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  "type": "AR",
  "titleEs": "Programas antes y después de la escuela",
  "contentTextEs": "Definiciones\n\nOportunidades de aprendizaje ampliado significa programas de aprendizaje antes de la escuela, después de la escuela, en verano, en vacaciones y/o en intersesiones que se enfocan en desarrollar las necesidades e intereses académicos, sociales, emocionales y físicos de los estudiantes a través de experiencias de aprendizaje prácticas y atractivas. Las oportunidades de aprendizaje ampliado no significan una extensión del tiempo de instrucción, sino más bien, oportunidades para involucrar a los estudiantes en actividades de enriquecimiento, juego, nutrición y otras actividades apropiadas para su desarrollo. (Education Code 8482.1, 46120)\n\nPrograma de intersesión significa un programa de aprendizaje ampliado ofrecido por un distrito en días no escolares, incluyendo, entre otros, la escuela de verano. (Education Code 48853.5)\n\nOfrecer acceso, con respecto a un Programa de Oportunidades de Aprendizaje Ampliado (ELOP, por sus siglas en inglés), significa reclutar, anunciar, publicitar o solicitar a través de canales de comunicación cultural y lingüísticamente efectivos y apropiados. (Education Code 46120)\n\nProporcionar acceso, con respecto a un ELOP, significa inscribir a un estudiante en un ELOP. Si un padre/tutor ha firmado un formulario de inscripción al ELOP y dicho formulario está archivado, el estudiante será considerado inscrito en el ELOP. (Education Code 46120)\n\nEstudiante no duplicado significa un estudiante inscrito en un distrito que está clasificado como estudiante de inglés como segundo idioma, es elegible para una comida gratuita o a precio reducido, o es un joven en cuidado de crianza. (Education Code 42238.02, 46120)\n\nGrados de Kindergarten de Transición al 8.°\n\nEl Programa de Educación y Seguridad Después de la Escuela (ASES, por sus siglas en inglés) del distrito atenderá a estudiantes en cualquiera de los grados del Kindergarten de Transición (TK, por sus siglas en inglés) al 8.° según lo determine el distrito en función de las necesidades locales. (Education Code 8482.3, 8484.7, 8484.75, 8484.8)\n\nEl programa ASES 21st del distrito atenderá principalmente a estudiantes en programas de toda la escuela del Título I. (Education Code 8484.8; 20 USC 7173)\n\nEl ELOP del distrito atenderá a estudiantes en los grados TK al 6.°. (Education Code 46120)\n\nLos programas del distrito serán planificados a través de un proceso colaborativo que incluya a padres/tutores, estudiantes, representantes de las escuelas participantes, agencias gubernamentales, incluidos los departamentos de parques y recreación de la ciudad y el condado, las fuerzas del orden locales, organizaciones comunitarias y el sector privado. Según corresponda, el Superintendente o su designado podrá incluir a otras partes interesadas en dicho proceso colaborativo. (Education Code 8422, 8482.5, 8483.3, 8484.75, 46120)\n\nEl distrito ofrecerá acceso al ELOP a todos los estudiantes no duplicados en los grados TK al 6.° y proporcionará acceso a dicho programa a al menos el 50 por ciento de los estudiantes no duplicados inscritos. (Education Code 46120)\n\nEl distrito ofrecerá acceso al ELOP a todos los estudiantes no duplicados con educación en aula en los grados TK al 6.°. El distrito proporcionará acceso a cualquier estudiante no duplicado cuyo padre/tutor solicite su ingreso a un ELOP.\n\nEl distrito proporcionará transporte a cualquier estudiante que asista a una escuela que no opere un ELOP para que el estudiante pueda asistir en un lugar que sí lo ofrezca y regresar al lugar de origen u otro lugar establecido por el distrito. (Education Code 46120)\n\nEl Superintendente o su designado se asegurará de que el plan para proporcionar acceso a programas de aprendizaje de día completo el año anterior al kindergarten aborde las necesidades de los niños y sus familias según lo especificado en la Política de la Mesa Directiva 6170.1 - Kindergarten de Transición. (Education Code 8322)\n\nEl ASES y el ELOP del distrito serán operados de acuerdo con lo siguiente:\n\n1.    