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  "code": "4157",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Seguridad del empleado",
  "contentTextEs": "El Superintendente o su designado deberá proporcionar al personal dispositivos de seguridad, salvaguardas, métodos y procesos que sean razonablemente adecuados para hacer que el empleo y el lugar de empleo sean seguros.\n\nPrograma de Prevención de Lesiones y Enfermedades\n\nEl programa de prevención de lesiones y enfermedades del distrito abarcará a todos los empleados del distrito y a todos los demás trabajadores a quienes el distrito controle o dirija y supervise directamente en el trabajo, en la medida en que los trabajadores estén expuestos a peligros específicos de su lugar de trabajo y asignación de trabajo. La obligación de los contratistas u otros empleadores que controlen o dirijan y supervisen a sus propios empleados en el trabajo no se verá afectada por el programa de prevención de lesiones del distrito. (Labor Code 6401.7)\n\nEl programa de prevención de lesiones y enfermedades del distrito deberá incluir: (Labor Code 6401.7; 8 CCR 3203)\n\n- El nombre/puesto de la(s) persona(s) con autoridad y responsabilidad para implementar el programa.\n\n- Un sistema para garantizar que los empleados cumplan con prácticas de trabajo seguras y saludables, que puede incluir, entre otras:\n\n- Reconocimiento a los empleados que siguen prácticas de trabajo seguras y saludables\n\n- Programas de capacitación y recapacitación\n\n- Acciones disciplinarias\n\n- Un sistema para comunicarse con los empleados en una forma fácilmente comprensible para todos los empleados sobre asuntos relacionados con la salud y seguridad ocupacional, incluyendo disposiciones diseñadas para alentar a los empleados a reportar peligros en el lugar de trabajo sin temor a represalias. Este sistema puede incluir, entre otros:\n\n- Reuniones\n\n- Programas de capacitación\n\n- Avisos publicados\n\n- Comunicaciones escritas\n\n- Un sistema de notificación anónima por parte de los empleados sobre peligros\n\n- Procedimientos para identificar y evaluar los peligros en el lugar de trabajo, incluyendo inspecciones periódicas programadas para identificar condiciones y prácticas de trabajo inseguras. Dichas inspecciones se realizarán:\n\n- Cuando se introduzcan en el lugar de trabajo nuevas sustancias, procesos, procedimientos o equipos que representen un nuevo peligro para la seguridad o la salud ocupacional\n\n- Cuando el distrito tenga conocimiento de un peligro nuevo o no reconocido anteriormente\n\n- Un procedimiento para investigar lesiones o enfermedades ocupacionales.\n\n- Métodos y/o procedimientos para corregir condiciones, prácticas y procedimientos de trabajo inseguros o poco saludables de manera oportuna, según la gravedad del peligro cuando se observe o se descubra.\n\n\tCuando exista un peligro inminente que no pueda ser eliminado de inmediato sin poner en riesgo a los empleados y/o a la propiedad, estos procedimientos deberán contemplar la remoción de todo el personal expuesto del área, excepto de aquellos que sean necesarios para corregir la condición peligrosa. A los empleados necesarios para corregir la condición se les deberán proporcionar las salvaguardas necesarias.\n\n- Capacitación e instrucción:\n\n- A todos los empleados nuevos\n\n- A todos los empleados que reciban nuevas asignaciones de trabajo para las cuales no hayan recibido capacitación previamente\n\n- Cuando se introduzcan en el lugar de trabajo nuevas sustancias, procesos, procedimientos o equipos que representen un nuevo peligro\n\n- Cuando el distrito tenga conocimiento de un peligro nuevo o no reconocido anteriormente\n\n- Para familiarizar a los supervisores con los peligros de seguridad y salud a los que puedan estar expuestos los empleados bajo su dirección y control inmediato\n\nLos registros de los pasos tomados para implementar y mantener el programa de prevención de lesiones y enfermedades se conservarán de conformidad con 8 CCR 3203.\n\nProtección Auditiva\n\nCuando la información indique que la exposición al ruido de algún empleado puede igualar o superar un nivel de sonido promedio de 85 decibeles durante ocho horas, el Superintendente o su designado deberá implementar un programa de conservación auditiva de conformidad con las regulaciones estatales y federales. (8 CCR 5097, 29 CFR 1910.95)\n\nDispositivos de Protección Ocular\n\nLos empleados deberán usar dispositivos de protección ocular siempre que estén realizando u observando una actividad que implique peligros o sustancias peligrosas que puedan causar lesiones en los ojos. (Education Code 32030)\n\nDichas actividades incluyen, entre otras, las siguientes: (Education Code 32031)\n\n- Trabajo con metal fundido caliente\n\n- Fresado, corte con sierra, torneado, conformado, corte, esmerilado y estampado de cualquier material sólido\n\n- Tratamiento térmico, templado o cocción en horno de cualquier metal u otro material\n\n- Soldadura con arco eléctrico o gas\n\n- Reparación o servicio de cualquier vehículo, maquinaria o equipo\n\n- Trabajo con líquidos o sólidos calientes, o con sustancias químicas que sean inflamables, tóxicas, corrosivas para tejidos vivos, irritantes, fuertemente sensibilizantes, radiactivas, o que generen presión mediante calor, descomposición u otros medios",
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    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
    "sourceFile": "data/board-policies/4157-AR.json",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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