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  "code": "5146",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Estudiantes casados, embarazadas o que son padres o madres",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva reconoce que las responsabilidades relacionadas con el matrimonio, el embarazo o la crianza de hijos, incluidas las obligaciones, condiciones o recuperación correspondientes, pueden interrumpir la educación de un estudiante y aumentar la posibilidad de que abandone la escuela. La Mesa Directiva desea minimizar las interrupciones en el progreso educativo de dichos estudiantes, apoyando a los estudiantes casados, embarazadas y que son padres o madres en su educación continua, ayudándoles a desarrollar sólidas habilidades académicas y de crianza, y promoviendo el desarrollo saludable de su(s) hijo(s).\n\nEl distrito no excluirá ni negará a ningún estudiante el acceso a ningún programa o actividad educativa, incluyendo cualquier clase o actividad extracurricular, únicamente por el embarazo real o potencial de la estudiante, el parto, el embarazo falso, la terminación del embarazo, o las condiciones o recuperación relacionadas. Además, el distrito no adoptará ninguna regla relacionada con la condición real o potencial de padre, madre, familia o estado civil de un estudiante que trate a un estudiante de manera diferente en función de su sexo. (Education Code 221.51, 230; 5 CCR 4950; 34 CFR 106.40)\n\nDe conformidad con la Política de la Mesa Directiva/Anexo(1) 5145.6 - Notificaciones a Padres/Tutores, el Superintendente o su designado notificará anualmente a los padres/tutores al comienzo del año escolar sobre los derechos y opciones disponibles para los estudiantes embarazadas y que son padres o madres conforme a la ley. Además, los estudiantes embarazadas y que son padres o madres serán notificados de los derechos y opciones disponibles conforme a la ley a través de paquetes de bienvenida anuales del año escolar y a través de paquetes de estudio independiente. (Education Code 222.5, 48980)\n\nPara los fines relacionados con el distrito, un estudiante menor de 18 años que contraiga un matrimonio válido es un menor emancipado que tendrá todos los derechos y privilegios de los estudiantes que tienen 18 años de edad o más, incluso si el matrimonio ha sido disuelto. (Family Code 7002)\n\nDichos derechos incluyen, entre otros, los relacionados con la verificación de las ausencias de los estudiantes según lo especificado en el Reglamento Administrativo 5113 - Ausencias y Justificantes, la solicitud de un permiso de trabajo según lo especificado en el Reglamento Administrativo 5113.2 - Permisos de Trabajo, y el acceso a los expedientes del estudiante según lo especificado en el Reglamento Administrativo 5125 - Expedientes de los Estudiantes.\n\nServicios Educativos y de Apoyo para Estudiantes Embarazadas y que son Padres o Madres\n\nLos estudiantes embarazadas y que son padres o madres conservarán el derecho de participar en el programa educativo regular o en un programa educativo alternativo. El entorno en el salón de clases será la estrategia de instrucción preferida, a menos que una alternativa sea necesaria para satisfacer las necesidades del estudiante y/o del hijo del estudiante.\n\nCualquier programa, actividad o curso educativo alternativo que se ofrezca por separado a los estudiantes que están embarazadas o que son padres o madres, incluyendo cualquier clase o actividad extracurricular, deberá ser igual al que se ofrece a otros estudiantes del distrito. La participación de un estudiante en dichos programas será voluntaria. (Education Code 221.51; 5 CCR 4950)\n\nSi se requiere para estudiantes con cualquier otra condición de incapacidad temporal, el Superintendente o su designado podrá requerir a un estudiante, por motivo de embarazo, parto, embarazo falso, terminación del embarazo, o condiciones o recuperación relacionadas, que obtenga una certificación de un médico o enfermero practicante que indique que el estudiante está física y emocionalmente en condiciones de continuar participando en el programa o actividad educativa. (Education Code 221.51; 5 CCR 4950; 34 CFR 106.40)\n\nEn la medida de lo posible, el distrito proporcionará servicios educativos y de apoyo relacionados, ya sea directamente o en colaboración con agencias y organizaciones comunitarias, para satisfacer las necesidades de los estudiantes embarazadas y que son padres o madres y de sus hijos. Dichos servicios pueden incluir, entre otros:\n\n\tServicios de cuidado y desarrollo infantil para los hijos de estudiantes que son padres o madres en o cerca del plantel escolar durante el día escolar y durante las actividades patrocinadas por el distrito\n\n\tEducación para padres e instrucción de habilidades para la vida\n\n\tSuplementos especiales de nutrición escolar para estudiantes embarazadas y en período de lactancia de conformidad con Education Code 49553, 42 USC 1786 y 7 CFR 246.1-246.28\n\n\tServicios de atención médica, incluida la atención prenatal\n\n\tServicios de prevención e intervención del tabaco, alcohol y/o drogas\n\n\tOrientación académica y personal\n\n\tInstrucción complementaria para ayudar a los estudiantes a alcanzar los estándares académicos del nivel de grado y avanzar hacia la graduación\n\nSegún corresponda, los maestros, administradores y/o demás personal que trabaja con estudiantes embarazadas y que son padres o madres recibirán desarrollo profesional relacionado con este tema.