Elementos del programa\n\n a.    El programa incluirá un elemento educativo y de alfabetización en el cual se proporcione tutoría o asistencia con tareas en artes del lenguaje, matemáticas, historia y ciencias sociales, capacitación en computación y/o ciencias. (Education Code 8482.3, 8484.75, 46120)\n\n b.    El programa incluirá un elemento de enriquecimiento educativo que puede incluir, entre otros, bellas artes, educación técnica vocacional, recreación, tecnología, condición física y actividades de prevención. (Education Code 8482.3, 8484.75, 46120)\n\n2.    Nutrición\n\na.    Los refrigerios o comidas disponibles en el programa deberán cumplir con las normas nutricionales especificadas en Education Code 49430-49434 o 42 USC 1766, según corresponda. (Education Code 8482.3, 8484.75, 46120; 42 USC 1766-1766a; 7 CFR 226.17)\n\nb.    Si se implementa un programa antes de la escuela, el programa del distrito antes de la escuela ofrecerá un desayuno según lo descrito en Education Code 49553 para todos los participantes del programa. (Education Code 8483.1, 8484.75)\n\n3.    Ubicación del programa\n\na.    El programa podrá ofrecerse en uno o varios planteles escolares y/o en una instalación fuera del plantel de fácil acceso y disponibilidad. (Education Code 8482.3, 8484.75)\n\nb.    Cuando exista una barrera significativa para la participación de los estudiantes en el componente antes de la escuela o después de la escuela de un programa en la escuela a la que asisten, el Superintendente o su designado podrá, con la aprobación del Superintendente de Instrucción Pública, proporcionar servicios en otro plantel escolar. Dicho traslado de servicios ocurrirá únicamente si la escuela a la que se transferirá el programa acepta recibir estudiantes de la escuela que transfiere y tiene una subvención existente del mismo tipo que la escuela que transfiere, o no tiene un porcentaje de estudiantes elegibles para comidas gratuitas o a precio reducido que sea un 10 por ciento menor que el de la escuela que transfiere. Una barrera significativa incluye cualquiera de las siguientes: (Education Code 8482.8, 8484.75)\n\ni.    Menos de 20 estudiantes participando en el componente del programa\n\nii.    Limitaciones extremas de transporte, incluyendo, entre otras, autobuses de desegregación, autobuses para escuelas de matrícula abierta, o la dependencia de los estudiantes en el transporte público\n\niii.    Una reducción en la subvención del programa de una escuela existente debido a su fusión con una nueva escuela abierta por el distrito o la división de sus estudiantes con una nueva escuela\n\nEn tales casos, el distrito organizará transporte seguro y supervisado entre los planteles escolares; asegurará la comunicación entre el personal del programa escolar regular, el personal del programa antes de la escuela o después de la escuela, y los padres/tutores; y garantizará la alineación de los elementos educativos y de alfabetización con el programa escolar regular de los estudiantes participantes. (Education Code 8482.8, 8484.75)\n\n4.    Personal\n\na.    Todos los miembros del personal que supervisen directamente a los estudiantes deberán cumplir, como mínimo, con los requisitos para un asistente de instrucción. (Education Code 8483.4, 8484.75, 45330, 45344, 45344.5)\n\nb.    Todo el personal del programa y los voluntarios estarán sujetos a los requisitos de examen de salud y autorización de huellas digitales establecidos en la ley y en la política de la Mesa Directiva. (Education Code 8483.4, 8484.75)\n\nc.    La proporción de estudiantes por miembro del personal no será mayor de 20 a 1, excepto que los programas que atienden a estudiantes de TK o kindergarten mantendrán una proporción de estudiantes por miembro del personal de no más de 10 a 1. (Education Code 8483.4, 8484.75, 46120)\n\n5.    Horario de operación\n\na.    Un programa antes de la escuela no operará por menos de una hora y media por día escolar regular. (Education Code 8483.1, 8484.75)\n\nb.    