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  "code": "4112.23",
  "type": "AR",
  "titleEs": "Personal de educación especial",
  "contentTextEs": "Los maestros asignados para atender a estudiantes con discapacidades deberán poseer la credencial que los autoriza a enseñar la discapacidad primaria de los estudiantes dentro de la ubicación del programa recomendada en el programa de educación individualizada (IEP) del estudiante. (5 CCR 80046.5)\n\nLos maestros de educación especial que enseñen materias académicas básicas deberán poseer las calificaciones requeridas por la Ley No Child Left Behind. (20 USC 1401, 6319, 7801; 34 CFR 200.55-200.57, 300.18; 5 CCR 6100-6126)\n\nEl Superintendente o su designado deberá asegurarse de que los caseloads de los maestros de educación especial estén dentro de los caseloads máximos establecidos por el plan integral del Área de Plan Local de Educación Especial (SELPA) en la que participa el distrito.\n\nEspecialistas de Recursos\n\nLa Mesa Directiva de Educación deberá contratar especialistas de recursos certificados para proporcionar servicios que incluirán, entre otros: (Education Code 56362)\n\n- Instrucción y servicios para estudiantes cuyas necesidades han sido identificadas en un programa de educación individualizada (IEP) y que están asignados a maestros de salones regulares durante la mayor parte del día escolar\n\n- Información y asistencia a estudiantes con discapacidades y a sus padres/tutores\n\n- Consulta y provisión de información y materiales de recursos sobre estudiantes con discapacidades a sus padres/tutores y a otros miembros del personal\n\n- Coordinación de los servicios de educación especial con los programas escolares regulares para cada estudiante inscrito en el programa de especialista de recursos\n\n- Monitoreo del progreso del estudiante de manera regular, participación en la revisión y modificación de los IEPs según corresponda, y referencia al equipo de IEP de los estudiantes que no demuestren progreso suficiente\n\nEl programa de especialista de recursos deberá estar dirigido por un especialista de recursos que sea un maestro de educación especial con credencial o que tenga una credencial de servicios clínicos con autorización de clase especial, y que tenga tres o más años de experiencia docente, incluyendo experiencia tanto en enseñanza regular como en educación especial. (Education Code 56362)\n\nNingún especialista de recursos deberá tener un caseload que exceda 28 estudiantes. Cuando sea necesario y con el acuerdo del especialista de recursos, la Mesa Directiva podrá solicitar una exención a la Mesa Directiva Estatal de Educación para aumentar el caseload a no más de 32 estudiantes, siempre que un especialista de recursos individual no tenga un caseload que exceda 28 estudiantes por más de dos años escolares y cuente con la asistencia de un ayudante de instrucción al menos cinco horas diarias durante el período de la exención. (Education Code 56362; 5 CCR 3100)\n\nLos especialistas de recursos no deberán ser asignados simultáneamente para desempeñarse como especialistas de recursos y para enseñar clases regulares. (Education Code 56362)",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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