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  "type": "AR",
  "titleEs": "Educación para estudiantes aprendices del inglés",
  "contentTextEs": "Definiciones\n\nEstudiante aprendiz del inglés significa un estudiante que tiene entre 3 y 21 años de edad, que está inscrito o se está preparando para inscribirse en una escuela primaria o secundaria, y cuyas dificultades para hablar, leer, escribir o comprender el idioma inglés pueden ser suficientes para negarle al estudiante la capacidad de cumplir con los estándares académicos del estado, la capacidad de tener éxito en salones de clase donde el idioma de instrucción es el inglés, o la oportunidad de participar plenamente en la sociedad. Un estudiante aprendiz del inglés puede incluir a un estudiante que no nació en los Estados Unidos o cuyo idioma nativo es un idioma distinto al inglés; un estudiante que es indígena americano o nativo de Alaska, o un residente nativo de las áreas periféricas, que proviene de un entorno donde un idioma distinto al inglés ha tenido un impacto significativo en el nivel de competencia en el idioma inglés del individuo; o un estudiante que es migratorio, cuyo idioma nativo es un idioma distinto al inglés, y que proviene de un entorno donde un idioma distinto al inglés es dominante. (Education Code 306; 20 USC 7801)\n\nDesarrollo del idioma inglés designado significa la instrucción proporcionada durante un tiempo reservado en el día escolar regular para la instrucción enfocada en los estándares de desarrollo del idioma inglés adoptados por el estado para ayudar a los estudiantes aprendices del inglés a desarrollar las habilidades esenciales del idioma inglés necesarias para el aprendizaje de contenido académico en inglés. (5 CCR 11300)\n\nDesarrollo del idioma inglés integrado significa la instrucción en la que los estándares de desarrollo del idioma inglés adoptados por el estado se usan en conjunto con los estándares de contenido académico adoptados por el estado. El desarrollo del idioma inglés integrado incluye instrucción académica especialmente diseñada en inglés. (5 CCR 11300)\n\nEstudiante aprendiz del inglés a largo plazo significa:\n\n- Para efectos de establecer las prioridades del plan local de control y rendición de cuentas (LCAP, por sus siglas en inglés), un estudiante que no ha alcanzado la competencia en el idioma inglés dentro de los siete años posteriores a la clasificación inicial como estudiante aprendiz del inglés (Education Code 52052)\n\n- Para efectos de la evaluación de la competencia en el idioma inglés, un estudiante aprendiz del inglés en los grados 6 a 12 que ha estado inscrito en una escuela en los Estados Unidos por seis años o más y que: (Education Code 313.1)\n\n- Ha permanecido en el mismo nivel de competencia en el idioma inglés durante dos o más años consecutivos, o ha retrocedido a un nivel de competencia inferior; o\n\n- Es un estudiante en los grados 6 a 9 que obtuvo una calificación muy por debajo del nivel básico o por debajo del nivel básico en la prueba de rendimiento basada en los estándares de artes del lenguaje en inglés del año anterior, o una calificación determinada por el Superintendente de Instrucción Pública en cualquier prueba que le suceda\n\nHablante nativo del inglés significa un estudiante que ha aprendido y usado el inglés en el hogar desde la primera infancia y el inglés ha sido el medio principal de formación de conceptos y comunicación. (Education Code 306)\n\nIdentificación y Evaluaciones\n\nAl momento de la inscripción en el distrito, el idioma principal de cada estudiante se determinará mediante el uso de una encuesta sobre el idioma del hogar. (Education Code 52164.1; 5 CCR 11307, 11518.5)\n\nCualquier estudiante en kindergarten o en los grados 1 al 12, sin incluir el kindergarten de transición, que sea identificado como hablante de un idioma principal distinto al inglés, según lo determinado por la encuesta sobre el idioma del hogar, y que no haya sido identificado previamente como estudiante aprendiz del inglés por una escuela pública de California o para quien no exista registro de los resultados de una administración de una prueba de competencia en el idioma inglés, será evaluado inicialmente en cuanto a su competencia en el idioma inglés utilizando las Evaluaciones de Competencia en el Idioma Inglés para California (ELPAC, por sus siglas en inglés). Antes de administrar el ELPAC, el Superintendente o su designado notificará por escrito al padre/tutor del estudiante que se le administrará el ELPAC inicial. (Education Code 313, 52164.1; 5 CCR 11518.5)\n\nLa administración del ELPAC, incluyendo el uso de variaciones y adaptaciones en la administración de la prueba cuando estén autorizadas, se llevará a cabo de conformidad con las instrucciones del editor de la prueba y con 5 CCR 11518.5-11518.37.