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  "titleEs": "Normas profesionales",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva de Educación espera que los empleados del distrito mantengan los más altos estándares éticos, sigan las políticas y reglamentos del distrito, cumplan con las leyes estatales y federales, y ejerzan buen juicio al interactuar con los estudiantes y otros miembros de la comunidad escolar. Los empleados deberán tener una conducta que fortalezca la integridad del distrito, que promueva los objetivos de los programas educativos del distrito, y que contribuya a un ambiente escolar positivo.\n\nSe espera que cada empleado adquiera los conocimientos y habilidades necesarios para cumplir con sus responsabilidades y para contribuir al aprendizaje y logro académico de los estudiantes del distrito.\n\nLa Mesa Directiva alienta a los empleados del distrito a aceptar como principios rectores los estándares profesionales y códigos de ética adoptados por las asociaciones profesionales a las que puedan pertenecer.\n\nConducta inapropiada\n\nLa conducta inapropiada de los empleados incluye, entre otras:\n\n- Tener cualquier conducta que ponga en peligro a los estudiantes, al personal o a otras personas, incluyendo, entre otras, la violencia física, las amenazas de violencia, o la posesión de un arma de fuego u otra arma\n\n- Tener conductas de acoso o discriminación hacia estudiantes, padres/tutores, personal o miembros de la comunidad, o no intervenir cuando se observa un acto de discriminación, acoso, intimidación o bullying contra un estudiante\n\n- Maltratar físicamente, abusar sexualmente, descuidar o de cualquier otra manera dañar o perjudicar intencionalmente a un menor\n\n- Tener una socialización o confraternización inapropiada con un estudiante, o solicitar, fomentar o mantener una relación inapropiada —ya sea escrita, verbal o física— con un estudiante\n\n- Poseer o ver pornografía en los terrenos escolares, o poseer o ver pornografía infantil u otras imágenes que representen a menores de manera sexualizada en cualquier momento\n\n- Usar lenguaje obsceno, profano o abusivo contra estudiantes, padres/tutores, personal o miembros de la comunidad\n\n- Interrumpir intencionalmente las operaciones del distrito o de la escuela mediante ruidos fuertes o irrazonables u otras acciones\n\n- Usar tabaco, alcohol o una sustancia ilegal o no autorizada, o poseer o distribuir cualquier sustancia controlada, mientras se encuentre en el lugar de trabajo, en propiedad del distrito o en una actividad patrocinada por la escuela\n\n- Ser deshonesto con los estudiantes, padres/tutores, personal o miembros del público, incluyendo, entre otras cosas, falsificar información en los registros de empleo u otros registros escolares\n\n- Divulgar información confidencial sobre estudiantes, empleados del distrito u operaciones del distrito a personas o entidades que no estén autorizadas para recibir dicha información\n\n- Usar equipos del distrito u otros recursos del distrito para fines comerciales propios del empleado o para actividades políticas\n\n- Usar equipos del distrito o dispositivos de comunicación del distrito para fines personales mientras se está de servicio, excepto en caso de emergencia, durante los descansos programados o por necesidad personal\n\n\tLos empleados serán notificados de que los archivos de computadora y todas las comunicaciones electrónicas, incluyendo, entre otras, el correo electrónico y el correo de voz, no son privados. Para garantizar el uso adecuado, el Superintendente o su designado podrá monitorear el uso que los empleados hagan de los recursos tecnológicos del distrito en cualquier momento sin el consentimiento del empleado.\n\n- Causar daños o cometer robo de propiedad perteneciente a estudiantes, personal o al distrito\n\n- Usar vestimenta inapropiada\n\nReportes de conducta indebida\n\nUn empleado que observe o tenga evidencia de la conducta inapropiada de otro empleado deberá reportar dicha conducta de inmediato al director o al Superintendente o su designado. Un empleado que tenga conocimiento o sospeche de abuso o negligencia infantil deberá presentar un reporte conforme a los procedimientos de reporte de abuso infantil del distrito, según se detalla en AR 5141.4 - Child Abuse Prevention and Reporting.\n\nCualquier reporte de conducta indebida de un empleado será investigado de manera oportuna. Todo empleado que haya tenido conducta inapropiada en violación de la ley o de la política de la Mesa Directiva estará sujeto a medidas disciplinarias y, en el caso de un empleado certificado, podrá estar sujeto a un reporte ante la Commission on Teacher Credentialing. El Superintendente o su designado notificará a las autoridades locales según corresponda.\n\nUn empleado que tenga conocimiento de conducta inapropiada de otro empleado y no la reporte también podrá estar sujeto a medidas disciplinarias.\n\nEl distrito prohíbe las represalias contra cualquier persona que presente una queja contra un empleado o que reporte la conducta inapropiada de un empleado. Todo empleado que tome represalias contra dicho quejoso, reportante u otro participante en el proceso de quejas del distrito estará sujeto a medidas disciplinarias.\n\nNotificaciones\n\nLa(s) sección(es) del código de conducta para empleados del distrito que aborde(n) las interacciones con los estudiantes será(n) proporcionada(s) a los padres/tutores al inicio de cada año escolar y será(n) publicada(s) en los sitios web de las escuelas y/o del distrito. (Education Code 44050)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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