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  "type": "BP",
  "titleEs": "Atención médica y emergencias",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva reconoce la importancia de tomar las medidas adecuadas cuando una emergencia amenace la seguridad, la salud o el bienestar de un estudiante en la escuela o durante actividades patrocinadas por el distrito. La Mesa Directiva alienta a todo el personal a capacitarse en RCP/DEA.\n\nEl Superintendente o su designado desarrollará procedimientos para garantizar que se brinden primeros auxilios y/o atención médica lo más rápido posible cuando ocurran accidentes y lesiones a estudiantes, y que se notifique a los padres/tutores según corresponda.\n\nEl Superintendente o su designado solicitará a los padres/tutores que proporcionen información de contacto de emergencia con el fin de facilitar la comunicación en caso de un accidente o enfermedad.\n\nEl personal del distrito deberá reportar y documentar adecuadamente los accidentes de los estudiantes.\n\nÓrdenes de \"No Reanimar\"\n\nLa Mesa Directiva considera que los miembros del personal no deben ser colocados en la posición de determinar si deben seguir cualquier orden de \"no reanimar\" de un padre/tutor o de carácter médico. El personal no deberá aceptar ni seguir ninguna orden de ese tipo, excepto bajo la dirección escrita específica del Superintendente o su designado. El Superintendente o su designado solo podrá instruir a un miembro del personal a seguir una orden de \"no reanimar\" si el Superintendente o su designado ha recibido una autorización escrita del padre/tutor del estudiante, junto con una declaración de un proveedor de atención médica autorizado y una orden de un tribunal competente.\n\nEl Superintendente o su designado deberá asegurarse de que los padres/tutores que hayan presentado una orden de \"no reanimar\" sean informados de esta política.\n\nDesfibriladores Externos Automáticos\n\nLa Mesa Directiva autoriza al Superintendente o su designado a colocar desfibriladores externos automáticos (DEA) en los planteles escolares designados para uso de los empleados escolares en caso de emergencia, de conformidad con el reglamento administrativo correspondiente.\n\nEl Superintendente o su designado desarrollará lineamientos para los empleados sobre el uso de los DEA y garantizará que los empleados reciban información que describa el paro cardíaco súbito, el plan de respuesta a emergencias de la escuela y el uso adecuado de un DEA. Asimismo, los lineamientos deberán especificar la ubicación, la seguridad y el mantenimiento del DEA.\n\nLa autorización de los DEA en las escuelas del distrito no deberá considerarse como una garantía de que un DEA estará presente o será utilizado en caso de emergencia, ni de que habrá un empleado capacitado presente y/o en condiciones de usar un DEA en una emergencia, ni de que el DEA funcionará correctamente.\n\nBotiquines de Trauma/Emergencia\n\nToda escuela del distrito con una ocupación de 200 personas o más que haya sido construida a partir del 1 de enero de 2023, o que haya sido construida antes del 1 de enero de 2023 y modificada o renovada según lo especificado en Health and Safety Code 19310, deberá adquirir, colocar y mantener botiquines de trauma de conformidad con el reglamento administrativo correspondiente.\n\nLos empleados escolares deberán ser notificados anualmente sobre la ubicación de los botiquines de trauma y recibir información sobre capacitación en el uso del botiquín de trauma. (Health and Safety Code 19310)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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