\n\nCon base en la evaluación inicial, el estudiante será clasificado ya sea como con Competencia Inicial en el Idioma Inglés o como estudiante aprendiz del inglés. El Superintendente o su designado notificará por escrito al padre/tutor del estudiante los resultados de la evaluación inicial del ELPAC dentro de los 30 días calendario posteriores a la fecha de inscripción inicial del estudiante, o, si se administró antes de la fecha de inscripción inicial del estudiante, hasta 60 días calendario antes de dicha inscripción, pero no antes del 1 de julio del año escolar de la inscripción inicial del estudiante. La notificación indicará si el estudiante cumplió con el criterio de competencia de la evaluación inicial del ELPAC e incluirá la información de contacto del distrito para uso en caso de que el padre/tutor tenga preguntas o inquietudes sobre la clasificación del estudiante. (5 CCR 11518.5)\n\nCada año después de que un estudiante sea identificado como aprendiz del inglés y hasta que el estudiante sea reclasificado como competente en el idioma inglés, la evaluación sumativa del ELPAC se administrará al estudiante durante un período de cuatro meses después del 1 de enero, según lo determinado por el Departamento de Educación de California. (Education Code 313) El Superintendente o su designado notificará a los padres/tutores los resultados de su hijo en la evaluación sumativa del ELPAC dentro de los 30 días calendario siguientes a la recepción de los resultados del contratista de la prueba o, si los resultados son recibidos del contratista de la prueba después del último día de instrucción del año escolar, dentro de los 15 días hábiles del inicio del siguiente año escolar. (Education Code 52164.1; 5 CCR 11518.15)\n\nEl padre/tutor de un estudiante que participa, o que ha sido identificado para participar, en un programa de instrucción en idiomas apoyado por fondos federales del Title I o del Title III recibirá una notificación de la evaluación de la competencia en el idioma inglés del estudiante. Dicha notificación se proporcionará a más tardar 30 días calendario después del inicio del año escolar o, si el estudiante es identificado para participar en el programa durante el año escolar, dentro de las dos semanas siguientes a la colocación del estudiante en el programa. La notificación incluirá todo lo siguiente: (Education Code 313.2, 440; 20 USC 6312)\n\n- La razón para la identificación del estudiante como aprendiz del inglés y la necesidad de colocación en un programa de adquisición del idioma\n\n- El nivel de competencia en el idioma inglés, cómo se evaluó dicho nivel y el estado del rendimiento académico del estudiante\n\n- Una descripción del programa de adquisición del idioma en el que el estudiante está participando o participará, incluyendo una descripción de todo lo siguiente:\n\n- Los métodos de instrucción utilizados en el programa y en otros programas disponibles, incluyendo cómo dichos programas difieren en contenido, objetivos instruccionales y el uso del inglés y de un idioma nativo en la instrucción\n\n- La manera en que el programa satisfará las fortalezas y necesidades educativas del estudiante\n\n- La manera en que el programa ayudará al estudiante a desarrollar la competencia en el idioma inglés y a cumplir con los estándares académicos apropiados para su edad para la promoción de grado y la graduación\n\n- Los requisitos específicos de salida del programa, la tasa esperada de transición del programa a clases que no están diseñadas para estudiantes aprendices del inglés, y la tasa esperada de graduación de la escuela secundaria, si corresponde\n\n- Cuando el estudiante ha sido identificado para educación especial, la manera en que el programa cumple con los requisitos del programa de educación individualizado del estudiante\n\n- Según corresponda, la identificación de un estudiante como aprendiz del inglés a largo plazo o en riesgo de convertirse en aprendiz del inglés a largo plazo, según se define en Education Code 313.1, y la manera en que el programa de instrucción para el desarrollo del idioma inglés satisfará las fortalezas y necesidades educativas de dichos estudiantes y los ayudará a desarrollar la competencia en el idioma inglés y a cumplir con los estándares académicos apropiados para su edad\n\n- Información sobre el derecho del padre/tutor a retirar al estudiante inmediatamente de un programa a solicitud del padre/tutor\n\n- Información sobre la opción del padre/tutor de declinar inscribir al estudiante en el programa o de elegir otro programa o método de instrucción, si está disponible\n\n- Información diseñada para ayudar al padre/tutor a seleccionar entre los programas disponibles, si se ofrece más de un programa o método\n\nProgramas de Adquisición