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  "code": "3515.5",
  "type": "BP",
  "titleEs": "Notificación sobre delincuentes sexuales",
  "contentTextEs": "Para proteger a los estudiantes mientras viajan hacia y desde la escuela, o mientras asisten a la escuela o a una actividad relacionada con la escuela, la Mesa Directiva considera que es importante que el distrito responda de manera apropiada cuando una agencia de aplicación de la ley notifica al distrito sobre personas registradas como agresores sexuales que puedan residir o trabajar dentro de los límites del distrito.\n\nEl Superintendente o su designado establecerá una relación continua con los funcionarios de aplicación de la ley para coordinar la recepción y difusión de dicha información. En la medida en que lo autorice la ley, el Superintendente o su designado también establecerá procedimientos para notificar al personal correspondiente según sea necesario.\n\nTodo empleado del distrito a quien una entidad de aplicación de la ley le divulgue información sobre agresores sexuales, solo podrá divulgar dicha información cuando la entidad de aplicación de la ley lo autorice y de la manera en que lo autorice.\n\nEl Superintendente o su designado podrá notificar anualmente a los padres/tutores sobre la disponibilidad de información acerca de personas registradas como agresores sexuales en el sitio web de la Ley Megan del Departamento de Justicia.\n\nFunción del Departamento de Policía/Seguridad del Distrito\n\nDe conformidad con la ley, la política de la Mesa Directiva y el reglamento administrativo, el departamento de policía/seguridad del distrito podrá difundir información sobre personas registradas como agresores sexuales a la comunidad escolar. El departamento de policía/seguridad del distrito deberá consultar con las autoridades locales de aplicación de la ley y con el Superintendente o su designado antes de realizar dicha difusión.\n\nCuando la dirección de correo electrónico o el nombre de usuario utilizado para mensajería instantánea, redes sociales u otro identificador de internet de una persona registrada como agresor sexual, según se define en Penal Code 290.024, sea proporcionado al departamento de policía/seguridad del distrito, dicha información solo podrá ser utilizada por el departamento o entregada a otra entidad de aplicación de la ley con el fin de investigar un delito de naturaleza sexual, un secuestro o trata de personas. El departamento no podrá realizar ni autorizar ninguna otra divulgación, salvo que lo requiera una orden judicial. (Penal Code 290.45)\n\nEl departamento de policía/seguridad del distrito deberá conservar registros de los medios y fechas de difusión durante cinco años. (Penal Code 290.45)",
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    "method": "AI translation of contentText via the Claude API (scripts/translate-policy-bodies.mjs); one policy per request, bodies over 30KB split at paragraph boundaries into chunks and reassembled; validated for length, paragraph structure, and meta-commentary",
    "sourceFile": "data/board-policies/3515.5-BP.json",
    "sourceHash": "099bc0fc1dfa92f2708790600bf85f115d97b836af1f7c0328ac2d43daa9f8db",
    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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