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  "code": "5131.2",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Acoso escolar (bullying)",
  "contentTextEs": "Ejemplos de conducta prohibida\n\nEl acoso escolar (bullying) es un comportamiento agresivo que implica un desequilibrio real o percibido de poder entre personas con la intención de causar daño emocional o físico. El acoso escolar puede ser físico, verbal o social/relacional, y puede involucrar un solo acto grave o la repetición o posible repetición de un acto deliberado. El acoso escolar incluye, entre otros, cualquier acto descrito en Education Code 48900(r).\n\nEl acoso cibernético (cyberbullying) incluye la creación o transmisión electrónica de comunicaciones hostiles, amenazas directas u otros textos, sonidos o imágenes dañinos, que pueden compartirse, enviarse o publicarse públicamente. El acoso cibernético puede incluir, entre otras cosas, información personal o privada que cause humillación, información falsa o negativa para desacreditar o desprestigiar, o amenazas de daño físico. El acoso cibernético también puede incluir el acceso no autorizado a la cuenta electrónica de otra persona o la suplantación de su identidad en línea con el fin de dañar su reputación.\n\nLos siguientes son ejemplos de tipos de conducta que pueden constituir acoso escolar y que el distrito prohíbe, entre otros:\n\n\tAcoso físico: Un acto que causa daño al cuerpo o las pertenencias de una persona, como golpear, patear, pellizcar, escupir, poner el pie para que alguien tropiece, empujar, tomar o destruir las pertenencias de alguien, o hacer gestos con las manos crueles o groseros\n\n\tAcoso verbal: Un acto que incluye decir o escribir cosas hirientes, como burlarse, poner apodos ofensivos, hacer comentarios sexuales inapropiados, provocar, o hacer amenazas de causar daño\n\n\tAcoso social/relacional: Un acto que daña la reputación o las relaciones de una persona, como excluir a alguien de una actividad a propósito, influir en otros para que no sean amigos de alguien, difundir rumores, o avergonzar a alguien en público\n\n\tAcoso cibernético: Un acto que ocurre en dispositivos electrónicos como computadoras, tabletas o teléfonos celulares, como enviar mensajes de texto degradantes u hostiles, mensajes directos o publicaciones en aplicaciones de redes sociales, foros de juegos o correos electrónicos, difundir rumores por correo electrónico o mediante publicaciones en sitios de redes sociales, avergonzar o humillar permitiendo que otros vean, participen o compartan contenido despectivo o dañino, o publicar o compartir fotos, videos, sitios web o perfiles falsos que pongan en ridículo a alguien\n\nMedidas para prevenir el acoso escolar\n\nEl Superintendente o su designado implementará medidas para prevenir el acoso escolar en las escuelas del distrito, incluyendo, entre otras, las siguientes:\n\n\tDesarrollar un plan estratégico para fortalecer el sentido de pertenencia escolar y las habilidades sociales con seguimiento de metas, que puede incluir: brindar oportunidades y espacios regulares para que los estudiantes desarrollen habilidades sociales y fortalezcan relaciones; promover el apoyo de adultos de la familia y del personal escolar, programas dirigidos por estudiantes y colaboraciones con grupos comunitarios clave; implementar técnicas educativas de base social, como proyectos de aprendizaje cooperativo, que puedan mejorar los resultados académicos y las relaciones entre compañeros; crear un ambiente escolar de apoyo que fomente el sentido de pertenencia mediante una gestión equitativa del aula, tutoría y grupos de apoyo entre compañeros que permitan a los estudiantes apoyarse mutuamente y aprender de las experiencias de los demás; e incorporar la conexión social en los cursos de educación para la salud, incluyendo información sobre las consecuencias de la conexión social en la salud física y mental, los principales factores de riesgo y de protección, y estrategias para aumentar la conexión social\n\n\tAsegurar que cada escuela establezca reglas claras de conducta para estudiantes y personal, e implemente estrategias para promover un ambiente escolar positivo, de apoyo y colaboración\n\n\tProporcionar información a los estudiantes, a través de los manuales estudiantiles, los sitios web y redes sociales del distrito y las escuelas, y otros medios adecuados a su edad, sobre las reglas del distrito y las escuelas relacionadas con el acoso escolar, los mecanismos disponibles para reportar incidentes o amenazas, y las consecuencias por participar en acoso escolar\n\n\tAlentar a los estudiantes a notificar al personal escolar cuando estén siendo víctimas de acoso escolar o cuando sospechen que otro estudiante está siendo acosado, y proporcionar medios por los cuales los estudiantes puedan reportar amenazas o incidentes de manera confidencial y anónima\n\n\tRealizar