del Idioma\n\nCuando los padres/tutores de estudiantes inscritos, y de aquellos inscritos para asistencia en el siguiente año escolar, soliciten que el distrito establezca un programa específico de adquisición del idioma de conformidad con Education Code 310, dichas solicitudes se atenderán mediante el siguiente proceso: (5 CCR 11311)\n\n- La escuela elaborará un registro escrito de cada solicitud, incluyendo cualquier solicitud presentada verbalmente, que incluya la fecha de la solicitud, los nombres del padre/tutor y del estudiante que realizan la solicitud, una descripción general de la solicitud y el grado escolar del estudiante en la fecha de la solicitud\n\n- Según sea necesario, la escuela ayudará al padre/tutor a clarificar la solicitud.\n\n- Todas las solicitudes se conservarán por al menos tres años a partir de la fecha de la solicitud de conformidad con la Política de la Mesa Directiva 3580 - Registros del Distrito.\n\n- La escuela supervisará las solicitudes de manera regular y notificará al Superintendente o su designado cuando los padres/tutores de al menos 30 estudiantes inscritos en la escuela, o al menos 20 estudiantes en el mismo grado escolar, soliciten el mismo tipo de programa de adquisición del idioma o uno sustancialmente similar\n\n- Si las solicitudes son para un modelo de programa multilingüe, el distrito considerará las solicitudes de los padres/tutores de estudiantes inscritos en la escuela que son hablantes nativos del inglés para determinar si se alcanza este umbral.\n\n- Si se alcanza el número de padres/tutores descrito en el Punto #2, el Superintendente o su designado deberá:\n\n- Dentro de los 10 días de alcanzar el umbral, notificar por escrito a los padres/tutores de los estudiantes que asisten a la escuela, a los maestros y administradores de la escuela, y al Comité Asesor de Padres de Estudiantes Aprendices del Inglés del distrito y al comité asesor de padres, sobre las solicitudes de un programa de adquisición del idioma\n\n- Identificar los costos y recursos necesarios para implementar cualquier nuevo programa de adquisición del idioma, incluyendo, entre otros, maestros certificados con las autorizaciones apropiadas, los materiales instruccionales necesarios, el desarrollo profesional pertinente para el programa propuesto, y las oportunidades de participación de los padres/tutores y la comunidad para apoyar los objetivos del programa propuesto\n\n- Dentro de los 60 días calendario de alcanzar el número umbral de padres/tutores descrito en el Punto #2 anterior, determinar si es posible implementar el programa de adquisición del idioma solicitado y proporcionar notificación escrita de la determinación a los padres/tutores de los estudiantes que asisten a la escuela, a los maestros y administradores de la escuela\n\nSi se toma la determinación de implementar el programa de adquisición del idioma, crear y publicar un cronograma razonable de acciones necesarias para implementar el programa. Si se toma la determinación de que no es posible implementar el programa, proporcionar una explicación escrita de la(s) razón(es) por las que el programa no puede ser proporcionado. El distrito notificará a los padres/tutores al inicio de cada año escolar o al momento de la inscripción del estudiante sobre el proceso para solicitar un programa de adquisición del idioma, incluyendo un programa de inmersión en dos idiomas, para su hijo. La notificación también incluirá lo siguiente: (5 CCR 11309, 11310)\n\n- Una descripción de los programas proporcionados, incluyendo la inmersión estructurada en inglés\n\n- Identificación de cualquier idioma que se enseñará además del inglés cuando el programa incluya instrucción en un idioma distinto al inglés\n\n- La manera en que el programa está diseñado utilizando investigación basada en evidencia e incluye tanto el desarrollo del idioma inglés designado como el integrado\n\n- La manera en que el distrito ha asignado recursos suficientes para implementar el programa de manera efectiva, incluyendo, entre otros, maestros certificados con las autorizaciones apropiadas, los materiales instruccionales necesarios, el desarrollo profesional pertinente, y las oportunidades de participación de los padres/tutores y la comunidad para apoyar los objetivos del programa\n\n- La manera en que el programa, dentro de un período de tiempo razonable, conducirá a la competencia en el idioma y al logro de los estándares de contenido adoptados por el estado en inglés y, cuando el programa incluya instrucción en otro idioma, en ese otro idioma\n\n- El proceso para solicitar el establecimiento de un programa de adquisición del idioma que no se ofrece en la escuela\n\n- Para cualquier programa de inmersión en dos idiomas que se ofrezca, los idiomas específicos que se enseñarán\n\n- La notificación también puede incluir los objetivos del programa, la metodología utilizada y evidencia de la efectividad del programa propuesto.