\n\nAsistencia Escolar\n\nLos estudiantes que están embarazadas o que son padres o madres podrán ser justificados por ausencias para citas médicas y otros propósitos especificados en la Política de la Mesa Directiva/Reglamento Administrativo 5113 - Ausencias y Justificantes.\n\nUn estudiante será justificado por ausencias para cuidar a un hijo enfermo del cual el estudiante es el padre o madre custodio. No se requerirá una nota de un médico para dicha ausencia. (Education Code 48205)\n\nLicencia Parental\n\nUn estudiante que está embarazado o que es padre o madre tendrá derecho a una licencia parental según lo permitido por la ley. El período de la licencia será el mayor entre ocho semanas o el tiempo que el proveedor de atención médica del estudiante considere médicamente necesario. Dicha licencia podrá tomarse antes del nacimiento del bebé del estudiante si existe una necesidad médica, y después del parto durante el año escolar en que ocurra el nacimiento, incluida cualquier instrucción de verano obligatoria. (Education Code 46015; 34 CFR 106.40)\n\nEl estudiante, si tiene 18 años de edad o más, o el titular de los derechos educativos del estudiante, deberá notificar al distrito sobre la intención del estudiante de tomar una licencia parental, aunque el no hacerlo no reduce ninguno de los derechos otorgados al estudiante bajo esta política. (Education Code 46015)\n\nNingún estudiante estará obligado a tomar toda o parte de la licencia parental. (Education Code 46015)\n\nCuando un estudiante tome una licencia parental, el supervisor de asistencia escolar deberá asegurarse de que las ausencias del programa escolar regular sean justificadas hasta que el estudiante pueda regresar al programa escolar regular o a un programa educativo alternativo. A un estudiante que está embarazado o que es padre o madre, o que tiene condiciones relacionadas, no se le podrá exigir que complete trabajo académico u otros requisitos escolares durante el período de la licencia parental. (Education Code 46015)\n\nDespués de la licencia, un estudiante que está embarazado o que es padre o madre, o que tiene condiciones relacionadas, podrá optar por regresar a la escuela y al plan de estudios en el que estaba inscrito antes de tomar la licencia parental, o a una opción educativa alternativa proporcionada por el distrito. (Education Code 46015)\n\nAl regresar a la escuela, un estudiante que está embarazado o que es padre o madre tendrá oportunidades para recuperar el trabajo que no realizó durante la licencia, incluyendo, entre otros, planes de trabajo de recuperación y la reinscripción en cursos. (Education Code 46015)\n\nAdaptaciones\n\nCuando sea necesario, el distrito proporcionará adaptaciones para que un estudiante que está embarazado o que es padre o madre pueda acceder al programa educativo.\n\nAdemás, un estudiante que está embarazado, que experimenta un embarazo falso, o que termina un embarazo, o que debe recuperarse de cualquiera de estos, tendrá acceso a cualquier servicio disponible para otros estudiantes con condiciones médicas temporales. (34 CFR 106.40)\n\nEl distrito proporcionará adaptaciones razonables a cualquier estudiante en período de lactancia para extraerse leche materna, amamantar a un bebé, o atender otras necesidades relacionadas con la lactancia. Un estudiante no recibirá una penalización académica por usar cualquiera de estas adaptaciones razonables, y se le brindará la oportunidad de recuperar cualquier trabajo que haya perdido debido a dicho uso. Las adaptaciones razonables incluyen, entre otras: (Education Code 222)\n\n\tAcceso a un cuarto privado y seguro, que no sea un baño, para extraerse leche materna o amamantar a un bebé\n\n\tPermiso para traer al plantel escolar un sacaleches y cualquier otro equipo utilizado para extraerse leche materna\n\n\tAcceso a una fuente de energía para un sacaleches o cualquier otro equipo utilizado para extraerse leche materna\n\n\tAcceso a un lugar para almacenar la leche materna extraída de manera segura\n\n\tUna cantidad razonable de tiempo para atender la necesidad del estudiante de extraerse leche materna o amamantar a un bebé\n\nQuejas\n\nCualquier queja que alegue discriminación por el embarazo real o potencial de un estudiante, su estado civil o condición de padre o madre; el incumplimiento del distrito con los requisitos de Education Code 46015; o el incumplimiento del distrito con el requisito de proporcionar adaptaciones razonables para los estudiantes en período de lactancia, será investigada y resuelta de conformidad con la Política de la Mesa Directiva/Reglamento Administrativo 1312.3 - Procedimientos Uniformes de Quejas.\n\nEvaluación del Programa\n\nEl Superintendente o su designado informará periódicamente a la Mesa Directiva sobre la efectividad de las estrategias del distrito para apoyar a los estudiantes casados, embarazadas y que son padres o madres, lo cual puede incluir datos sobre la participación de los estudiantes en los programas y servicios del distrito, el rendimiento académico, la asistencia escolar, la tasa de graduación y/o los comentarios de los estudiantes sobre los programas y servicios del distrito.",
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