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  "code": "4119.24",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Mantenimiento de interacciones apropiadas entre adultos y estudiantes",
  "contentTextEs": "Certificado\n\nPara los fines de esta política, los empleados incluyen a los pasantes, voluntarios, contratistas y otras personas que tienen una relación laboral con el distrito.\n\nLa Mesa Directiva desea proporcionar un entorno escolar seguro y positivo que promueva el aprendizaje, la participación, la seguridad y el bienestar de los estudiantes del distrito. La Mesa Directiva espera que todos los adultos con quienes los estudiantes puedan interactuar en la escuela o en actividades relacionadas con la escuela mantengan los más altos estándares profesionales y éticos en sus interacciones con los estudiantes, tanto dentro como fuera del entorno educativo, de conformidad con esta política y la Política de la Mesa Directiva 4119.21/4219.21/4319.21 - Estándares Profesionales. Dichos adultos no deberán participar en interacciones amenazantes, inseguras, ilegales o inapropiadas con los estudiantes, y deberán evitar conductas que difuminen los límites apropiados y que socaven la confianza en la relación adulto-estudiante y den apariencia de comportamiento indebido.\n\nLos adultos no deberán invadir los límites físicos o emocionales de un estudiante a menos que sea necesario en una emergencia o para cumplir un propósito legítimo relacionado con la instrucción, la orientación, la salud del estudiante, o la seguridad del estudiante o del personal.\n\nEl código de conducta del empleado del distrito que aborda las interacciones con los estudiantes deberá ser entregado a los padres/tutores al inicio de cada año escolar y deberá publicarse en los sitios web de las escuelas y/o del distrito. (Education Code 44050)\n\nConducta Inapropiada\n\nLos empleados deberán mantenerse vigilantes de su posición de autoridad y no abusar de ella en su relación con los estudiantes.\n\nLa Mesa Directiva prohíbe la conducta inapropiada entre empleados y estudiantes. (Education Code 32100)\n\nLa conducta inapropiada de un empleado puede incluir, entre otras:\n\n\tIniciar contacto físico inapropiado\n\n\tIntentar formar una relación romántica o sexual con cualquier estudiante o incurrir en acoso sexual hacia un estudiante, incluyendo insinuaciones sexuales, coqueteos, solicitudes de favores sexuales, comentarios inapropiados sobre el cuerpo o la apariencia de un estudiante, u otra conducta verbal, visual o física de naturaleza sexual\n\n\tInvolucrarse en socialización o confraternización inapropiada con un estudiante, o solicitar, fomentar o mantener una relación escrita, verbal o física inapropiada con un estudiante\n\n\tEstar a solas con un estudiante fuera de la vista de otras personas\n\n\tVisitar el hogar de un estudiante o invitar a un estudiante a visitar el hogar del empleado sin el consentimiento del padre/tutor\n\n\tMantener contacto personal con un estudiante durante o fuera del día escolar sin ningún propósito educativo legítimo, ya sea por teléfono, carta, mensaje de texto, plataformas de redes sociales en internet, comunicaciones electrónicas u otros medios de comunicación, sin incluir al padre/tutor del estudiante\n\n\tDe conformidad con la Política de la Mesa Directiva/Regulación Administrativa 4040 - Uso de Tecnología por parte de los Empleados, los empleados deberán usar equipos o recursos tecnológicos del distrito, cuando estén disponibles, al comunicarse electrónicamente con los estudiantes. Los empleados no deberán comunicarse con los estudiantes a través de ningún medio diseñado para eliminar los registros de las comunicaciones. El Superintendente o su designado podrá monitorear el uso que hacen los empleados de la tecnología del distrito en cualquier momento, sin previo aviso ni consentimiento.\n\n\tCrear o participar en sitios de redes sociales para comunicarse con los estudiantes, distintos a los creados por el distrito, sin la aprobación previa por escrito del director o su designado\n\n\tInvitar o aceptar solicitudes de estudiantes, o de exestudiantes que sean menores de edad, para conectarse en sitios de redes sociales personales (por ejemplo, hacerse \"amigos\" o \"seguir\" en redes sociales), a menos que el sitio esté dedicado a asuntos escolares\n\n\tDistinguir a un estudiante en particular para brindarle atención y amistad personal, incluyendo darle regalos y/o apodos a estudiantes individuales\n\n\tDirigirse a un estudiante de manera excesivamente familiar, como usando términos de cariño\n\n\tSocializar o pasar tiempo con estudiantes fuera de eventos patrocinados por la escuela, excepto como participantes en actividades comunitarias\n\n\tEnviar o acompañar a estudiantes a hacer mandados personales sin ningún propósito educativo legítimo\n\n\tTransportar a un estudiante en un vehículo personal sin autorización previa\n\n\tAlentar a los estudiantes a confiar problemas personales o familiares y/o relaciones\n\n\tRevelar asuntos personales, familiares u otros asuntos privados a los estudiantes, o compartir secretos personales con los estudiantes\n\n\tIncurrir en cualquier conducta que ponga en peligro o amenace con poner en peligro a los estudiantes, incluyendo, entre otras, la violencia física o las amenazas de violencia\n\n\tIncurrir en conductas de acoso o discriminación hacia los estudiantes, o dejar de intervenir o negarse a intervenir cuando se observe un acto de discriminación, acoso, intimidación o bullying contra un estudiante\n\n\tAbusar físicamente, abusar sexualmente, descuidar o de cualquier otra manera dañar o lesionar deliberadamente a un menor\n\n\tUsar lenguaje profano, obsceno o abusivo contra los estudiantes\n\nViolaciones a la Política\n\nTodo empleado que observe o tenga conocimiento de que otro empleado ha violado esta política deberá informarlo al Superintendente o su designado, o a la agencia correspondiente para su investigación, conforme a los procedimientos de quejas aplicables. Se alienta a otros adultos que tengan conocimiento de cualquier violación de esta política a que la reporten al Superintendente o su designado. La Mesa Directiva prohíbe las represalias contra cualquier persona que reporte una violación de esta política. Se implementarán medidas de intervención inmediata cuando sea necesario para proteger la seguridad de los estudiantes o la integridad de la investigación.\n\nLos empleados que incurran en cualquier conducta que viole esta política, incluyendo represalias contra una persona que reporte la violación o participe en el proceso de quejas, estarán sujetos a medidas disciplinarias, hasta e incluyendo el despido. Cualquier otro adulto que viole esta política podrá ser excluido de los terrenos y actividades escolares de conformidad con la ley. Además, el Superintendente o su designado también podrá notificar a las autoridades policiales según corresponda.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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