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  "type": "BP",
  "titleEs": "Seguridad del plantel",
  "contentTextEs": "La Mesa Directiva se compromete a proporcionar un ambiente escolar que promueva la seguridad de los estudiantes, el personal y los visitantes a los terrenos escolares. La Mesa Directiva también reconoce la importancia de proteger la propiedad, las instalaciones y el equipo del distrito contra el vandalismo y el robo.\n\nEl Superintendente o su designado desarrollará procedimientos de seguridad en el plantel, los cuales podrán incluirse en el plan de seguridad integral del distrito y/o en los planes de seguridad a nivel de cada escuela. Dichos procedimientos serán revisados regularmente para reflejar los cambios en las circunstancias y para evaluar su efectividad en el logro de los objetivos de seguridad escolar.\n\nAdemás, el Superintendente o su designado revisará regularmente las orientaciones vigentes sobre ciberseguridad y conciencia sobre medios digitales, e incorporará las prácticas recomendadas en los procesos y procedimientos del distrito relacionados con la protección de la infraestructura de red del distrito, así como con el monitoreo y la respuesta a contenido digital sospechoso y/o amenazante.\n\nReporte y Respuesta a Amenazas\n\nTodo empleado certificado o clasificado, u otro funcionario escolar, cuyas funciones lo pongan en contacto regular con estudiantes de los grados 6 al 12, que sea alertado o que observe cualquier amenaza o amenaza percibida de un acto homicida, según se define, deberá reportar de inmediato la amenaza o amenaza percibida a las autoridades policiales de conformidad con Education Code 49393. (Education Code 49390, 49393)\n\nAmenaza o amenaza percibida significa cualquier escrito o acción de un estudiante que genere una sospecha razonable de que el estudiante se está preparando para cometer un acto homicida relacionado con la escuela o una actividad escolar. Esto puede incluir la posesión, el uso o la representación de armas de fuego, municiones, tiroteos o blancos en asociación con la infligir daño físico, destrucción o muerte en una publicación en redes sociales, un diario, una nota de clase u otro medio asociado con el estudiante. También puede incluir una advertencia de un padre de familia, un estudiante u otro individuo. (Education Code 49390)\n\nAdemás, se alienta a cualquier persona que reciba o tenga conocimiento de una amenaza a la salud o seguridad relacionada con la escuela o una actividad escolar a reportar la amenaza a un administrador de la escuela o del distrito.\n\nEl Superintendente o su designado podrá formar un equipo multidisciplinario con el fin de identificar, investigar, evaluar y gestionar conductas estudiantiles potencialmente amenazantes.\n\nSistemas de Vigilancia\n\nEn consulta con el consejo escolar del plantel del distrito, el comité de planificación de seguridad, otros interesados relevantes y el personal, el Superintendente o su designado identificará las ubicaciones apropiadas para la colocación de cámaras de vigilancia. No se colocarán cámaras en áreas donde los estudiantes, el personal o los miembros de la comunidad tengan una expectativa razonable de privacidad. Cualquier capacidad de audio en el equipo de vigilancia del distrito deberá desactivarse de modo que los sonidos no sean grabados.\n\nAntes de la operación del sistema de vigilancia, el Superintendente o su designado deberá asegurarse de que se coloquen letreros en lugares visibles y estratégicos alrededor de los edificios y terrenos escolares. Dichos letreros deberán indicar que la instalación utiliza equipo de videovigilancia con fines de seguridad y que el equipo puede o no estar siendo monitoreado activamente en cualquier momento. El Superintendente o su designado también deberá proporcionar aviso previo por escrito a los estudiantes y padres/tutores sobre el sistema de vigilancia del distrito, incluidas las ubicaciones donde puede ocurrir la vigilancia y que las grabaciones pueden ser utilizadas en procedimientos disciplinarios y/o referidas a las autoridades policiales locales, según corresponda.\n\nEn la medida en que cualquier imagen del sistema de vigilancia del distrito cree un expediente de un estudiante o del personal, el Superintendente o su designado deberá asegurarse de que las imágenes sean consultadas, conservadas y divulgadas de conformidad con la ley, la política de la Mesa Directiva, el reglamento administrativo y cualquier convenio colectivo de trabajo aplicable.",
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    "note": "Machine translation. The English Simbli version is authoritative."
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