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  "code": "5125.2",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Retención de calificaciones, diplomas o expedientes académicos",
  "contentTextEs": "Cuando la propiedad escolar haya sido dañada intencionalmente o no haya sido devuelta cuando se le solicite, el director o su designado deberá informar por escrito al padre/tutor sobre la supuesta mala conducta del estudiante responsable y la reparación que podría ser requerida.\n\nEste aviso deberá incluir una declaración de que el distrito puede retener las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos del estudiante y del padre/tutor hasta que se realice la reparación.\n\nSi no se realiza la reparación, el distrito deberá garantizar al estudiante sus derechos al debido proceso conforme a los procedimientos de expulsión del Education Code, y podrá retener las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos del estudiante.\n\nSi el estudiante y el padre/tutor no pueden pagar los daños o devolver la propiedad, el director o su designado deberá proporcionarle al estudiante un programa de trabajo voluntario. Una vez completado dicho trabajo voluntario, se deberán liberar las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos del estudiante. (Education Code 48904)\n\nCuando un estudiante a quien el distrito le está reteniendo las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos se transfiera a otro distrito, esta información deberá enviarse al nuevo distrito junto con los expedientes del estudiante y una solicitud de que dichos documentos continúen siendo retenidos hasta que el nuevo distrito reciba notificación de que la deuda ha sido saldada.\n\nEl Superintendente o su designado deberá notificar por escrito al padre/tutor que la decisión de este distrito de retener las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos será aplicada por el nuevo distrito. (Education Code 48904.3)\n\nEl distrito deberá retener las calificaciones, el diploma o los expedientes académicos de cualquier estudiante que se transfiera al distrito cuya mala conducta haya llevado a un distrito anterior a retenerlos. Cuando el distrito anterior informe que su decisión ha sido revocada, el distrito deberá liberar dichos documentos. (Education Code 48904.3)",
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    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
    "sourceFile": "data/board-policies/5125.2-AR.json",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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