Un programa después de la escuela comenzará inmediatamente al concluir el día escolar regular y operará un mínimo de 15 horas por semana y al menos hasta las 6 p.m. en cada día escolar regular. (Education Code 8483, 8484.75)\n\nc.    Un ELOP proporcionará oportunidades de aprendizaje ampliado en persona antes o después de la escuela que, sumadas a los minutos diarios de instrucción, el recreo y las comidas, no serán menos de nueve horas de tiempo combinado de instrucción, recreo, comidas y oportunidades de aprendizaje ampliado por día de instrucción. (Education Code 46120)\n\nd.    En todos los planteles del Distrito, el horario escolar será desde una hora antes del inicio de clases hasta las 6 p.m. Durante estas horas, cualquier persona que no sea estudiante o miembro del personal deberá registrarse de inmediato al ingresar a cualquier edificio o terreno escolar. (Education Code 32211; Penal Code 627.6.) Esto aplica a quienes visiten durante el día de instrucción y durante los programas antes y después de la escuela.\n\n6.    Admisiones\n\na.    Todo estudiante que asista a una escuela que opere un programa es elegible para participar en el programa, sujeto a la capacidad del programa. (Education Code 8482.6, 8484.75)\n\nb.    Si el número de estudiantes que desean participar en el programa supera la capacidad del mismo, los estudiantes serán seleccionados para inscripción de acuerdo con las siguientes pautas:\n\ni.    La primera prioridad de inscripción se otorgará a los estudiantes identificados como jóvenes sin hogar, según lo definido por la McKinney-Vento Homeless Assistance Act (42 USC 11434a), al momento de solicitar la inscripción o en cualquier momento durante el año escolar, a los estudiantes identificados por el programa como jóvenes en cuidado de crianza, y a los estudiantes elegibles para comidas gratuitas o a precio reducido. (Education Code 8483, 8483.1, 8484.75)\n\nEl distrito no está obligado a dar de baja a un estudiante actual para asegurar la inscripción de un estudiante que tiene prioridad de inscripción. (Education Code 8483, 8483.1)\n\nii.    El distrito informará al padre/tutor de un estudiante que se encuentre en situación de falta de vivienda o de un joven en cuidado de crianza, o de un estudiante elegible para comidas gratuitas o a precio reducido, sobre el derecho del niño a recibir inscripción prioritaria y cómo solicitarla. (Education Code 8483, 8484.75)\n\nSi un estudiante que se encuentra en situación de falta de vivienda o un joven en cuidado de crianza se mudará durante un período de intersesión, el titular de los derechos educativos del estudiante, o en el caso de un estudiante indígena americano, el custodio indígena, podrá determinar a qué escuela asistirá el estudiante durante el período de intersesión. (Education Code 48850, 48853.5)\n\niii.    La segunda prioridad de inscripción para estudiantes de escuela intermedia o secundaria de primer ciclo se otorgará a los estudiantes que asisten diariamente. (Education Code 8483, 8483.1, 8484.75)\n\niv.    La tercera prioridad de inscripción se otorgará a los estudiantes identificados como con necesidad de nivelación académica o apoyo de acuerdo con la política de la Mesa Directiva o el reglamento administrativo.\n\nv.    Cualquier capacidad restante será cubierta por estudiantes seleccionados al azar.\n\nvi.    Se establecerá una lista de espera para acomodar a estudiantes adicionales si hay espacio disponible.\n\n7.    Asistencia escolar/Salida anticipada\n\na.    Se esperará que cada estudiante admitido en un programa del distrito asista la cantidad completa de horas que el programa esté en operación cada día que el estudiante participe.\n\nUn ELO ofrecido de conformidad con Education Code 46120 no tiene un requisito de asistencia escolar, pero el distrito podrá registrar la asistencia de los estudiantes con fines de seguridad y mejora continua de la calidad.\n\nb.    Cuando sea necesario, el padre/tutor de un estudiante podrá solicitar, por escrito, que el Superintendente o su designado apruebe la llegada diaria tardía razonable al programa antes de la escuela o la salida anticipada diaria razonable del programa después de la escuela.