{
  "code": "5144",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Disciplina",
  "contentTextEs": "Reglas a nivel del plantel\n\nLas reglas a nivel del plantel deberán ser consistentes con las políticas del distrito y los reglamentos administrativos. Al desarrollar las reglas disciplinarias a nivel del plantel, la escuela deberá solicitar la participación, los puntos de vista y los consejos de un representante seleccionado por cada uno de los siguientes grupos: (Education Code 35291.5)\n\n- Padres/tutores\n\n- Maestros\n\n- Administradores escolares\n\n- Personal de seguridad escolar, si lo hubiera\n\n- En el caso de las escuelas secundarias, los estudiantes matriculados en la escuela\n\nAnualmente, las reglas disciplinarias a nivel del plantel deberán ser revisadas y, de ser necesario, actualizadas para alinearse con cualquier cambio en las políticas disciplinarias del distrito o en los objetivos de seguridad y clima escolar según lo especificado en el plan de control local y rendición de cuentas del distrito. Una copia de las reglas deberá ser archivada con el Superintendente o su designado para su inclusión en el plan de seguridad integral.\n\nLas reglas escolares deberán ser comunicadas a los estudiantes de manera clara y apropiada para su edad.\n\nLas reglas deberán ser consistentes con la ley, la política de la Mesa Directiva de Educación y los reglamentos del distrito. La Mesa Directiva podrá revisar, en una reunión abierta, las reglas disciplinarias escolares aprobadas para verificar su consistencia con la política de la Mesa Directiva y la ley estatal. (Education Code 35291.5)\n\nSerá la obligación de cada empleado de la escuela hacer cumplir las reglas escolares sobre disciplina estudiantil. (Education Code 35291)\n\nEstrategias disciplinarias\n\nEn la medida de lo posible, el personal deberá usar estrategias disciplinarias que mantengan a los estudiantes en la escuela y participando en el programa de instrucción. Excepto cuando la presencia de un estudiante cause un peligro para sí mismo u otros, o cuando cometa un solo acto de naturaleza grave o una infracción para la cual la suspensión o expulsión sea requerida por ley, la suspensión o expulsión deberá usarse únicamente cuando otros medios de corrección hayan fallado en lograr una conducta adecuada.\n\nLas estrategias disciplinarias incluyen, entre otras:\n\n- Conversación o conferencia entre el personal escolar y el estudiante y los padres/tutores\n\n- Referencia del estudiante al consejero escolar u otro personal de servicios de apoyo escolar para gestión de casos y orientación\n\n- Convocatoria de un equipo de estudio, equipo de orientación, panel de recursos u otro equipo relacionado con intervenciones para evaluar la conducta y desarrollar e implementar un plan individual para abordar la conducta en colaboración con el estudiante y sus padres/tutores\n\n- Cuando corresponda, referencia para una evaluación psicosocial o psicoeducativa integral, incluso con el propósito de crear un programa de educación individualizada o un plan conforme a la Sección 504\n\n- Inscripción en un programa para enseñar conductas prosociales o manejo del enojo\n\n- Participación en un programa de justicia restaurativa\n\n- Un enfoque de apoyo al comportamiento positivo con intervenciones escalonadas que ocurran durante el día escolar en el campus\n\n- Participación en un programa de aprendizaje social y emocional que enseñe a los estudiantes la capacidad de comprender y gestionar emociones, desarrollar cuidado y preocupación por los demás, tomar decisiones responsables, establecer relaciones positivas y manejar situaciones difíciles de manera competente\n\n- Participación en un programa que sea sensible a los traumas experimentados por los estudiantes, se enfoque en las necesidades de salud conductual de los estudiantes y aborde esas necesidades de manera proactiva\n\n- Programas extracurriculares que aborden problemas de conducta específicos o expongan a los estudiantes a actividades y conductas positivas, incluyendo, entre otros, aquellos operados en colaboración con grupos locales de padres y de la comunidad\n\n- Restricción del recreo según lo dispuesto en la sección a continuación titulada \"Restricción del recreo\"\n\n- Detención después del horario escolar según lo dispuesto en la sección a continuación titulada \"Detención después de la escuela\"\n\n- Servicio comunitario según lo dispuesto en la sección a continuación titulada \"Servicio comunitario\"\n\n- De conformidad con la política de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo, restricción o descalificación de la participación en actividades extracurriculares\n\n- Reasignación a un entorno educativo alternativo\n\n- Suspensión