\n\nEl distrito proporcionará servicios educativos adicionales y apropiados a los estudiantes aprendices del inglés con el fin de superar las barreras del idioma y los déficits académicos en otras áreas del plan de estudios básico. (5 CCR 11302)\n\nComités Asesores\n\nSe establecerá un Comité Asesor de Estudiantes Aprendices del Inglés (ELAC, por sus siglas en inglés) a nivel escolar cuando haya más de 20 estudiantes aprendices del inglés en la escuela. Los padres/tutores de estudiantes aprendices del inglés, elegidos por los padres/tutores de estudiantes aprendices del inglés en la escuela, constituirán la membresía del comité en al menos el mismo porcentaje que el que representan los estudiantes aprendices del inglés del número total de estudiantes en la escuela. La escuela puede designar para este propósito un comité asesor existente a nivel escolar, siempre y cuando cumpla con estos criterios para la membresía del comité. (Education Code 52176; 5 CCR 11308)\n\nEl ELAC será responsable de ayudar en el desarrollo de una evaluación de necesidades de toda la escuela, de recomendar formas de hacer que los padres/tutores tomen conciencia de la importancia de la asistencia escolar regular, y de asesorar al director y al personal escolar en el desarrollo de un plan maestro detallado para los estudiantes aprendices del inglés para la escuela individual y de presentar el plan a la Mesa Directiva para su consideración para su inclusión en el plan maestro del distrito. (Education Code 52176)\n\nCuando el distrito tenga más de 50 estudiantes aprendices del inglés, el Superintendente o su designado establecerá un Comité Asesor de Estudiantes Aprendices del Inglés del Distrito (DELAC, por sus siglas en inglés), cuya mayoría de miembros estará compuesta por padres/tutores de estudiantes aprendices del inglés que no sean empleados del distrito. Alternativamente, el distrito puede usar un subcomité de un comité asesor existente a nivel de todo el distrito en el que los padres/tutores de estudiantes aprendices del inglés tengan membresía en al menos el mismo porcentaje que el que representan los estudiantes aprendices del inglés del número total de estudiantes en el distrito. (Education Code 52176)\n\nEl DELAC asesorará a la Mesa Directiva sobre al menos las siguientes tareas: (5 CCR 11308)\n\n- Desarrollar un plan maestro del distrito, incluyendo política(s), para los programas educativos y servicios para estudiantes aprendices del inglés, tomando en consideración los planes de las escuelas para los estudiantes aprendices del inglés\n\n- Realizar una evaluación de necesidades en todo el distrito escuela por escuela\n\n- Establecer un programa del distrito, metas y objetivos para los programas y servicios para estudiantes aprendices del inglés\n\n- Desarrollar un plan para garantizar el cumplimiento de los requisitos aplicables para maestros o asistentes de instrucción\n\n- Administrar el censo anual de idiomas\n\n- Revisar y comentar sobre los procedimientos de reclasificación del distrito\n\n- Revisar y comentar sobre las notificaciones escritas requeridas para los padres\n\nCon el fin de ayudar al comité asesor a cumplir con sus responsabilidades, el Superintendente o su designado se asegurará de que los miembros de los comités DELAC y ELAC reciban capacitación y materiales apropiados. Esta capacitación se planificará en plena consulta con los miembros. (5 CCR 11308)\n\nComité Asesor del Plan Local de Control y Rendición de Cuentas (LCAP)\n\nCuando haya al menos un 15 por ciento de estudiantes aprendices del inglés en el distrito, con al menos 50 estudiantes que sean aprendices del inglés, se establecerá un Comité Asesor de Padres de Estudiantes Aprendices del Inglés a nivel de distrito para revisar y comentar sobre el LCAP del distrito. Dicho comité asesor proporcionará información sobre los programas de adquisición del idioma y los programas de idiomas existentes en el distrito, y, cuando sea posible, el establecimiento de otros programas de este tipo, de conformidad con la Política de la Mesa Directiva 0460 - Plan Local de Control y Rendición de Cuentas.\n\nEl comité estará compuesto por una mayoría de padres/tutores de estudiantes aprendices del inglés. Si el DELAC actúa como el ELAC de conformidad con Education Code 52063 y 52062, el DELAC también revisará y comentará sobre el desarrollo o la actualización anual del LCAP. (Education Code 52062, 52063; 5 CCR 11301, 15495)\n\nEl DELAC también puede servir como el ELAC del LCAP, según se especifica en la Política de la Mesa Directiva 0460 - Plan Local de Control y Rendición de Cuentas",
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