\n\nEl Superintendente o su designado no aprobará dicha solicitud si el estudiante asistiría menos de la mitad de las horas diarias del programa.\n\n8.    Programas de verano/intersesión/vacaciones\n\na.    Los ELOPs ofrecerán no menos de nueve horas de oportunidades de aprendizaje ampliado en persona por día durante al menos 30 días no escolares, durante períodos de año escolar extendido o de intersesión. (Education Code 46120)\n\nb.    Un programa antes de la escuela que opere durante los días de verano, intersesión y/o vacaciones se ofrecerá por un mínimo de dos horas por día, si el Distrito proporciona este programa.\n\nUn programa después de la escuela ofrecido durante los días de verano, intersesión y/o vacaciones podrá operar ya sea tres horas o seis horas por día de conformidad con Education Code 8483.76. Cuando tanto el programa antes de la escuela como el programa después de la escuela se ofrezcan para los mismos estudiantes en dichos días, operarán por un mínimo de cuatro horas y media por día. (Education Code 8483, 8483.1, 8483.2, 8483.76)\n\nc.    Un programa ofrecido durante períodos de verano, intersesión y/o vacaciones podrá abrir la elegibilidad a todos los estudiantes que asisten a una escuela del distrito, con prioridad de inscripción para los estudiantes inscritos en la escuela que recibió la subvención. (Education Code 8483.76)\n\nd.    Para atender las necesidades de los estudiantes y el cierre de escuelas, el programa podrá llevarse a cabo en una ubicación fuera del plantel o en un plantel escolar alternativo.\n\nCuando un distrito se vea temporalmente impedido de operar un ELOP debido al cierre de una escuela o plantel del programa por condiciones de emergencia especificadas en Education Code 8482.8 o 41422, el Superintendente o su designado completará y enviará a la California Department of Education (CDE) los formularios o registros necesarios que sustenten la necesidad del cierre, incluyendo una resolución adoptada por la Mesa Directiva. (Education Code 46120)\n\nEl programa notificará a la CDE sobre el cambio de ubicación e incluirá un plan para proporcionar transporte seguro de conformidad con Education Code 8484.6. (Education Code 8483.76)\n\ne.    Cualquier programa que opere seis horas por día proporcionará al menos una comida nutritivamente adecuada gratuita o a precio reducido a cada estudiante elegible durante cada día del programa. (Education Code 8483.76)\n\nf.    Para cualquier programa que opere seis horas por día, los procedimientos del distrito relativos a la asistencia escolar y la salida anticipada de los estudiantes según lo especificado en el punto n.° 7 anterior serán aplicables. (Education Code 8483.76)\n\nVoluntarios\n\nEl Superintendente o su designado podrá establecer un registro de instructores voluntarios de recreación física después de la escuela y otros voluntarios de programas antes y después de la escuela. (Education Code 35021.3)\n\nPara ser incluido en el registro, un voluntario deberá someterse a una verificación de antecedentes penales de conformidad con Education Code 45125. El voluntario también deberá presentar su información de contacto actualizada al distrito y deberá actualizarla cada vez que cambie. (Education Code 35021.3)\n\nEl Superintendente o su designado podrá utilizar a un voluntario registrado en el distrito o podrá seleccionar a otra persona para proporcionar recreación física a los estudiantes después del horario escolar o para proporcionar otros servicios. (Education Code 35021.3)\n\nInformes\n\nEl Superintendente o su designado presentará anualmente a la CDE datos basados en resultados, incluyendo, entre otros: (Education Code 8427, 8482.3, 8484)\n\n1.    Para los estudiantes participantes, la asistencia escolar durante el día escolar de manera anual y la asistencia al programa de manera semestral\n\n2.    Evidencia de un proceso de mejora de la calidad del programa que esté basado en datos y en los estándares de calidad del programa de la CDE",
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