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  "code": "4119.21",
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  "titleEs": "Normas profesionales",
  "contentTextEs": "Personal Certificado\n\nLa Mesa Directiva desea proporcionar un ambiente escolar seguro y positivo que promueva el aprendizaje, la participación, la seguridad y el bienestar de los estudiantes del distrito. La Mesa Directiva espera que los empleados del distrito mantengan los más altos estándares éticos, se comporten de manera profesional, sigan las políticas y reglamentos del distrito, cumplan con las leyes estatales y federales, y ejerzan buen juicio al interactuar con los estudiantes y otros miembros de la comunidad escolar. Los empleados deberán tener una conducta que fortalezca la integridad del distrito; que haga avanzar las metas de los programas educativos del distrito; que fomente el aprendizaje, la participación y el éxito de los estudiantes; y que contribuya a un clima escolar seguro y positivo.\n\nLa Mesa Directiva alienta a los empleados del distrito a aceptar como principios orientadores los estándares profesionales y los códigos de ética adoptados por las asociaciones educativas o profesionales a las que puedan pertenecer.\n\nSe espera que cada empleado adquiera los conocimientos y las habilidades necesarios para cumplir con sus responsabilidades profesionales y para contribuir al aprendizaje y al logro académico de los estudiantes del distrito.\n\nConducta Inapropiada\n\nLa Mesa Directiva prohíbe la conducta inapropiada entre empleados, voluntarios adultos y contratistas del distrito, así como entre los adultos empleados, que prestan servicios como voluntarios o que tienen contrato con el distrito. (Education Code 32100)\n\nLa conducta inapropiada de los empleados incluye, entre otras cosas:\n\n- Tener cualquier conducta que ponga en peligro o amenace con poner en peligro a los estudiantes, al personal u otras personas, incluyendo, entre otras cosas, violencia física, amenazas de violencia o posesión de un arma de fuego u otra arma\n\n- Tener conductas de acoso o discriminación hacia estudiantes, padres/tutores, personal o miembros de la comunidad, o no intervenir cuando se observa un acto de discriminación, acoso, intimidación o maltrato contra un estudiante\n\n- Maltratar físicamente, abusar sexualmente, descuidar o de cualquier otra manera dañar o lesionar intencionalmente a un menor\n\n- Tener una socialización o confraternización inapropiada con un estudiante, o solicitar, fomentar o mantener una relación escrita, verbal o física inapropiada con un estudiante\n\n- Poseer o ver cualquier material pornográfico en los terrenos escolares, o poseer o ver pornografía infantil u otras imágenes que representen a menores de manera sexualizada en cualquier momento\n\n- Usar lenguaje obsceno, soez o abusivo en contra de estudiantes, padres/tutores, personal o miembros de la comunidad\n\n- Interrumpir intencionalmente las operaciones del distrito o de la escuela mediante ruidos excesivos o irrazonables u otras acciones\n\n- Usar tabaco, alcohol, o sustancias ilegales o no autorizadas, o poseer o distribuir cualquier sustancia controlada, mientras se encuentre en el lugar de trabajo, en propiedades del distrito o en una actividad patrocinada por la escuela\n\n- Ser deshonesto con los estudiantes, padres/tutores, personal o miembros del público, incluyendo, entre otras cosas, falsificar información en los registros de empleo u otros registros escolares\n\n- Divulgar información confidencial sobre estudiantes, empleados del distrito u operaciones del distrito a personas o entidades no autorizadas para recibirla\n\n- Usar equipos del distrito u otros recursos del distrito para propósitos comerciales propios del empleado o para actividades políticas\n\n- Usar equipos del distrito o dispositivos de comunicación del distrito para propósitos personales mientras se está de servicio, excepto en caso de emergencia, durante los descansos programados o por necesidad personal\n\n\tSe notificará a los empleados que los archivos de computadora y todas las comunicaciones electrónicas, incluyendo, entre otras cosas, el correo electrónico y el correo de voz, no son privados. Para garantizar el uso adecuado, el Superintendente o su designado podrá monitorear el uso que los empleados hagan de los recursos tecnológicos del distrito en cualquier momento sin el consentimiento del empleado.\n\n- Causar daños o participar en el robo de bienes pertenecientes a estudiantes, personal o al distrito\n\n- Usar vestimenta inapropiada\n\n- Otra conducta prohibida en la Política de la Mesa Directiva 4119.24/4219.24/4319.24 - Maintaining Appropriate Adult-Student Interactions\n\nReportes de Conducta Inapropiada\n\nUn empleado que observe o tenga evidencia de la conducta inapropiada de otro empleado deberá reportar dicha conducta de inmediato al director o al Superintendente o su designado. Un empleado que tenga conocimiento de o sospeche de abuso o negligencia hacia un menor deberá presentar un reporte conforme a los procedimientos del distrito para reportar abuso infantil, tal como se detalla en el Reglamento Administrativo 5141.4 - Child Abuse Prevention and Reporting.\n\nCualquier reporte de conducta inapropiada de un empleado será investigado de manera oportuna por el Superintendente o su designado. Todo empleado que haya tenido una conducta inapropiada en violación de la ley o de la política de la Mesa Directiva estará sujeto a medidas disciplinarias y, en el caso de un empleado certificado, podrá ser objeto de un reporte a la Commission on Teacher Credentialing. El Superintendente o su designado notificará a las autoridades policiales locales según corresponda.\n\nUn empleado que tenga conocimiento de una conducta inapropiada de otro empleado pero no la reporte también podrá ser sujeto a medidas disciplinarias.\n\nEl distrito prohíbe represalias contra cualquier persona que presente una queja contra un empleado o que reporte la conducta inapropiada de un empleado. Todo empleado que tome represalias contra dicho denunciante, reportante u otro participante en el proceso de quejas del distrito estará sujeto a medidas disciplinarias.\n\nNotificaciones\n\nLa(s) sección(es) del código de conducta para empleados del distrito que aborden las interacciones con los estudiantes deberá(n) ser entregada(s) a los padres/tutores al inicio de cada año escolar y deberá(n) publicarse en los sitios web de las escuelas y/o del distrito. (Education Code 44050)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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