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  "code": "4336",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Empleo fuera de la escuela",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva reconoce que los empleados del distrito pueden recibir compensación por actividades externas, siempre y cuando dichas actividades no sean incompatibles, inconsistentes, conflictivas o contrarias a las funciones del empleado o a las funciones, tareas o responsabilidades del distrito.\n\nLas actividades remuneradas externas se considerarán incompatibles, inconsistentes o contrarias al empleo en el distrito cuando dicha actividad:\n\n            1.   Requiera períodos de tiempo que interfieran con el desempeño adecuado y eficiente de las funciones del empleado\n\n            2.   Implique recibir compensación de una fuente externa por actividades que forman parte de las funciones regulares del empleado\n\n            3.   Conlleve el uso del nombre, prestigio, tiempo, instalaciones, equipos o materiales del distrito para beneficio privado\n\n            4.   Implique un servicio que estará total o parcialmente sujeto a la aprobación o control de otro empleado del distrito o de un miembro de la Mesa Directiva\n\nUn empleado que desee aceptar un empleo externo que pueda ser incompatible, inconsistente, conflictivo o contrario a sus funciones deberá presentar una solicitud por escrito ante su supervisor inmediato, describiendo la naturaleza del empleo y el tiempo requerido. El supervisor evaluará cada solicitud según las funciones específicas del empleado en el distrito y determinará si otorgar o no la autorización para dicho empleo.\n\nEl supervisor deberá informar al empleado por escrito si el empleo externo está prohibido o no. El empleado podrá apelar una denegación de autorización por parte del supervisor ante el Superintendente o su designado. Un empleado que continúe realizando una actividad prohibida podrá estar sujeto a medidas disciplinarias.\n\nTutoría\n\nEl Distrito podrá ofrecer programas de intervención y enriquecimiento patrocinados por la escuela en los planteles escolares, financiados con fondos del Distrito. Si un empleado certificado desea dar tutoría privada a un estudiante en el plantel, fuera de un programa patrocinado por la escuela, el empleado deberá completar un acuerdo de uso de instalaciones, pagar los cargos correspondientes y proporcionar los materiales o equipos necesarios.\n\nReferencia legal:\n\nCódigo de Educación:\n\n35160  Authority of governing boards\n\n35160.1  Broad authority of school districts\n\n51520  Prohibited solicitation on school premises\n\nGOVERNMENT CODE\n\n1126  Incompatible activities of employees\n\n1127 Incompatible activities; off duty work\n\n1128  Incompatible activities, attorney\n\nRecursos de administración:\n\nAttorney General Opinion 10 Ops.Cal.Atty.Gen. 157 (1987)\n\nSitio web: Fair Political Practices Commission   https://www.fppc.ca.gov/\n\nSitio web: CSBA   https://www.csba.org/",
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    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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