintendente o su designado(a) notificará a los padres/tutores de los estudiantes que asisten a la escuela sobre la designación de la misma. Junto con esta notificación, o al menos 14 días calendario antes del inicio del año escolar, el Superintendente o su designado(a) proporcionará una lista de otras escuelas del distrito a las que cualquier estudiante de la escuela designada como persistentemente peligrosa puede solicitar traslado.
- Los padres/tutores que deseen trasladar a su hijo(a) fuera de la escuela deberán proporcionar una respuesta escrita al Superintendente o su designado(a) e indicar sus preferencias en orden de prioridad entre todas las escuelas identificadas por el Superintendente o su designado(a) como elegibles para recibir estudiantes en traslado.
- El Superintendente o su designado(a) considerará las necesidades y preferencias de los estudiantes y los padres/tutores antes de realizar una asignación, pero no está obligado(a) a aceptar la preferencia del padre/tutor si la asignación no es viable debido a limitaciones de espacio u otras consideraciones. El Superintendente o su designado(a) notificará a los padres/tutores sobre la escuela asignada.
- Para los estudiantes cuyos padres/tutores acepten la oferta, el traslado se realizará lo más pronto posible. Si los padres/tutores rechazan la escuela asignada, el estudiante podrá permanecer en la escuela actual.
El traslado permanecerá vigente mientras la escuela de origen del estudiante esté identificada como "persistentemente peligrosa". El Superintendente o su designado(a) podrá optar por hacer el traslado permanente con base en las necesidades educativas del estudiante, las preferencias del padre/tutor y otros factores que afecten la capacidad del estudiante para tener éxito si regresa a la escuela de origen.
El Superintendente o su designado(a) cooperará con los distritos vecinos para desarrollar un programa de traslado entre distritos en caso de que no haya espacio disponible en una escuela del distrito.
Otra Inscripción Abierta Dentro del Distrito
A excepción de los traslados para víctimas de un delito violento y desde una "escuela persistentemente peligrosa", los siguientes procedimientos aplicarán a la inscripción abierta dentro del distrito:
- El Superintendente o su designado(a) identificará aquellas escuelas que puedan tener espacio disponible para estudiantes adicionales. Una lista de esas escuelas y las solicitudes de inscripción abierta estarán disponibles en cada plantel escolar, en la oficina del distrito y en el sitio web del distrito.
- Una vez aplicadas las prioridades de inscripción de acuerdo con la política de la Mesa Directiva, si hay más solicitudes para una escuela en particular que espacios disponibles, se realizará un sorteo aleatorio entre el grupo de solicitantes. Se establecerá una lista de espera para indicar el orden en que los solicitantes podrán ser aceptados si se abren espacios durante el año. Los solicitantes tardíos no serán agregados a la lista de espera del año en curso, sino que deberán esperar a un sorteo posterior.
- El Superintendente o su designado(a) proporcionará notificación escrita a los solicitantes indicando si sus solicitudes han sido aprobadas, rechazadas o colocadas en una lista de espera. Si la solicitud es rechazada, se indicarán los motivos del rechazo.
- Los solicitantes aprobados deben confirmar su inscripción dentro de los 10 días escolares.
Todo estudiante al que se le otorgue un traslado fuera de una escuela que haya sido identificada por el CDE para apoyo integral y mejora podrá permanecer en la escuela donde está inscrito hasta completar el grado más alto que ofrece dicha escuela. (20 USC 6311)
A un estudiante al que se le otorgue inscripción dentro del distrito bajo otras circunstancias no se le exigirá que vuelva a solicitar readmisión, pero podría quedar sujeto a desplazamiento por exceso de inscripción.
Cualquier queja relacionada con el proceso de inscripción abierta deberá presentarse de conformidad con el procedimiento de quejas aplicable.
Notificaciones
Se enviarán notificaciones a los padres/tutores al inicio de cada año escolar, con información sobre las Escuelas de Elección que describa todas las opciones de asistencia escolar estatales vigentes y las opciones de asistencia locales disponibles en el distrito. Dicha notificación deberá incluir: (Education Code 35160.5, 48980)
- Todas las opciones para cumplir con los requisitos de residencia para la asistencia escolar.
- Las opciones de programas ofrecidos dentro de las zonas de asistencia locales.
- Una descripción de las opciones de programas especiales disponibles tanto entre distritos como dentro del distrito.
- Una descripción del procedimiento para solicitar zonas o programas de asistencia alternativos y el proceso de apelación disponible, si existe, cuando se niega un cambio de asistencia.
- Un formulario de solicitud del distrito para pedir un cambio de asistencia.
- La explicación de las opciones de asistencia escolar bajo la ley de California según lo proporcionado por el CDE.
Referencias legales y administrativas
State
5 CCR 11992-11994 - Definition of persistently dangerous schools
Ed. Code 200 - Equal rights and opportunities in state educational institutions
Ed. Code 35160.5 - District policies; rules and regulations
Ed. Code 35291-35291.5 - Rules
Ed. Code 35351 - Assignment of students to particular schools
Ed. Code 46600-46611 - Interdistrict attendance agreements
Ed. Code 48200 - Compulsory attendance
Ed. Code 48204 - Residency requirements for school attendance
Ed. Code 48300-48316 - Student attendance alternatives; school district of choice program
Ed. Code 48980 - Parent/Guardian notifications
Federal
20 USC 6311 - State plan
20 USC 6313 - Eligibility of schools and school attendance areas; funding allocation
20 USC 7912 - Transfers from persistently dangerous schools
Management Resources
Attorney General Opinion - 85 Ops.Cal.Atty.Gen. 95 (2002)
California Department of Education Publication - Every Student Succeeds Act - Update #8, July 14, 2017
California Department of Education Publication - Public School Choice FAQs
Court Decision - Crawford v. Huntington Beach Union High School District (2002) 98 Cal.App.4th 1275
U.S. Department of Education Publication - Unsafe School Choice Option, May 2004
Website - CSBA District and County Office of Education Legal Services
Website - California Department of Education
Website - CSBA
Website - U.S. Department of Education
Referencias cruzadas
0450 AR Plan integral de seguridad
0520.1 BP Mejora integral y focalizada de escuelas
1312.3 AR Procedimientos uniformes de quejas
3540 AR Transporte
3541 AR Rutas y servicios de transporte
5111 AR Admisión
5111.1 AR Residencia en el distrito
5116 BP Límites de asistencia escolar
5116.2 BP Traslados involuntarios de estudiantes
5117 BP Asistencia entre distritos
5131.2 AR Acoso escolar (bullying)
5131.7 AR Armas e instrumentos peligrosos
5145.6-E PDF(1) AR Notificaciones a padres, madres o tutores
9000 AR Función de la Mesa Directiva
9310 AR Políticas de la Mesa Directiva