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  "code": "7150",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Selección y desarrollo de terrenos",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva considera que un terreno escolar debe satisfacer las necesidades educativas del distrito de acuerdo con el plan maestro del distrito, así como mostrar potencial para contribuir a otras necesidades de la comunidad.\n\nLa Mesa Directiva reconoce la importancia de la participación de la comunidad en el proceso de selección de terrenos. Con este fin, la Mesa Directiva solicitará la participación de la comunidad siempre que se vaya a seleccionar un terreno escolar y deberá proporcionar aviso público y celebrar audiencias públicas de conformidad con la ley.\n\nEl Superintendente o su designado establecerá un proceso de selección de terrenos que cumpla con la ley y garantice que los mejores terrenos posibles sean adquiridos y desarrollados de manera rentable.\n\nAntes de adquirir una propiedad para una nueva escuela o para una ampliación de un terreno escolar existente, la Mesa Directiva, en una audiencia pública, deberá ya sea evaluar la propiedad utilizando los estándares estatales de selección de terrenos especificados en 5 CCR 14010 o, si se nombró un comité asesor del distrito para evaluar la propiedad, recibir el informe de conclusiones del comité basado en dichos estándares. (Education Code 17211, 17251)\n\nInvestigación de Impacto Ambiental para el Proceso de Selección de Terrenos\n\nEl Superintendente o su designado determinará si algún proyecto de desarrollo propuesto está sujeto a los requisitos de la Ley de Calidad Ambiental de California (CEQA, por sus siglas en inglés) y garantizará el cumplimiento de dicha Ley, incluyendo cualquier requisito de publicación en sitio web. Al evaluar los proyectos del distrito, se utilizarán las directrices de CEQA.\n\nLos documentos de revisión ambiental, incluyendo un borrador de informe de impacto ambiental, informe de impacto ambiental, declaración negativa o declaración negativa mitigada, y el aviso público de la preparación y disponibilidad de dichos documentos, deberán publicarse en el sitio web del distrito. (Public Resources Code 21082.1, 21092, 21092.2)\n\nTierras Agrícolas\n\nSi el terreno propuesto se encuentra en un área designada en un plan general de ciudad, condado, o ciudad y condado para uso agrícola y zonificada para producción agrícola, la Mesa Directiva determinará todo lo siguiente: (Education Code 17215.5)\n\n- Que el distrito ha notificado y consultado con la ciudad, condado, o ciudad y condado dentro de los cuales se ubicará el terreno en consideración\n\n- Que la Mesa Directiva ha evaluado la selección final del terreno basándose en todos los factores que afectan el interés público y no limitándose a la selección con base en el costo del terreno\n\n- Que el distrito intentará minimizar cualquier problema de salud y seguridad pública que resulte de los usos agrícolas vecinos que puedan afectar a los estudiantes y empleados en el terreno",
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    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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