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  "code": "4219.24",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Mantenimiento de interacciones apropiadas entre adultos y estudiantes",
  "contentTextEs": "Personal Clasificado\n\nPara los propósitos de esta política, los empleados incluyen practicantes, voluntarios, contratistas y otras personas con una relación laboral con el distrito.\n\nLa Mesa Directiva desea proporcionar un ambiente escolar seguro y positivo que promueva el aprendizaje, la participación, la seguridad y el bienestar de los estudiantes del distrito. La Mesa Directiva espera que todos los adultos con quienes los estudiantes puedan interactuar en la escuela o en actividades relacionadas con la escuela mantengan los más altos estándares profesionales y éticos en sus interacciones con los estudiantes, tanto dentro como fuera del entorno educativo, de acuerdo con esta política y la Política de la Mesa Directiva 4119.21/4219.21/4319.21 - Estándares Profesionales. Dichos adultos no deberán involucrarse en interacciones amenazantes, inseguras, ilegales o inapropiadas con los estudiantes, y deberán evitar conductas que difuminen los límites y que socaven la confianza en la relación adulto-estudiante y den apariencia de irregularidad.\n\nLos adultos no deberán traspasar los límites físicos o emocionales de un estudiante, a menos que sea necesario en una emergencia o para cumplir un propósito legítimo relacionado con la instrucción, la orientación, la salud del estudiante, o la seguridad del estudiante o del personal.\n\nEl código de conducta de los empleados del distrito que regula las interacciones con los estudiantes deberá proporcionarse a los padres/tutores al inicio de cada año escolar y deberá publicarse en los sitios web de las escuelas y/o del distrito. (Education Code 44050)\n\nConducta Inapropiada\n\nLos empleados deberán mantenerse alertas respecto a su posición de autoridad y no abusar de ella en su relación con los estudiantes.\n\nLa Mesa Directiva prohíbe la conducta inapropiada entre empleados y estudiantes. (Education Code 32100)\n\nLa conducta inapropiada de un empleado puede incluir, entre otros:\n\n\tIniciar contacto físico inapropiado\n\n\tIntentar establecer una relación romántica o sexual con cualquier estudiante, o incurrir en acoso sexual hacia un estudiante, incluyendo insinuaciones sexuales, coqueteos, solicitudes de favores sexuales, comentarios inapropiados sobre el cuerpo o la apariencia de un estudiante, u otra conducta verbal, visual o física de naturaleza sexual\n\n\tInvolucrarse en socialización o confraternización inapropiada con un estudiante, o solicitar, fomentar o mantener una relación escrita, verbal o física inapropiada con un estudiante\n\n\tEstar a solas con un estudiante fuera de la vista de otras personas\n\n\tVisitar el hogar de un estudiante o invitar a un estudiante a visitar el hogar del empleado sin el consentimiento del padre/tutor\n\n\tMantener contacto personal con un estudiante durante o fuera del horario escolar sin ningún propósito educativo legítimo, ya sea por teléfono, carta, mensaje de texto, plataformas de redes sociales en internet, comunicaciones electrónicas u otros medios de comunicación, sin incluir al padre/tutor del estudiante\n\n\tDe acuerdo con la Política de la Mesa Directiva/Regulación Administrativa 4040 - Uso de Tecnología por parte de los Empleados, los empleados deberán utilizar el equipo o los recursos tecnológicos del distrito, cuando estén disponibles, al comunicarse electrónicamente con los estudiantes. Los empleados no deberán comunicarse con los estudiantes a través de ningún medio diseñado para eliminar los registros de las comunicaciones. El Superintendente o su designado podrá monitorear el uso de la tecnología del distrito por parte de los empleados en cualquier momento, sin previo aviso ni consentimiento.\n\n\tCrear o participar en redes sociales para comunicarse con los estudiantes, distintas a las creadas por el distrito, sin la aprobación previa por escrito del director o su designado\n\n\tInvitar o aceptar solicitudes de estudiantes, o de ex estudiantes que sean menores de edad, para conectarse en redes sociales personales (por ejemplo, hacerse \"amigos\" o \"seguir\" en redes sociales), a menos que el sitio esté dedicado a asuntos escolares\n\n\tDistinguir a un estudiante en particular con atención personal y amistad, incluyendo obsequiarle regalos y/o apodos a estudiantes individualmente\n\n\tDirigirse a un estudiante de manera excesivamente familiar, como usando términos cariñosos\n\n\tSocializar o pasar tiempo con estudiantes fuera de eventos patrocinados por la escuela, excepto como participantes en actividades comunitarias\n\n\tEnviar a estudiantes a hacer mandados personales sin ningún propósito educativo legítimo, o acompañarlos en dichos mandados\n\n\tTransportar a un estudiante en un vehículo personal sin autorización previa\n\n\tAlentar a los estudiantes a confiar problemas personales o familiares y/o relaciones\n\n\tRevelar asuntos personales, familiares u otros asuntos privados a los estudiantes, o compartir secretos personales con los estudiantes\n\n\tIncurrir en cualquier conducta que ponga en peligro o amenace con poner en peligro a los estudiantes, incluyendo, entre otros, violencia física o amenazas de violencia\n\n\tIncurrir en conducta de acoso o discriminatoria hacia los estudiantes, o no intervenir cuando se observe un acto de discriminación, acoso, intimidación o bullying en contra de un estudiante\n\n\tAbusar físicamente, abusar sexualmente, descuidar o de cualquier otra manera dañar o lesionar deliberadamente a un niño\n\n\tUsar lenguaje profano, obsceno o abusivo en contra de los estudiantes\n\nViolaciones a la Política\n\nTodo empleado que observe o tenga conocimiento de que otro empleado ha violado esta política deberá reportar la información al Superintendente o su designado, o a la agencia correspondiente para su investigación, conforme a los procedimientos de quejas aplicables. Se alienta a otros adultos que tengan conocimiento de cualquier violación a esta política a reportarla al Superintendente o su designado. La Mesa Directiva prohíbe tomar represalias contra cualquier persona que reporte una violación a esta política. Se deberán implementar intervenciones inmediatas cuando sea necesario para proteger la seguridad de los estudiantes o la integridad de la investigación.\n\nLos empleados que incurran en cualquier conducta que viole esta política, incluyendo represalias contra una persona que reporte la violación o que participe en el proceso de quejas, estarán sujetos a medidas disciplinarias, hasta e incluyendo el despido. Cualquier otro adulto que viole esta política podrá ser excluido de las instalaciones y actividades escolares de acuerdo con la ley. Adicionalmente, el Superintendente o su designado también podrá notificar a las autoridades policiales según corresponda.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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