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  "code": "4112.6",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Expedientes del personal",
  "contentTextEs": "El/La Superintendente o su designado/a mantendrá expedientes de personal para todos los empleados actuales. Todos los expedientes de personal son confidenciales y estarán disponibles únicamente para el empleado, las personas autorizadas por el empleado y las autorizadas por el/la Superintendente o su designado/a. Los expedientes oficiales de los empleados se mantendrán en la oficina central del distrito. El/La Superintendente o su designado/a determinará los tipos de información que se incluirán y procesará todo el material que se coloque en un expediente de personal.\n\nEl contenido de todos los expedientes de personal deberá mantenerse en estricta confidencialidad por cualquier persona autorizada que los revise.\n\nExpedientes para Agentes de Policía/Seguridad del Distrito\n\nLos expedientes de personal de los agentes de policía o seguridad del distrito se mantendrán y se accederá a ellos de conformidad con la política de la Mesa Directiva de Educación y el Government Code 3305-3306.\n\nColocación de Material en los Expedientes de Personal\n\nToda persona que coloque material escrito o redacte material escrito para colocarlo en el expediente de un empleado deberá firmar el material e indicar la fecha de colocación.\n\nCuando se le pida a un empleado que firme cualquier material que se vaya a colocar en su expediente, se entenderá que su firma indica únicamente que ha leído el material y no necesariamente implica su acuerdo con el contenido del mismo.\n\nCualquier solicitud de un empleado para incluir materiales en su expediente de personal deberá ser aprobada por el/la Superintendente o su designado/a.\n\nUn empleado certificado puede iniciar una reacción o respuesta escrita a su evaluación de desempeño, y dicha respuesta se convertirá en un anexo permanente al expediente de personal del empleado. (Education Code 44663)\n\nInformación Derogatorias\n\nNo se incluirá información de carácter derogatorio en el expediente de personal de un empleado a menos que, y hasta que, se le notifique al empleado y se le dé la oportunidad de revisar y comentar dicha información. Dicha revisión se llevará a cabo durante el horario normal de trabajo. El empleado será liberado de sus obligaciones laborales para este propósito sin reducción de salario. El empleado podrá escribir sus propios comentarios y hacer que se adjunten a la declaración derogatoria. (Education Code 44031)\n\nRevisión del Expediente por el Empleado\n\nEl contenido de los registros de personal relacionados con el desempeño del empleado o con cualquier queja relativa al empleado estará disponible para el empleado a intervalos razonables y en momentos razonables. No se le podrá exigir al/a la Superintendente o su designado/a que ponga dichos registros a disposición en un momento en que se requiera que el empleado preste servicios al distrito, a menos que se requiera que el empleado revise el expediente en el lugar donde se encuentra almacenado. (Labor Code 1198.5; Education Code 44031)\n\nEl/La Superintendente o su designado/a deberá hacer una de las siguientes acciones: (Labor Code 1198.5)\n\n- Mantener una copia de los expedientes de personal de cada empleado en el lugar donde el empleado se presenta a trabajar\n\n- Poner a disposición los expedientes de personal del empleado en el lugar donde el empleado se presenta a trabajar dentro de un período de tiempo razonable tras la solicitud del empleado\n\n- Permitir que el empleado inspeccione los expedientes de personal en el lugar donde el distrito almacena dichos expedientes, sin pérdida de compensación para el empleado\n\nTodo empleado que desee inspeccionar su expediente de personal deberá comunicarse con el/la Superintendente o su designado/a.\n\nCon las excepciones que se indican a continuación, todos los registros de personal relacionados con el desempeño del empleado o con cualquier queja relativa al empleado estarán disponibles para su inspección por parte del empleado. Los empleados sin credencial tendrán acceso a cualquier puntuación numérica obtenida como resultado de exámenes escritos. (Education Code 44031)\n\nNo se le podrá exigir al/a la Superintendente o su designado/a que ponga a disposición del empleado: (Labor Code 1198.5, Education Code 44031)\n\n- Registros relacionados con la investigación de un posible delito penal\n\n- Cartas de referencia\n\n- Calificaciones, informes o registros que fueron obtenidos antes del empleo del empleado, preparados por miembros identificables de un comité de examen, u obtenidos en relación con un examen de promoción\n\nEl empleado podrá estar acompañado por un representante de su elección mientras revisa el expediente.\n\nLa inspección se llevará a cabo en presencia del/de la Superintendente o su designado/a. Todas las revisiones de los expedientes de personal serán registradas, incluyendo la fecha y hora en que se revisó el expediente, así como el nombre y cargo de la(s) persona(s) presente(s) durante la revisión.\n\nEn ningún caso se podrá retirar ningún material de los registros. Las solicitudes de copias de material en un expediente de personal deben realizarse por escrito.\n\nRevisión del Expediente por la Dirección y la Mesa Directiva\n\nEl personal directivo o el asesor legal del distrito con un legítimo \"derecho a saber\" o \"necesidad de saber\" podrá, con la autorización del/de la Superintendente o su designado/a, revisar el expediente de personal de un empleado.\n\nLos miembros de la Mesa Directiva no están autorizados individualmente para solicitar y acceder a los expedientes de personal, pero la Mesa Directiva podrá solicitar información pertinente del expediente de un empleado en casos de acción de personal.",
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