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  "titleEs": "Educación en artes visuales y escénicas",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva considera que las artes visuales y escénicas son esenciales para un programa educativo integral y deben ser parte fundamental del plan de estudios ofrecido a los estudiantes en todos los niveles de grado. El programa de educación artística del distrito deberá brindar oportunidades para la apreciación, creación y presentación de las artes.\n\nLa Mesa Directiva podrá adoptar estándares académicos para danza, música, teatro y artes visuales que describan las destrezas, los conocimientos y las habilidades que se espera que los estudiantes posean en cada nivel de grado. Los estándares del distrito deberán cumplir o superar los estándares de contenido del estado para cada una de estas disciplinas.\n\nEl Superintendente o su designado deberá desarrollar un plan de estudios secuencial para danza, música, teatro y artes visuales que sea consistente con el marco curricular del estado e incluya los siguientes componentes:\n\n- Percepción artística: procesar, analizar y responder a información sensorial mediante el uso del lenguaje y las destrezas propias de cada disciplina artística\n\n- Expresión creativa: componer, arreglar y presentar una obra, y utilizar una variedad de medios para comunicar el significado y la intención en las obras originales propias\n\n- Contexto histórico y cultural: comprender las contribuciones históricas y las dimensiones culturales de una disciplina artística\n\n- Valoración estética: analizar y evaluar de manera crítica obras de danza, música, teatro y artes visuales\n\n- Conexiones, relaciones y aplicaciones: conectar, comparar y aplicar lo aprendido en una disciplina artística al aprendizaje en las demás artes, otras materias y carreras profesionales\n\nLa Mesa Directiva deberá adoptar materiales de instrucción basados en estándares para las artes visuales y escénicas de conformidad con la ley aplicable, la política de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo. Además, la Mesa Directiva alienta a los maestros a incorporar una variedad de medios y tecnologías en las lecciones, presentaciones y exploraciones en cada una de las disciplinas artísticas.\n\nEl Superintendente o su designado deberá proporcionar un programa de desarrollo profesional basado en estándares, diseñado para aumentar el conocimiento de los maestros y su capacidad para enseñar las artes y para implementar los materiales de instrucción adoptados.\n\nEl Superintendente o su designado deberá fomentar, como complemento a la instrucción de los maestros, la integración de los recursos artísticos de la comunidad en el programa educativo. Dichos recursos podrán incluir oportunidades para que los estudiantes asistan a presentaciones musicales y teatrales, observen las obras de artistas destacados y trabajen directamente con artistas en residencia y voluntarios. Además, el Superintendente o su designado podrá colaborar con organizaciones comunitarias para compartir recursos y buscar oportunidades de financiamiento mediante becas.\n\nEl Superintendente o su designado deberá evaluar periódicamente e informar a la Mesa Directiva sobre la implementación de la educación artística en cada nivel de grado y la efectividad del programa para que los estudiantes alcancen los estándares académicos.\n\nSubsidios en bloque para artes y música\n\nCualquier financiamiento estatal recibido a través de subsidios en bloque para artes y música deberá utilizarse únicamente para contratar personal adicional, adquirir nuevos materiales, libros, suministros y equipo, y/o implementar o ampliar oportunidades de desarrollo del personal según sea necesario para apoyar la instrucción de artes y música alineada con los estándares. (SB 77, Item 6110-265-0001, Statutes of 2007)\n\nLa Mesa Directiva deberá distribuir los fondos del subsidio en bloque a todas las escuelas del distrito con base en una cantidad igual por estudiante o la asignación mínima por plantel escolar especificada en el presupuesto estatal, lo que sea mayor. (SB 77, Item 6110-265-0001, Statutes of 2007)\n\nSin embargo, la Mesa Directiva podrá asignar fondos del subsidio en bloque para gastos a nivel de todo el distrito que apoyen los propósitos del programa en nombre de todas las escuelas del distrito. Si la Mesa Directiva decide hacerlo, deberá adoptar una resolución en una reunión pública que especifique cómo se asignarán los fondos entre las escuelas y para propósitos a nivel de todo el distrito, así como las razones de dichas asignaciones. Antes de la reunión pública, la Mesa Directiva deberá informar a los consejos del plantel escolar, los grupos asesores de toda la escuela o los grupos de apoyo escolar, según corresponda, sobre el contenido de la resolución propuesta y el momento y lugar donde se propone adoptarla. (SB 77, Item 6110-265-0001, Statutes of 2007)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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