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  "code": "6142.8",
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  "titleEs": "Educación integral para la salud",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva considera que la educación para la salud debe fomentar los conocimientos, las habilidades y las actitudes que los estudiantes necesitan para llevar una vida saludable y evitar conductas de alto riesgo, y que crear un ambiente seguro, solidario, inclusivo y sin prejuicios es fundamental para promover el desarrollo saludable de todos los estudiantes. El programa de educación para la salud del distrito formará parte de un enfoque coordinado de salud estudiantil que reconoce que la salud mental y la conexión social son fundamentales para la salud integral, el bienestar y el éxito académico; apoya el bienestar físico, mental y social de los estudiantes; refleja la importancia de la alfabetización digital y mediática; y está vinculado a los servicios y recursos del distrito y de la comunidad.\n\nLos objetivos del programa de educación para la salud del distrito deberán estar diseñados para promover el bienestar de los estudiantes e incluirán, entre otros, objetivos para la promoción y educación nutricional, la actividad física y otras actividades desarrolladas en el distrito que promuevan el bienestar de los estudiantes.\n\nTodo curso de educación para la salud que se ofrezca a estudiantes de escuela intermedia deberá incluir instrucción en salud mental que cumpla con los requisitos de Education Code 51925-51926, y según lo especificado en el Reglamento Administrativo 6143 - Courses of Study.\n\nEl distrito proporcionará un currículo de educación para la salud planificado, secuencial, basado en investigación y apropiado para el desarrollo de los estudiantes en los grados K-8, que esté alineado con los estándares de contenido y el marco curricular del estado e integrado con otras áreas de contenido del currículo del distrito. El Superintendente o su designado determinará los niveles de grado y las áreas temáticas en las que se abordarán los temas relacionados con la salud, de conformidad con la ley, la política de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo.\n\nSegún corresponda, el Superintendente o su designado involucrará a administradores escolares, maestros, enfermeros escolares, profesionales de la salud que representan diversos campos de la atención médica, padres/tutores, organizaciones comunitarias y otros miembros de la comunidad en el desarrollo, la implementación y la evaluación del programa de educación para la salud del distrito. Se podrá invitar a profesionales de la salud y la seguridad para que impartan instrucción relacionada en el salón de clases, en asambleas escolares y en otros entornos de enseñanza.\n\nEl Superintendente o su designado brindará desarrollo profesional según sea necesario para garantizar que los maestros de educación para la salud tengan conocimiento de los estándares de contenido académico, el marco curricular del estado y las metodologías de enseñanza efectivas.\n\nEl Superintendente o su designado presentará informes anuales a la Mesa Directiva sobre la implementación y la efectividad del programa de educación para la salud del distrito, los cuales podrán incluir, entre otros, una descripción del programa del distrito y el grado en que está alineado con los estándares de contenido y el marco curricular del estado, la cantidad de tiempo asignado a la instrucción en salud en cada nivel de grado, el logro de los estudiantes en los estándares del distrito para la educación para la salud, y la manera en que el programa de educación para la salud del distrito apoya el bienestar físico, mental y social de los estudiantes.\n\nNotificación a padres/tutores y opción de exclusión\n\nSe notificará a los padres/tutores que pueden solicitar por escrito excluir a sus estudiantes de participar en instrucción y evaluaciones, incluidas pruebas, cuestionarios y encuestas anónimas y confidenciales, según lo especificado en el reglamento administrativo correspondiente. A los estudiantes excluidos de esta manera se les asignará una actividad educativa alternativa. Además, un estudiante no estará sujeto a medidas disciplinarias, penalización académica u otra sanción si el padre/tutor del estudiante lo excluye de dicha instrucción. (Education Code 51240, 51900.6, 51938, 51939)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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