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  "code": "5145.12",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Registro e incautación",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva está plenamente comprometida a promover un ambiente de aprendizaje seguro y, en la medida de lo posible, a eliminar la posesión y el uso de armas, drogas ilegales y otras sustancias controladas por parte de los estudiantes en las instalaciones escolares y en las actividades escolares. Cuando sea necesario para proteger la salud y el bienestar de los estudiantes y el personal, y únicamente según lo autorizado por la ley, las políticas de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo, los funcionarios escolares podrán registrar a los estudiantes, sus pertenencias y/o la propiedad del distrito bajo su control, y podrán confiscar artículos ilegales, inseguros o de otro modo prohibidos. Los funcionarios escolares deberán actuar con discreción y buen juicio al realizar los registros.\n\nEl Superintendente o su designado se asegurará de que el personal que lleve a cabo registros de estudiantes reciba capacitación sobre los requisitos de la política y el reglamento administrativo del distrito, así como sobre otros asuntos legales pertinentes, según corresponda.\n\nRegistros Basados en Sospecha Individualizada\n\nLos funcionarios escolares podrán registrar a un estudiante en particular, las pertenencias del estudiante, o la propiedad del distrito bajo el control del estudiante cuando exista una sospecha razonable de que el registro revelará evidencia de que el estudiante está violando la ley, las políticas de la Mesa Directiva, el reglamento administrativo u otras normas del distrito o de la escuela. La sospecha razonable deberá basarse en hechos específicos y objetivos que indiquen que el registro producirá evidencia relacionada con la presunta infracción.\n\nCualquier registro de un estudiante, las pertenencias del estudiante, o la propiedad del distrito bajo el control del estudiante deberá ser limitado en alcance y estar diseñado para producir evidencia relacionada con la presunta infracción. Los factores que los funcionarios escolares deberán considerar al determinar el alcance del registro incluyen el peligro para la salud o la seguridad de los estudiantes o el personal, como la posesión de armas, drogas u otros instrumentos peligrosos, y si los artículos que serán registrados por los funcionarios escolares están razonablemente relacionados con los objetos prohibidos que se buscan encontrar. Además, los funcionarios escolares deberán minimizar la intrusión del registro considerando la edad y el género del estudiante, así como la naturaleza de la presunta infracción.\n\nLos tipos de pertenencias de los estudiantes que pueden ser registradas por los funcionarios escolares incluyen, entre otros, casilleros, escritorios, bolsas, mochilas y vehículos de los estudiantes estacionados en propiedad del distrito.\n\nEl dispositivo electrónico personal de un estudiante solo podrá ser registrado si un funcionario escolar, de buena fe, considera que una emergencia que implique peligro de muerte o lesión física grave para el estudiante u otras personas requiere acceso a la información del dispositivo electrónico.\n\nLos empleados no podrán realizar registros de desnudez ni registros de cavidades corporales a ningún estudiante. (Education Code 49050)\n\nLos registros de estudiantes individuales se llevarán a cabo en presencia de al menos dos empleados del distrito.\n\nEl director o su designado deberá notificar al padre/tutor de un estudiante sometido a un registro individualizado lo antes posible después del registro.\n\nRegistros de Casilleros y Escritorios de los Estudiantes\n\nTodos los casilleros y escritorios de los estudiantes son propiedad del distrito. El director o su designado podrá realizar una inspección general de las propiedades escolares que están bajo el control de los estudiantes, como casilleros y escritorios, de manera regular y con aviso previo, con los estudiantes presentes junto a sus casilleros o escritorios asignados. Cualquier artículo contenido en un casillero o escritorio se considerará propiedad del estudiante al que se le asignó dicho casillero o escritorio.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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