una evaluación de los incidentes de acoso escolar en cada escuela y, de ser necesario, aumentar la supervisión y seguridad en las áreas donde el acoso ocurre con mayor frecuencia, como patios de recreo, pasillos, baños y cafeterías\n\n\tNotificar anualmente a los empleados del distrito que, conforme a Education Code 234.1, cualquier miembro del personal escolar que sea testigo de un acto de acoso escolar contra un estudiante tiene la responsabilidad de intervenir de inmediato para detener el incidente cuando sea seguro hacerlo\n\nDesarrollo del personal\n\nEl Superintendente o su designado pondrá a disposición anualmente de todo el personal certificado y de otros empleados que tengan interacción regular con estudiantes el módulo de capacitación en línea del Departamento de Educación de California (CDE, por sus siglas en inglés) sobre la dinámica del acoso escolar y el acoso cibernético, incluyendo la identificación del acoso escolar y el acoso cibernético y la implementación de estrategias para abordar el acoso escolar. (Education Code 32283.5)\n\nEl Superintendente o su designado proporcionará capacitación a los maestros y demás personal escolar para concientizarlos sobre la obligación legal del distrito y sus empleados de prevenir la discriminación, el hostigamiento, la intimidación y el acoso escolar de los estudiantes del distrito. Dicha capacitación estará diseñada para dotar al personal de las habilidades necesarias para:\n\n\tHablar sobre la diversidad del alumnado y de la comunidad escolar, incluyendo sus distintas experiencias migratorias\n\n\tHablar con los estudiantes sobre estrategias de prevención del acoso escolar, y enseñarles a reconocer el comportamiento y las características de quienes cometen acoso escolar y de las víctimas\n\n\tIdentificar las señales de comportamiento de acoso u hostigamiento\n\n\tTomar medidas correctivas inmediatas cuando se observe acoso escolar\n\n\tReportar los incidentes a las autoridades correspondientes, incluyendo a las autoridades policiales en casos de conducta delictiva\n\nInformación y recursos\n\nEl Superintendente o su designado publicará en el sitio web del distrito, en un lugar destacado y de manera que sea fácilmente accesible para los estudiantes y los padres/tutores, información sobre la prevención del acoso escolar y el hostigamiento, que incluya lo siguiente: (Education Code 234.6)\n\n\tLa política del distrito sobre la prevención del suicidio estudiantil, incluyendo una referencia a la adecuación de la política según la edad para los estudiantes de los grados K-6\n\n\tLa definición de discriminación sexual y hostigamiento según lo descrito en Education Code 230, incluyendo los derechos establecidos en Education Code 221.8\n\n\tLa información sobre Title IX incluida en el sitio web del distrito conforme a Education Code 221.61, y un enlace a la información sobre Title IX incluida en el sitio web del CDE conforme a Education Code 221.6\n\n\tLas políticas del distrito sobre el hostigamiento sexual de estudiantes, la prevención y respuesta a la violencia por odio, la discriminación, el hostigamiento, la intimidación, el acoso escolar y el acoso cibernético\n\n\tUna sección sobre el acoso escolar en redes sociales que incluya todas las referencias descritas en Education Code 234.6 como posibles foros de redes sociales\n\n\tUn enlace a los recursos estatales, incluyendo organizaciones comunitarias, recopilados por el CDE conforme a Education Code 234.5\n\n\tCualquier información adicional que el Superintendente o su designado considere importante para prevenir el acoso escolar y el hostigamiento\n\nInstrucción para los estudiantes\n\nSegún corresponda, el distrito proporcionará a los estudiantes instrucción, en el salón de clases u otros entornos educativos, que promueva el aprendizaje socioemocional, habilidades efectivas de comunicación y resolución de conflictos, desarrollo del carácter, respeto por las diferencias culturales e individuales, desarrollo de la autoestima, habilidades de asertividad, habilidades de alfabetización digital y mediática, y comportamiento apropiado en línea.\n\nEl distrito también educará a los estudiantes sobre el impacto negativo del acoso escolar, la discriminación, la intimidación y el hostigamiento basados en el estatus migratorio real o percibido, las creencias y costumbres religiosas, o cualquier otro prejuicio o sesgo individual.\n\nSe debe enseñar a los estudiantes la diferencia entre comportamientos apropiados e inapropiados, cómo defenderse a sí mismos, cómo ayudar a otro estudiante que está siendo acosado y cuándo buscar la ayuda de un adulto de confianza. Como modelos a seguir para los estudiantes, el personal es responsable de enseñar y modelar un comportamiento respetuoso y de construir ambientes de aprendizaje seguros y de apoyo, y se espera que demuestre habilidades efectivas para resolver problemas y manejar el enojo.