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  "code": "3550",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Servicio de alimentos y programa de nutrición infantil",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva reconoce que una alimentación adecuada y nutritiva es esencial para la salud y el bienestar, el desarrollo y la capacidad de aprendizaje de los estudiantes. El Superintendente o su designado deberá desarrollar estrategias para aumentar el acceso de los estudiantes y su participación en los programas de servicios de alimentación del distrito, y mantener la integridad fiscal de dichos programas de conformidad con la ley.\n\nCada día escolar, se pondrá a disposición, sin costo alguno, un desayuno y un almuerzo nutricionalmente adecuados para cualquier estudiante que solicite una comida, incluyendo a los estudiantes inscritos en un programa de estudio independiente en cualquier día escolar en que el estudiante tenga programadas actividades educativas presenciales de dos o más horas. Un desayuno o almuerzo nutricionalmente adecuado es aquel que califica para reembolso bajo el patrón de comidas más reciente del Programa Federal de Desayuno Escolar o del Programa Nacional de Almuerzo Escolar.\n\nDespués de que a un estudiante se le haya proporcionado una comida escolar sin costo, el distrito podrá venderle al estudiante el plato principal de una comida nutricionalmente adecuada adicional que califique para reembolso federal, del mismo servicio de comidas. (Education Code 49431)\n\nLos alimentos y bebidas disponibles a través del programa de servicios de alimentación del distrito deberán cumplir con Education Code §49430.7:\n\n1. Ser cuidadosamente seleccionados para contribuir al bienestar nutricional de los estudiantes y a la prevención de enfermedades\n\n2. Cumplir o superar los estándares nutricionales especificados en la ley\n\n3. Ser preparados de maneras que resulten atractivas para los estudiantes, conserven su calidad nutritiva y fomenten hábitos alimenticios saludables de por vida\n\n4. Ser servidos en porciones apropiadas para la edad\n\nAl inicio de cada año escolar, el Superintendente o su designado deberá comunicar al público información relacionada con los programas de servicios de alimentación del distrito a través de los medios disponibles, incluyendo, entre otros, el sitio web del distrito, las redes sociales, volantes y publicaciones escolares.\n\nEl programa de servicios de alimentación del distrito deberá priorizar el servicio de comidas preparadas frescas en el lugar, utilizando alimentos sostenibles enteros o mínimamente procesados que sean cultivados o producidos localmente, incluyendo frutas y verduras frescas, y ofreciendo opciones de alimentos de origen vegetal o de dieta restringida para los estudiantes.\n\nSe alienta a las escuelas del distrito a establecer huertos escolares y/o proyectos de granja a escuela para impactar positivamente el conocimiento de los estudiantes en relación con los alimentos y la nutrición, y apoyar el programa de educación nutricional del distrito.\n\nEn la medida de lo posible, el programa de comidas escolares deberá coordinarse con el programa de educación nutricional, el programa de instrucción para maestros, padres/tutores y empleados de servicios de alimentación, los recursos comunitarios disponibles y otros programas relacionados del distrito.\n\nPara fomentar la participación de los estudiantes en los programas de comidas escolares, las escuelas podrán ofrecer múltiples opciones de alimentos dentro de un servicio de comidas, siempre que todos los alimentos cumplan con los estándares nutricionales y todos los estudiantes tengan la oportunidad de seleccionar cualquier alimento.\n\nEl Superintendente o su designado podrá invitar a los estudiantes y a los padres/tutores a participar en la selección de alimentos de buena calidad nutricional para los menús escolares.\n\nSe les deberá permitir a los estudiantes tiempo y espacio adecuados para comer. (Education Code 49501.5)\n\nEn la medida de lo posible, los horarios escolares, de recreo y de transporte deberán diseñarse para promover la participación en los programas de comidas escolares.\n\nEl Superintendente o su designado deberá revisar periódicamente la idoneidad de las cafeterías escolares y las instalaciones para la preparación y el consumo de alimentos.\n\nDe conformidad con la ley, el Superintendente o su designado deberá desarrollar y mantener un programa de seguridad alimentaria para reducir el riesgo de peligros relacionados con enfermedades transmitidas por alimentos en cada etapa del proceso de preparación y servicio de alimentos.\n\nEl Superintendente o su designado deberá informar anualmente a la Mesa Directiva sobre la participación de los estudiantes en los programas de nutrición del distrito y la medida en que el programa de servicios de alimentación del distrito cumple con los estándares nutricionales estatales y federales para alimentos y bebidas. Además, el Superintendente o su designado deberá proporcionar toda la documentación necesaria y disponible requerida para la Revisión Administrativa realizada por el Departamento de Educación de California (CDE) para garantizar el cumplimiento del programa de servicios de alimentación con los requisitos federales relacionados con los estándares nutricionales, los patrones de comidas, el suministro de agua potable, el entorno de comidas escolares, la seguridad alimentaria y otras áreas según lo requiera el CDE.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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