y expulsión de conformidad con la ley, la política de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo\n\nCuando, por ley o política del distrito, se requiera implementar otros medios de corrección antes de que un estudiante pueda ser suspendido o expulsado, cualquier otro medio de corrección implementado deberá ser documentado y conservado en el expediente del estudiante. (Education Code 48900.5)\n\nCastigo corporal\n\nEl castigo corporal no deberá usarse como medida disciplinaria contra ningún estudiante. El castigo corporal incluye la infligición intencional de dolor físico a un estudiante, o causar intencionalmente que se le inflija dicho dolor. (Education Code 49001)\n\nPara los efectos de esta política, el castigo corporal no incluye el uso de la fuerza por parte de un empleado que sea razonable y necesaria para proteger al empleado, a los estudiantes, al personal u otras personas, o para prevenir daños a la propiedad, o para obtener la posesión de armas u otros objetos peligrosos que estén bajo el control del estudiante. (Education Code 49001)\n\nRestricción del recreo\n\nUn maestro puede restringir el tiempo de recreo de un estudiante cuando considere que esta acción es la forma más efectiva de lograr una mejora en la conducta. Cuando la restricción del recreo pueda implicar privar al estudiante de actividad física, el maestro deberá intentar otras medidas disciplinarias antes de imponer la restricción. La restricción del recreo estará sujeta a las siguientes condiciones:\n\n- Se le deberá dar al estudiante tiempo suficiente para usar el baño y tomar agua o comer el almuerzo, según corresponda.\n\n- El estudiante deberá permanecer bajo la supervisión de un empleado certificado durante el período de restricción.\n\n- Los maestros deberán informar al director sobre cualquier restricción del recreo que impongan.\n\nDetención después de la escuela\n\nLos estudiantes pueden ser retenidos por razones disciplinarias hasta una hora después del cierre del día escolar máximo. (5 CCR 353)\n\nSi un estudiante perderá su autobús escolar debido a ser retenido después de la escuela, o si el estudiante no es transportado en autobús escolar, el director o su designado deberá notificar a los padres/tutores sobre la detención con al menos un día de anticipación para que puedan hacerse arreglos de transporte alternativos. El estudiante no deberá ser retenido a menos que el director o su designado notifique al padre/tutor.\n\nEn los casos en que el autobús escolar salga más de una hora después del fin del día escolar, los estudiantes pueden ser retenidos hasta que el autobús parta. (5 CCR 307, 353)\n\nLos estudiantes deberán permanecer bajo la supervisión de un empleado certificado durante el período de detención.\n\nA los estudiantes se les podrá ofrecer la opción de cumplir su detención el sábado en lugar de después de la escuela.\n\nServicio comunitario\n\nComo parte de una medida disciplinaria o en lugar de ella, la Mesa Directiva, el Superintendente, el director o el designado del director podrán, a su discreción, requerir que un estudiante realice servicio comunitario en los terrenos de la escuela, o con el permiso escrito del padre/tutor del estudiante, fuera de los terrenos escolares, durante horas no escolares. Dicho servicio puede incluir, entre otros, el embellecimiento comunitario o escolar al aire libre, el mejoramiento del campus y programas de asistencia a maestros, compañeros o jóvenes. (Education Code 48900.6)\n\nEsta opción de servicio comunitario no está disponible para un estudiante que haya sido suspendido, pendiente de expulsión, conforme a Education Code 48915. Sin embargo, si la expulsión recomendada no se implementa o la expulsión en sí es suspendida, entonces se le podrá requerir a un estudiante que realice servicio comunitario por la suspensión resultante conforme a esta sección. (Education Code 48900.6)\n\nAviso a los padres/tutores y estudiantes\n\nAl inicio del año escolar, el Superintendente o su designado deberá notificar a los padres/tutores, por escrito, sobre la disponibilidad de las reglas del distrito relacionadas con la disciplina. (Education Code 35291, 48980)\n\nEl Superintendente o su designado también deberá proporcionar aviso escrito de las reglas relacionadas con la disciplina a los estudiantes que se transfieran al momento de su inscripción en el distrito.",
  "_metadata": {
    "model": "claude-sonnet-4-6",
    "generatedAt": "2026-06-10T17:21:02.902Z",
    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
    "sourceFile": "data/board-policies/5144-AR.json",
    "sourceHash": "dc9d12852aa002ea90fb55a829be45c64a2c30cdc37318eb6bbe6c1bfbdbde49",
    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
  }
}