\n\nPara desalentar el acoso cibernético, los maestros pueden aconsejar a los estudiantes que tengan precaución al compartir contraseñas, datos personales o fotos privadas en línea, y que consideren las consecuencias de hacer comentarios negativos sobre otras personas en línea.\n\nReporte y presentación de quejas\n\nCualquier estudiante, padre/tutor u otra persona que considere que un estudiante ha sido víctima de acoso escolar, o que haya sido testigo de acoso escolar, puede reportar el incidente a un maestro, al director, a un oficial de cumplimiento o a cualquier otro empleado escolar disponible.\n\nCuando se presente un reporte de acoso escolar, el director o un oficial de cumplimiento del distrito informará al estudiante o al padre/tutor sobre el derecho a presentar una queja formal por escrito conforme a Administrative Regulation 1312.3 - Procedimientos Uniformes de Quejas. Al estudiante que sea la presunta víctima del acoso escolar se le dará la oportunidad de describir el incidente, identificar a los testigos que puedan tener información relevante y presentar otras pruebas del acoso escolar.\n\nDentro de un día hábil a partir de la recepción de dicho reporte, un miembro del personal notificará al director sobre el reporte, independientemente de si se presenta una queja uniforme. Además, cualquier empleado escolar que presencie un incidente de acoso escolar que involucre a un estudiante deberá, dentro de un día hábil, reportar dicha observación al director o a un oficial de cumplimiento del distrito, independientemente de si la presunta víctima presenta una queja.\n\nDentro de dos días hábiles a partir de la recepción de un reporte de acoso escolar, el director notificará al oficial de cumplimiento del distrito identificado en Administrative Regulation 1312.3.\n\nCualquier persona con información sobre actividad de acoso cibernético deberá guardar e imprimir cualquier mensaje electrónico o digital que considere que constituye acoso cibernético, y deberá notificar a un maestro, al director u otro empleado para que el asunto pueda ser investigado. Cuando una investigación concluya que un estudiante utilizó un sitio o servicio de redes sociales para acosar o hostigar a otro estudiante, el Superintendente o su designado podrá reportar el acoso cibernético a la plataforma de redes sociales y podrá solicitar que se elimine el material.\n\nDisciplina/Acciones correctivas\n\nLas acciones correctivas para un estudiante que cometa un acto de acoso escolar de cualquier tipo pueden incluir orientación, intervención conductual y educación, y, si el comportamiento es grave o persistente según lo definido en Education Code 48900, puede incluir suspensión o expulsión de conformidad con las políticas y reglamentos del distrito.\n\nCuando a un estudiante se le haya suspendido, o se hayan implementado otros medios de corrección en su contra, por un incidente de acoso escolar, hostigamiento o intimidación de carácter racista, el director o su designado involucrará tanto a la víctima como al agresor en una práctica de justicia restaurativa adecuada a las necesidades de los estudiantes. El director o su designado también requerirá que el agresor participe en un programa culturalmente sensible que promueva la justicia y la equidad racial y combata el racismo y la ignorancia, y verificará regularmente el bienestar de la víctima para asegurarse de que no corra el riesgo de sufrir problemas de salud mental a largo plazo. (Education Code 48900.5)\n\nCuando sea apropiado según la gravedad o persistencia del acoso escolar, el Superintendente o su designado notificará a los padres/tutores de las víctimas y de los agresores, y podrá ponerse en contacto con las autoridades policiales.\n\nServicios de apoyo\n\nEl Superintendente, el director o su designado puede referir a una víctima, testigo, agresor u otro estudiante afectado por un acto de acoso escolar a un consejero escolar, psicólogo escolar, trabajador social, personal de asistencia escolar y bienestar infantil, enfermero escolar u otro personal de servicios de apoyo escolar para la gestión del caso, orientación y/o participación en un programa de justicia restaurativa, según corresponda. (Education Code 48900.9)\n\nSi algún estudiante involucrado en acoso escolar muestra señales de alerta de pensamientos o intención suicida, o de intención de hacerle daño a otra persona, el Superintendente o su designado deberá, según corresponda, implementar los protocolos de intervención del distrito, que pueden incluir, entre otros, la remisión a servicios de salud mental del distrito o de la comunidad, otros profesionales de la salud y/o las autoridades policiales, de conformidad con Board Policy y Administrative Regulation 5141.52 - Prevención del Suicidio.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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